PERIODO DE PRUEBA. DURACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PERIODO DE PRUEBA. DURACIÓN. Se incorpora al convenio la siguiente regulación sobre el periodo de prueba: GRUPOS PROFESIONALES Y ÁREAS FUNCIONALES DURACIÓN DEL CONTRATO Grupo Prof. 1.º de todas las áreas y Grupo Prof. 2.º del área 5.ª: –Área Funcional 1.º: Jefe/a de recepción, 2.º Jefe/a de recepción, Jefe/a de comercial, Jefe/a administración, Primer/a Conserje. –Área Funcional 2.º Jefe/a cocina, 2.º Jefe/a cocina, Jefe/a de catering. –Área Funcional 3.º Jefe/a restaurante x xxxx, 0.x Xxxe/a restaurante x xxxx, Gerente de centro, Jefe/a opera‑ ciones de catering. –Área Funcional 4.º Gobernante/a o Encargado/a gene‑ ral, Subgobernante/a o Encargado/a sección. –Área Funcional 5.º Jefe/a servicios catering, Encarga‑ do/a mantenimiento y servicios auxiliares, Encargado/a mantenimiento y servicios técnicos catering (flota o instalaciones y edificios), Encargado/a de sección, Especialista mantenimiento y servicios auxiliares, Es‑ pecialista mantenimiento y servicios técnicos catering (flota o instalaciones y edificios). –Área Funcional 6.º Responsable servicio 90 días 75 días 60 días GRUPOS PROFESIONALES Y ÁREAS FUNCIONALES DURACIÓN DEL CONTRATO Grupo Prof. 2.º de todas las áreas, excepto área 5.ª: –Área Funcional 1.º: Recepcionista, Conserje, Adminis‑ trativo/a, Relaciones Públicas, Comercial, Ayudante/a recepción y/o consejería, Telefonista, Ayudante/a ad‑ ministrativo, Técnico/a prevención de riesgos labo‑ rales. –Área Funcional 2.º: Jefe/a partida, Ayudante/a econo‑ mato, Encargado/a economato, Repostero/a, Ayudan‑ te/a cocina, Cocinero/a. –Área Funcional 3.º: Jefe/a sector, Camarero/a, Sumi‑ ller/a, Barman/Barwoman, Jefe/x xxxx catering, Super‑ visor/a catering, Preparador/a restauración moderna, Supervisor/a restauración moderna, Preparador/a montador/a catering, Conductor/a equipo catering, Supervisor/a colectividades. –Área Funcional 4.º: Camarero/a pisos. –Área Funcional 6.º: Técnico/a servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud), Es‑ pecialista servicio (socorrista o especialista primeros auxilios, animador/a turístico o tiempo libre, monitor/a deportivo/a, pinchadiscos, masajista, quiromasajista, esteticista, especialista, especialista termal o balneario, hidroterapeuta y especialista atención al cliente 60 días 45 días 30 días Gr. 3.º de todas las áreas: –Área Funcional 1.º: Auxiliar recepción y conserjería. –Área Funcional 2.º: Auxiliar cocina/economato. –Área Funcional 3.º: Ayudante/a camarero, Ayudante/a equipo catering, Monitor/a cuidador/a ...
PERIODO DE PRUEBA. DURACIÓN. Se incorpora al convenio la siguiente regulación sobre el periodo de prueba: Grupos del sistema de Clasificacion Profesional del III ALEH (anexo) Categorías del acuerdo laboral Contratos por tiempo indefinido fijos o fijos discontinuos, a tiempo completo y a tiempo parcial Contratos de duración determinada superiores a tres meses de duración, a tiempo completo y a tiempo parcial Contratos de duración determinada hasta tres meses de duración, a tiempo completo y a tiempo parcial 1 Jefe/a de Recepción 90 días 75 días 60 días 1 2º Jefe/a de Recepción
PERIODO DE PRUEBA. DURACIÓN. Se incorpora al convenio la siguiente regulación sobre el periodo de prueba:

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  • Periodo de prueba El ingreso de los trabajadores se considerará hecho a título de prueba, cuyo periodo será variable según la índole de los puestos a cubrir y que en ningún caso podrá exceder del tiempo fijado en la siguiente escala: – Grupos profesionales 8 y 7, seis meses. – Grupos profesionales 6 y 5, cuatro meses. – Grupos profesionales 4 y 3, tres meses. – Grupo profesional 2, dos meses. – Grupo profesional 1, un mes. En todo caso, no podrá ser superior a 1 mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio, ni a dos meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior. Si al término del contrato en prácticas el trabajador continuase en la empresa no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba. Sólo se entenderá que el trabajador está sujeto al periodo de prueba si así consta por escrito. Durante el periodo de prueba, por la empresa y el trabajador podrá resolverse libremente el contrato sin plazo de preaviso y sin derecho a indemnización alguna. La facultad de desistimiento no podrá ejercitarse si ocasiona la lesión de un derecho fundamental. No podrá celebrarse un nuevo periodo de prueba cuando el trabajador haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación. Cuando el trabajador que se encuentre realizando el periodo de prueba no lo supere, la Dirección de la Empresa vendrá obligada a comunicarlo a los representantes de los trabajadores. Transcurrido el plazo de prueba, los trabajadores ingresarán en la plantilla, con todos los derechos inherentes a su contrato y al Convenio Colectivo. La situación de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento interrumpirá el cómputo de este periodo, que se reanudará a partir de la fecha de la incorporación efectiva al trabajo. Los cursillos de capacitación dados por las empresas serán considerados a todos los efectos como tiempo del periodo de prueba.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • Período de prueba 1. Podrá concertarse por escrito un período de prueba que en ningún caso podrá exceder de: a) Técnicos titulados superiores y medios: seis meses. b) Empleados: Xxxxxxx XXX, excepto titulados medios, IV y V: tres meses. Niveles VI al X: dos meses. Resto de personal: quince días naturales. c) Personal Operario: Encargados y Capataces: un mes. Resto de personal: quince días naturales. 2. Durante el período de prueba el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes a su categoría profesional y puesto de trabajo que desempeñe, como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso, sin necesidad de previo aviso y sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna, debiéndose comunicar el desistimiento por escrito. 3. Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados a efectos de permanencia en la empresa. 4. Los titulares de la Tarjeta Profesional expedida por la Fundación Laboral de la Construcción con contrato de fijo de obra u otra modalidad de contrato temporal, estarán exentos del período de prueba para los trabajos de su categoría profesional, siempre que conste en su Tarjeta Profesional haber acreditado su cumplimiento en cualquier empresa anterior.

  • PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será el que figure en el apartado H del cuadro-resumen. Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual. El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con la antelación prevista en el apartado H del cuadro resumen, que no podrá ser inferior al plazo general de dos meses, respecto de la finalización del plazo de duración del contrato.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • PLAZO DE DURACIÓN El plazo general de ejecución será el que se fija en el apartado H del Cuadro-resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.