Penalizaciones por daños y perjuicios. El Contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución del Servicio se causen, bien sea a cualquier Administración, a AcuaMed, o a terceros, con motivo de la realización de los trabajos que son objeto del presente Contrato o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales, reglamentarios o contractuales en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél. La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al Contratista alcanzará el cincuenta por ciento (50%) del importe de los daños y perjuicios causados, hasta un límite máximo de cinco (5) veces el Precio del Contrato y será exigible dentro del término xx xxxx (10) años, contados desde la Recepción del mismo por AcuaMed.
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Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras De La Contratación Del Servicio De Ingeniería Para La Redaccion De Los Proyectos De Construccion De Las Obras De Restitucición Territorial, Pliego De Cláusulas Reguladoras, Pliego De Cláusulas Reguladoras
Penalizaciones por daños y perjuicios. El Contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la Asistencia para la ejecución del Servicio de las obras se causen, bien sea a cualquier Administración, a AcuaMedAcuamed, o a terceros, con motivo de la realización de los trabajos que son objeto del presente Contrato o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales, reglamentarios o contractuales en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél. La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al Contratista alcanzará el cincuenta por ciento (50%) del importe de los daños y perjuicios causados, hasta un límite máximo de cinco (5) veces el Precio del Contrato y será exigible dentro del término xx xxxx (10) años, contados desde la Recepción del mismo por AcuaMedAcuamed.
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Penalizaciones por daños y perjuicios. El Contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución del Servicio se causen, bien sea a cualquier Administración, a AcuaMed, o a terceros, con motivo de la realización de los trabajos que son objeto del presente Contrato o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales, reglamentarios o contractuales en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél. La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al Contratista alcanzará el cincuenta por ciento (50%) del importe de los daños y perjuicios causados, hasta un límite máximo de cinco (5) veces el Precio del Contrato y será exigible dentro del término xx xxxx (10) años, contados desde la Recepción finalización del mismo por AcuaMedcontrato.
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Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras Del Servicio De Asesoramiento Jurídico Para Acuamed
Penalizaciones por daños y perjuicios. El Contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución realización del Servicio se causen, bien sea a cualquier Administración, a AcuaMedAcuamed, o a terceros, con motivo de la realización de los trabajos que son objeto del presente Contrato o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales, reglamentarios o contractuales en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél. La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al Contratista alcanzará el cincuenta por ciento (50%) del importe de los daños y perjuicios causados, hasta un límite máximo de cinco (5) veces el Precio del Contrato y será exigible dentro del término xx xxxx (10) años, contados desde la Recepción del mismo por AcuaMedAcuamed.
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