PERSONAL DEL SERVICIO. 1. El contratista realizará todos los servicios incluidos en este contrato con el personal previsto en el PPT y/o en su oferta, y garantizará que en todo momento el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan. 2. El personal que el adjudicatario destine a la ejecución de este contrato deberá tener la formación y experiencia exigido en su caso en el PPT particulares del contrato y/o ofertado por el adjudicatario, en todo caso adecuado a las tareas que va a desarrollar en ejecución de este contrato. Este personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto de trabajo y/o funciones. 3. La movilidad por parte del adjudicatario del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato. 4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla de la empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá hacerlo bajo alguna modalidad de contratación que vincule a los trabajadores directamente con la empresa adjudicataria del mismo, incluyendo, siempre que sea posible, una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención en la selección de este personal. 5. En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe con este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa.
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Samples: Telecommunications, Servicio
PERSONAL DEL SERVICIO. 1. El contratista realizará todos los servicios incluidos en este contrato con el personal previsto en el PPT y/o en su oferta, y garantizará que en todo momento el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan.
2. El personal que el adjudicatario destine a la ejecución de este contrato deberá tener la formación for- mación y experiencia exigido en su caso en el PPT particulares del contrato y/o ofertado por el adjudicatario, en todo caso adecuado a las tareas que va a desarrollar en ejecución de este contrato. Este personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto de trabajo y/o funciones.
3. La movilidad por parte del adjudicatario del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamientoa la Fundación Teatro Xxxxxxxx, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato.
4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este es- te contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral la- boral con el Ayuntamiento Fundación Teatro Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla de la empresa. Cuando puntualmente pun- tualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá hacerlo bajo alguna modalidad de contratación que vincule a los trabajadores directamente direc- tamente con la empresa adjudicataria del mismo, incluyendo, siempre que sea posible, una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. El Ayuntamiento La Fundación Tea- tro Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención en la selección de este personal.
5. En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe sus- cribe con este Ayuntamiento Fundación Teatro Xxxxxxxx de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa.
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PERSONAL DEL SERVICIO. 1. El contratista realizará todos los servicios incluidos en este contrato con el personal previsto en el PPT y/o en su oferta, y garantizará que en todo momento el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan.
2. El personal que el adjudicatario destine a la ejecución de este contrato deberá tener la formación y experiencia exigido en su caso en el PPT particulares del contrato y/o ofertado por el adjudicatario, en todo caso adecuado adecuada a las tareas que va a desarrollar en ejecución de este contrato. Este personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al la puesto de trabajo y/o funciones.
3. La movilidad por parte del adjudicatario del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato.
4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla de la empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá hacerlo bajo alguna modalidad de contratación que vincule a los trabajadores directamente con la empresa adjudicataria del mismo, incluyendo, siempre que sea posible, una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención en la selección de este personal.
54. En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe con este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa. A tal efecto, ninguno de los trabajadores que destine a la ejecución de este contrato tendrá como cometido único los trabajos propios del mismo. Este criterio deberá ser impuesto por el adjudicatario en caso de subcontratar, previa autorización municipal, parte de las prestaciones objeto del contrato con un tercero.
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Samples: Gestión De Servicios Bibliotecarios
PERSONAL DEL SERVICIO. 1. 15.1 El contratista realizará adjudicatario prestará el servicio con los medios personales afectos a su organización empresarial, y siempre manteniendo las condiciones y requisitos que dieron lugar a la adjudicación del contrato, siendo por cuenta del mismo, en calidad de contratante, todos los servicios gastos y cargas sociales derivadas de dicho personal, de acuerdo con la vigente Legislación Laboral Social, incluidos en este accidentes de trabajo, enfermedad profesional y prevención de riesgos laborales.
15.2 En el supuesto de que durante la vigencia del contrato con el personal previsto en el PPT y/o en su oferta, y garantizará que en todo momento el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan.
2. El personal que cualquiera de sus prórrogas el adjudicatario destine a la ejecución de este contrato deberá tener la formación y experiencia exigido en su caso en el PPT particulares del contrato y/o ofertado por el adjudicatario, en todo caso adecuado a las tareas tuviera que va a desarrollar en ejecución de este contrato. Este personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto concertar contratos de trabajo y/o funciones.
3. La movilidad por parte del adjudicatario del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato.
4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla ejercicio de la empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución actividad objeto de este contrato, con anterioridad a su celebración deberá hacerlo bajo alguna modalidad remitir un borrador del contrato proyectado a la Dirección de contratación que vincule Bienestar Social a los trabajadores directamente efectos de que, en un plazo máximo de quince días hábiles, preste su conformidad al borrador del contrato. De no emitirse conformidad en dicho plazo se entenderá favorable y el adjudicatario podrá celebrar el contrato. Asimismo, el adjudicatario remitirá con periodicidad mensual a la empresa adjudicataria del mismoDirección de Bienestar Social, incluyendo, siempre información sobre el personal que sea posible, una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención cada momento está interviniendo en la selección de este personal.
5el centro. En ningún caso podrá la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi asumirá los contratos de trabajo que pudiera haber concertado el adjudicatario organizar las prestaciones para la prestación objeto del contrato que suscribe con de este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto contrato, sin que, por lo tanto, pueda en forma alguna entenderse aplicable lo previsto en el artículo 44 de la actividad Ley 8/1980, de la 10 xx xxxxx, del Estatuto de los Trabajadores para los supuestos de sucesión de empresa.
15.3 El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de seguridad y salud en el trabajo y Convenios Colectivos aplicables.
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Samples: Contrato Administrativo Especial
PERSONAL DEL SERVICIO. 1. 1.- Recursos humanos y subrogación.
A. El contratista realizará todos los servicios incluidos en este contrato con el personal previsto del servicio previsto, en su caso en el PPT y/o en su oferta, y garantizará que en todo momento el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan.
2B. El día de comienzo de los trabajos, el contratista pondrá en conocimiento del responsable del contrato y del órgano de contratación, la relación detallada siguiente: - Relación numérica del personal técnico y no cualificado que constituye la plantilla mínima adscrita al servicio. El personal - Personal, con titulación adecuada, designado por el contratista como responsable del servicio. Dicho técnico deberá permanecer localizable durante el horario en el que se vaya a prestar el adjudicatario destine a servicio, correspondiéndole la ejecución relación, en nombre de la empresa, con la Dirección de obra designada por el Ayuntamiento. Todos los gastos que suponga la designación e intervención de este contrato deberá tener la formación y experiencia exigido técnico serán por cuenta del contratista. Si el Responsable del Servicio estima que los medios comprometidos son manifiestamente insuficientes o inadecuados y/o no se ajustan a lo en su caso en el PPT particulares del contrato y/o ofertado por el adjudicatario, reclamará al contratista su ampliación. De no ser atendido su requerimiento será comunicado al órgano de contratación para ser tenido en todo caso adecuado cuenta la hora de considerar esta circunstancia como agravante si llegasen a las tareas que va a desarrollar en ejecución de este contrato. Este personal no se identificará imponer sanciones al contratista por defectos o retrasos en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto de trabajo y/o funcionesejecución del servicio.
3. La movilidad por parte del adjudicatario del C. El personal que el empresario destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato.
4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral o de ningún otro tipo con el Ayuntamiento, debiendo ser contratados en el régimen o modalidad que legalmente corresponda por el adjudicatario. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla de la empresacontratante. Cuando puntualmente sea preciso contar con más personal del previsto en el PPT, preferentemente el adjudicatario precise contratar subcontratará esas prestaciones con terceras empresas locales, en lugar de ampliar la plantilla del personal del servicio, salvo que acredite el menor coste de esta medida. En todo caso, el contrato de nuevo personal para la ejecución de este contrato, contrato deberá hacerlo realizarse bajo alguna modalidad de contratación que no vincule a los trabajadores directamente con a los servicios objeto del contrato municipal de que se trate, sino a la empresa adjudicataria del mismo, incluyendo, siempre que sea posible, incluyendo a tal fin una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. El Por lo tanto, cualquier nuevo trabajador que se contrate para realizar parcialmente trabajos relacionados con el objeto del contrato suscrito con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención por la empresa que lo contrata, deberá también realizar otras actividades para la empresa, de manera que en la selección de este personal.
5. En ningún caso podrá quepa la consideración de que constituyen una unidad económica susceptible de transmisión. El quebrantamiento por parte del contratista de estas obligaciones tendrá la consideración de incumplimiento contractual muy grave y conllevará la sanción que para este tipo de incumplimientos se prevén en este pliego; además deberá indemnizar al Ayuntamiento con todos los gastos que se deriven del despido de los trabajadores respecto de los que se imponga al Ayuntamiento o un nuevo adjudicatario de los el adjudicatario organizar deber de subrogación. Igual tipificación, penalización e indemnización se impondrá si por cualquier otro motivo impone dicha subrogación del nuevo personal contratado por la empresa ante una nueva adjudicación o ejecución directa por parte del Ayuntamiento de las prestaciones objeto del contrato que suscribe con de este Ayuntamiento contrato. Con independencia de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto esta penalización, en todo caso, la ampliación de la actividad plantilla de personal del servicio implicará una reducción del porcentaje de beneficio industrial de la empresaempresa establecido para este contrato en un 0,2% por cada nuevo trabajador temporal contratado a tiempo completo o parcial, y de un 0,5% si el contrato es a tiempo completo y/o fijo.
D. El contratista está obligado a cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de cualquier responsabilidad por este incumplimiento. Estará obligado a realizar una declaración expresa en este sentido. En materia de seguridad y salud laboral deberán cumplirse escrupulosamente toda la normativa vigente en la materia y deberán superarse sensiblemente todos los niveles de control y protección legalmente establecidos, presentando anualmente al Ayuntamiento una memoria del servicio referente a ésta materia, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda realizar en cualquier momento las inspecciones y controles que considere oportunos.
E. En los contratos de servicios de prestaciones materiales de duración superior a dos años, el adjudicatario deberá implantar para el personal de la empresa directamente relacionado con la ejecución del presente contrato, las actividades formativas necesarias para mejorar de forma gradual y constante la eficacia en la prestación del servicio y la profesionalidad de los trabajadores a su cargo. Deberá garantizarse que todos los trabajadores de la empresa indicados realizan cursos de formación específicos en materias relacionadas con el objeto de este contrato. Todos los gastos derivados de estas actividades formativas serán por cuenta del contratista, que las incluirá como gasto en el estudio de costes del que se derive su oferta económica, presentándose anualmente una memoria con las actividades formativas realizadas.
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PERSONAL DEL SERVICIO. 1El adjudicatario deberá subrogar al personal que actualmente presta sus servicios en el Centro Municipal de Educación Infantil “Arevalillo” xx Xxxxxxx, en las condiciones laborales que en cada caso proceda, debiendo hacerse cargo de los costes que ello conlleve, siendo dicho personal el siguiente: Centro de trabajo Categoría Jornada Contrato Fec. Ant Escuela Infantil Arevalillo EDUCADOR INFANTIL 100 189 26-8-2008 Escuela Infantil Arevalillo DIRECTOR/A 100 189 20-8-2008 Escuela Infantil Arevalillo EDUCADOR INFANTIL 52,63 200 19-9-2011 Escuela Infantil Arevalillo EDUCADOR INFANTIL 64,1 289 8-10-2009 Escuela Infantil Arevalillo EDUCADOR INFANTIL 78,95 289 7-10-2008 Escuela Infantil Arevalillo EDUCADOR INFANTIL 65,79 501 4-10-2013 Escuela Infantil Arevalillo PERSONAL SERVICIOS GENERALES 51,3 289 28-8-2008 Hostelería Centro de trabajo Categoría Jornada Contrato Fec. Ant Escuela Infantil Arevalillo COCINERA 50,50 310 12/09/2011 El contratista realizará todos los servicios incluidos en este contrato personal que aporte o utilice el adjudicatario no tendrá vinculación jurídica laboral alguna con el personal previsto en el PPT y/o en su ofertaAyuntamiento xx Xxxxxxx, y garantizará dependerá única y exclusivamente del contratista, el cual asumirá la condición respecto a dicho personal, que con arreglo a la legislación vigente y a lo que en todo momento lo sucesivo se promulgare le corresponde sin que, en ningún caso, el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o Ayuntamiento xx Xxxxxxx sea responsable de las bajas que se produzcan.
2obligaciones del contratista y sus trabajadores. El personal que el adjudicatario destine a la ejecución de este contrato deberá tener la formación y experiencia exigido en su caso realice trabajos en el PPT particulares del contrato Centro de Educación Infantil dependerá exclusivamente de la empresa y/o ofertado , por el adjudicatariolo tanto, ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a esta circunstancia, debiendo cumplir las condiciones vigentes en todo caso adecuado a las tareas que va a desarrollar en ejecución materia laboral, de este contrato. Este personal no se identificará en la oferta ni Seguridad Social y de seguridad e higiene en el contrato con datos personalestrabajo, sino por referencia referidas al puesto personal a su cargo. En el caso de trabajo y/o funciones.
3. La movilidad por parte del adjudicatario del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación se cause perjuicio de cualquier género al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedadocasión del ejercicio de sus trabajos con la contrata, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato.
4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla de la empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá hacerlo bajo alguna modalidad de contratación que vincule a los trabajadores directamente con la empresa adjudicataria del mismocumplirá lo dispuesto en la legislación vigente bajo su responsabilidad, incluyendosin que ésta alcance, siempre que sea posibleen modo alguno, una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. El al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención en la selección de este personalXxxxxxx.
5. En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe con este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa.
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Samples: Contract for the Management of Municipal Early Childhood Education Center