PAÍS DE RESIDENCIA. Los Estados Unidos Mexicanos.
PAÍS DE RESIDENCIA. El país:
(a) Donde el Asegurado reside la mayor parte del año calendario o del año póliza, o
(b) Donde el Asegurado ha residido por más de ciento ochenta (180) días continuos durante cualquier período de trescientos sesenta y cinco (365) días mientras la póliza está en vigor.
PAÍS DE RESIDENCIA. El país:
PAÍS DE RESIDENCIA. Para fines de este Contrato de Seguro, República Mexicana.
PAÍS DE RESIDENCIA. El país donde el asegurado:
PAÍS DE RESIDENCIA. El país:
(a) Donde el Asegurado reside la mayor parte del año calendario o del año póliza; o
PAÍS DE RESIDENCIA. Para fines de estas Condiciones Generales, los Estados Unidos Mexicanos. Cualquier persona designada por el Beneficiario que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia.
PAÍS DE RESIDENCIA para efectos de este contrato, los Estados Unidos Mexicanos.
PAÍS DE RESIDENCIA. Para fines de este contrato y sus Anexos, será el país en donde se haya firmado el contrato con BANCO POPULAR y donde tenga su RESIDENCIA PERMANENTE el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO.
PAÍS DE RESIDENCIA. Para fines del contrato y presente Anexo, la República Oriental del Uruguay.