PLAZO XX XXXXXX. Si al fin de un mes calendario se verificara que el importe de la 'Deducción Mensual' correspondiente al mes siguiente es superior al Fondo Consolidado de la Póliza disminuido en el 'Cargo por Rescisión' que figura en las Condiciones Particulares y el saldo de eventuales préstamos, el Contratante dispondrá de un plazo xx xxxxxx de 30 días para regularizar su situación. El plazo de 30 días se contará desde la fecha en que se le notifique al Contratante la insuficiencia de los fondos. Esta cobertura se mantendrá vigente durante el plazo xx xxxxxx, pero si el Asegurado sufriera durante el transcurso del mismo un siniestro indemnizable bajo esta póliza, la Compañía Aseguradora deducirá de las prestaciones a su cargo las Deducciones Mensuales vencidas impagas. El Contratante puede regularizar su situación abonando durante el plazo xx xxxxxx la prima que le informe la Compañía Aseguradora. Si el Contratante no abonara la prima informada durante el plazo xx xxxxxx, la póliza caducará automáticamente sin valor de rescate alguno, dándose por canceladas las deudas que pudiera tener el Contratante en virtud de esta póliza. La caducidad en estos casos no se producirá, durante los primeros tres años de vigencia, siempre y cuando la suma de las primas pagadas menos todos los retiros efectuados y los préstamos otorgados, iguale o supere a la prima mínima mensual multiplicada por el número de meses trans- curridos desde la Fecha de Inicio de Vigencia de la póliza.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy
PLAZO XX XXXXXX. Si El Tomador debe efectuar el pago de las Primas de futuros períodos, a más tardar el mismo día en que termina el período anterior. No obstante esto, la Empresa de Seguros otorga al fin de un mes calendario se verificara que el importe de la 'Deducción Mensual' correspondiente al mes siguiente es superior al Fondo Consolidado de la Póliza disminuido en el 'Cargo por Rescisión' que figura en las Condiciones Particulares y el saldo de eventuales préstamos, el Contratante dispondrá de Tomador un plazo xx xxxxxx de 30 (30) días para regularizar su situación. El continuos y siguientes al de la expiración del período anterior pagado, durante cuyo plazo puede efectuar el pago de 30 días se contará desde la fecha en Prima con la particularidad de que se le notifique al Contratante la insuficiencia de los fondos. Esta cobertura se mantendrá vigente durante el mencionado plazo xx xxxxxx, pero si xxxxxx el Asegurado sufriera durante el transcurso del mismo un siniestro indemnizable bajo esta póliza, la Compañía Aseguradora deducirá de las prestaciones a su cargo las Deducciones Mensuales vencidas impagasSeguro continúa en vigor. El Contratante puede regularizar su situación abonando Si durante el plazo xx xxxxxx la prima que le informe la Compañía Aseguradora. Si el Contratante no abonara la prima informada durante el plazo xx xxxxxx, la póliza caducará automáticamente sin valor de rescate alguno, dándose por canceladas señalado ocurriera algún Siniestro amparado bajo las deudas que pudiera tener el Contratante en virtud condiciones de esta póliza. La caducidad en estos casos no Póliza, se produciráprocederá de acuerdo a lo siguiente: Sí el monto de la indemnización es igual o superior al monto de la Prima, durante los primeros tres años de vigencia, siempre y cuando se descontará del monto a indemnizar la suma de las primas pagadas menos todos los retiros efectuados y los préstamos otorgados, iguale o supere Prima correspondiente a la prima mínima mensual multiplicada anualidad de la Póliza. Sí el monto de la indemnización es menor a la Prima pendiente, el Tomador deberá pagar antes de finalizar el Plazo xx Xxxxxx establecido la diferencia existente entre la Prima y dicho monto. No obstante, si el Tomador se negase o no pudiese pagar la diferencia de Prima antes de finalizar el Plazo xx Xxxxxx, el contrato se considerará prorrogado solamente por el período de tiempo que resultare de dividir el monto del Siniestro indemnizable entre la Prima completa que corresponda al mismo período de la cobertura anterior multiplicando por el número de meses trans- curridos desde la Fecha días que contenga dicho período. La falta de Inicio de Vigencia pago de la pólizaPrima en el tiempo establecido en el párrafo anterior, se entenderá como la voluntad del Tomador de anular la Póliza, quedando ésta sin validez ni efecto alguno.
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PLAZO XX XXXXXX. Si al fin Para el pago de las primas subsiguientes a la primera, se concederá un mes calendario se verificara que el importe período xx xxxxxx de treinta (30) días continuos contados a partir de la 'Deducción Mensual' correspondiente al mes siguiente es superior al Fondo Consolidado fecha de terminación del período de vigencia anterior. El mencionado período xx xxxxxx cesará una vez que sea cancelado el Cuadro Póliza, conforme a lo establecido en las cláusulas 3 y 8, “Vigencia de la Póliza disminuido en el 'Cargo por Rescisión' que figura en las y Pago de la Prima”, respectivamente, de estas Condiciones Particulares y el saldo de eventuales préstamos, el Contratante dispondrá de un Generales. Si dentro del plazo xx xxxxxx no se hubiese recibido el pago de 30 días para regularizar su situación. El plazo la prima, la Póliza quedará automáticamente anulada a partir de 30 días se contará desde la fecha en que se le notifique al Contratante de vencimiento de la insuficiencia de los fondosúltima prima pagada. Esta cobertura se mantendrá vigente durante Durante el plazo xx xxxxxx, pero los riesgos serán a cargo de “El Asegurador”, y ocurrido un siniestro dentro de ese período, “El Asegurado” será indemnizado conforme a las estipulaciones de la Póliza, descontando “El Asegurador” del monto a pagar la prima anual correspondiente; si el Asegurado sufriera durante el transcurso pago del mismo un siniestro indemnizable bajo esta póliza, la Compañía Aseguradora deducirá fuere inferior al monto de las prestaciones a su cargo las Deducciones Mensuales vencidas impagas. El Contratante puede regularizar su situación abonando durante el plazo xx xxxxxx la prima que le informe anual, para dar curso al reclamo, “El Asegurado” deberá cancelar de inmediato a “El Asegurador” el total de prima anual a pagar. No obstante, si “El Tomador” se negase o no pudiere pagar la Compañía Aseguradora. Si el Contratante no abonara la diferencia de prima informada durante antes de finalizar el plazo xx xxxxxx, la póliza caducará automáticamente sin valor Póliza se considerará prorrogada solamente por el período de rescate alguno, dándose por canceladas las deudas tiempo que pudiera tener resultare de dividir el Contratante en virtud de esta póliza. La caducidad en estos casos no se producirá, durante los primeros tres años de vigencia, siempre y cuando la suma de las primas pagadas menos todos los retiros efectuados y los préstamos otorgados, iguale o supere a monto del siniestro indemnizable entre la prima mínima mensual multiplicada completa que corresponda al mismo período de la cobertura anterior multiplicado por el número de meses trans- curridos desde la Fecha de Inicio de Vigencia de la pólizadías que contenga dicho período.
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Samples: Póliza De Seguro