PREVENCIÓN DE RIESGOS Cláusulas de Ejemplo

PREVENCIÓN DE RIESGOS. El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato, para ello deberá: 1. En el lugar de ejecución del contrato y hasta los límites circundantes del mismo, el CONTRATISTA es responsable de la seguridad de cada una de las personas que se encuentren laborando, transitando o visitando el lugar de la obra o área intervenida; por tal motivo, deberá tener en cuenta todas las medidas de protección para evitar la causación de daños en la integridad física de las personas y adicionalmente a través xx xxxxxx informativas establecer e informar a todas las personas con respecto a las labores ejecutadas, riesgos de las actividades ejecutadas, medidas de prevención establecidas para prevenir los riesgos y datos identificadores del contratista en calidad de ejecutor y responsable de la obra o del consultor de los estudios y diseños. 2. La ejecución de las actividades objeto del contrato se deberá efectuar teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de seguridad para el personal encargado de la ejecución y teniendo en cuenta las condiciones de cada uno de los materiales empleados para el desarrollo de la misma.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. La Comisión de Seguridad e Higiene establecerá y supervisará la aplicación de los criterios necesarios que tengan como objetivo el evitar los riesgos de trabajo y preservar la vida y salud ocupacional de los trabajadores dentro de los Centros de Trabajo, así como para la conservación de los bienes de CFE, por tal motivo, establecerá que en todos los lugares de trabajo, los aditamentos, dispositivos, equipos y en general las condiciones físicas que garanticen la máxima seguridad e higiene en los centros de trabajo a todas las personas que habitual o transitoriamente estén en dichas instalaciones y realizará programas de adiestramiento entre los trabajadores para capacitarlos en el control de siniestros, atención de accidentados y en general, en la prevención de riesgos de trabajo. Los trabajadores inspeccionarán permanentemente el buen estado de la maquinaria, equipo, vehículos, herramientas y en general, todos los medios de trabajo, y cuando adviertan desperfectos, se dará aviso a los responsables inmediatos y a la Comisión de Seguridad e Higiene que corresponda, para que a la brevedad se adopten las medidas de seguridad e higiene pertinentes y se reparen o acondicionen en su caso, los bienes en cuestión. Las Comisiones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo tienen especial obligación de inspeccionar periódicamente todas las instalaciones, medios e instrumentos de la CFE, y cuando se reporten desperfectos o insuficiencias, deberán realizar inspecciones directas. En caso de emergencias, o cuando el riesgo justifique la paralización o la no utilización de la instalación, medio o instrumento, o la suspensión de cierta labor, los responsables proveerán lo conducente, y en caso de que sean omisos, la Comisión de Seguridad e Higiene correspondiente tiene facultades para instruir por escrito lo que proceda, obligándose la CFE y los trabajadores a cumplir los dictámenes y acatar las disposiciones relativas.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. − Los riesgos para la salud del trabajador se prevendrán evitando: • Su generación • Su emisión • Su transmisión − Siempre que no se logre la disminución de dichos riesgos por otros procedimientos, se utilizarán los medios de protección personal. − La Empresa informará al Comité de Seguridad y Salud de los medios de protección personal que se vayan incorporando al catálogo existente. − La elaboración de los Planes Generales de Prevención conllevará como mínimo: • Elaboración xxx xxxx de riesgos y su evaluación. • La determinación de los riesgos existentes, su gravedad y extensión. • Los objetivos de prevención, fijando prioridades. • La determinación de los recursos humanos y económicos para su realización. • Los plazos o fases para su desarrollo. • Un plan complementario de formación de los trabajadores y sus representantes. − La Empresa promoverá los reconocimientos, con carácter específico, en función de los riesgos de cada puesto de trabajo. − Durante el embarazo y por prescripción facultativa, las trabajadoras tendrán derecho a ser ocupadas en un puesto de trabajo acorde con su situación, sin xxxxx xxxxxxxx y sin modificación de su categoría profesional. − Los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la Empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo. − En las condiciones y con el procedimiento previsto por la Ley, el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud. − La Empresa, vigilará el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas contratadas o subcontratadas, así como de las condiciones de Seguridad y Salud de los trabajadores de éstas. − En aquellos puestos en los que por sus características lo aconsejen, ambas partes acuerdan la reducción al mínimo indispensable de las horas extraordinarias.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato, para ello deberá: 1. En el lugar de ejecución del contrato y hasta los límites circundantes del mismo, el CONTRATISTA es responsable de la seguridad de cada una de las personas que se encuentren laborando, por tal motivo, deberá tener en cuenta todas las medidas de protección para evitar la causación de daños en la integridad física de las personas y adicionalmente a través xx xxxxxx informativas establecer e informar a todas las personas con respecto a las labores ejecutadas, riesgos de las actividades ejecutadas, medidas de prevención establecidas para prevenir los riesgos y datos identificadores del contratista en calidad de ejecutor y responsable. 2. La ejecución de las actividades objeto del contrato se deberá efectuar teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de seguridad para el personal encargado de la ejecución y teniendo en cuenta las condiciones de cada uno de los materiales empleados para el desarrollo de la misma.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. 1. Las partes firmantes del Convenio, conscientes de la importancia de evitar en lo posible los accidentes de trabajo, y promover la protección de la salud de los trabajadores, se comprometen a desarrollar políticas activas de prevención de riesgos laborales para conseguir el mayor grado de seguridad en el desarrollo de su actividad. A este fin, la acción preventiva se desarrollará bajo el principio de coordinación y colaboración de la Empresa y los trabajadores. La Empresa y los Delegados de Prevención, desarrollarán sus funciones dentro del marco de la planificación de la prevención que resulte de la evaluación de riesgos, impulsando su cumplimiento.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. El B.K.O. del Centro de Trabajo es el documento en el que deben estar analizados, evaluados y registrados los riesgos que potencialmente entrañen peligro para la vida, la salud, el medio ambiente o la propia actividad de la Empresa, además de fijar las medidas preventivas para evitar dichos riesgos. La Dirección de la Empresa elaborará el B.K.O. y hará entrega del mismo al Comité de Seguridad y Salud. Dicho Comité tiene encomendada la discusión, modificación en su caso y acuerdo sobre este documento así como su posterior mejoramiento y el seguimiento de su aplicación.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. EL CONTRATISTA es responsable y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del contrato, de conformidad con lo señalado en el numeral 12.11 de las Reglas de Participación.
PREVENCIÓN DE RIESGOS a. Objeto: Incorporación de la perspectiva de género a la política y herramientas de prevención de riesgos laborales con el fin de adaptarlas a las necesidades y características físicas, psíquicas, biológicas y sociales de la población tra- bajadora.
PREVENCIÓN DE RIESGOS. 14.01.- En razón de que en todo proceso masivo de digitalización de documentos se presentan varios riesgos o problemas originados por errores en los sistemas informáticos, base de datos, dispositivos electrónicos de captura, procesamiento o almacenamiento, o por errores humanos, LA CONTRATISTA se obliga a prevenirlos en la medida de las posibilidades fácticas, debiendo tomar en cuenta las siguientes directrices:
PREVENCIÓN DE RIESGOS. ■ ANTECEDENTES Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000 El Cabildo Insular de Tenerife, como administración local competente en materia de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera no urbanos, dentro de su compromiso por mantener una línea de constante mejora en la eficiencia y calidad del servicio público de transporte en autobús, así como por su firme apuesta en un modelo de movilidad sostenible y respetuoso con el medio ambiente, acorde a los objetivos de la estrategia europea 2020 en materia de transporte por carretera, ha tenido a bien aprobar un proyecto para la renovación del parque de vehículos que componen la flota de su operador del servicio; la empresa pública, Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.U. (TITSA). Este proyecto, cuyo desarrollo gradual comprende un marco temporal de 5 años (2014-2019), tiene por objeto la puesta a disposición de los usuarios del transporte público de, aproximadamente, 191 nuevos autobuses, lo que implicará la renovación de un 40% de la flota actual que presta el servicio en la Isla. Asimismo, al resultar también TITSA el operador concesionario del servicio de transporte público en el municipio de Santa Xxxx de Tenerife, el Ayuntamiento de esta ciudad, como Administración titular de dicho servicio, ha manifestado su interés en participar en este proyecto con el objeto de renovar parte de la flota que actualmente presta el servicio en la ciudad; lo que se traduciría en la incorporación al mismo de, aproximadamente, 22 nuevos autobuses urbanos. A los efectos de materializar la renovación anunciada, TITSA llevará a cabo las adjudicaciones de los suministros, en función de las diferentes características y tipologías de los autobuses que se precisen. Como sistema de contratación, se celebrará con las empresas interesadas un Acuerdo Marco que permita las adjudicaciones sucesivas, hasta completar la totalidad de las unidades previstas. En consecuencia, el presente pliego recoge las condiciones de la celebración del Acuerdo Marco y la forma y criterios a utilizar para las distintas adjudicaciones. Además, a partir de esta misma convocatoria se definen ya las tipologías de autobuses a las que debe responder el primero de los suministros a adjudicar.