PERSONAL TÉCNICO. Obligar al contratista a emplear el personal técnico clave presentado en la oferta. Solo en casos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados se permitirá el reemplazo del personal clave con profesionales de iguales o mejores calificaciones, previa aprobación de la Entidad Contratante. Verificar que el trabajo realizado por personal clave del Contratista para la ejecución de las Obras sea el adecuado, y deberá solicitar el reemplazo del mismo si éste no cumple con las calificaciones y experiencia requerida. Aprobar solicitud de reemplazo de personal por parte del Contratista, siempre y cuando las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencias sean iguales o superiores al personal clave originalmente contratado, previa aprobación de la Entidad Contratante.. A solicitud del Contratista y previa No Objeción de la Entidad Contratante, autorizar el empleo de sub-Contratistas y controlar que el personal del sub-contratista esté debidamente uniformado e identificado.
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