Common use of Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa Clause in Contracts

Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa. 6. REGAR-30, capítulo 6, emitido por la Gerencia de Prevención, Protección y Seguridad de la Empresa. El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso de ser profesional externo del Adjudicatario, deberá presentarse el respectivo Contrato que los vincula y copia de su seguro de accidentes personales. Dicho profesional deberá concurrir como mínimo en forma mensual, dejando constancia de su visita y actividades realizadas. Asimismo, deberá conocer cuáles son las tareas que el personal del mismo realizará en su lugar de trabajo, a los efectos de determinar si resulta necesaria la provisión de elementos de protección y/o de establecer procedimientos de trabajo seguro para las tareas de carácter operativo que se realicen dentro de las instalaciones de la Empresa, además de poder confeccionar el Programa de Seguridad exigido por normativa (en el caso de una obra). Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa, deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”). A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse. El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto. El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas). Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de seis (6) metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso. En el caso de operar autoelevadores dentro de instalaciones de la Empresa, el Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la Resolución SRT 960/15, tanto en lo que hace a las características, controles y mantenimiento del equipo como en lo relacionado con el conductor del mismo, el cual deberá poseer y mantener al día credencial habilitante, emitida por su empleador, la cual deberá llevar en todo momento consigo, atento que le podrá ser requerida por personal de Higiene y Seguridad de la Empresa o Autoridades Aeroportuarias. En el caso en que el Adjudicatario deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante Higiene y Seguridad Industrial a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar. En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta. El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (por ejemplo: autoelevadores), propios del Adjudicatario o de la Empresa, deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la Base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro). El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas. Deberá presentarlo ante la oficina de Higiene y Seguridad de la Base donde desarrolle tareas antes de iniciar los trabajos. El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa. Asimismo deberá informar dentro de las 48 horas a Higiene y Seguridad Industrial (xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) sobre cualquier accidente de trabajo (exceptuados los casos “in itinere”) que le haya ocurrido al personal de la contratista en ocasión de la prestación de servicios para la Empresa. Al reportar el caso se deberá indicar los siguientes datos de la persona siniestrada: Nombre y apellido –Fecha de nacimiento – Función desarrollada – Lesión ocurrida (naturaleza de la misma y parte del cuerpo afectada) – Forma de ocurrencia (breve relato de lo ocurrido y provocó la lesión) – Lugar físico en el cual ocurrió el accidente. Al finalizar la licencia del accidentado se deberá informar esta situación al mismo correo electrónico indicado, ofreciendo siempre alguna persona para consultar sobre el caso. Este requerimiento se enmarca en lo indicado en Resoluciones SRT 463/09 y 559/09 sobre trabajo de contratistas.

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Samples: Concurso Cerrado, Concurso Abierto

Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa. 6. REGAR-30, capítulo 6, emitido por la Gerencia de Prevención, Protección y Seguridad de la Empresa. El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y un bromatólogo con acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso de ser profesional externo del AdjudicatarioOferente, deberá presentarse el respectivo Contrato contrato que los vincula y copia de su seguro de accidentes personales. Dicho profesional deberá Dichos profesionales deberán concurrir como mínimo en forma mensuala las sedes, dejando constancia de su visita y actividades realizadas. Asimismo, deberá conocer cuáles son las tareas que el personal del mismo realizará en su lugar de trabajo, a los efectos de determinar si resulta necesaria la provisión de elementos de protección y/o de establecer procedimientos de trabajo seguro para las tareas de carácter operativo que se realicen dentro de las instalaciones de la Empresa, además de poder confeccionar el Programa de Seguridad exigido por normativa (en el caso de una obra). Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa, Empresa deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”). A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse. Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de 6 metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso. El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto. El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas). Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de seis (6) metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso. En el caso de operar autoelevadores dentro de instalaciones de la Empresa, el Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la Resolución SRT 960/15, tanto en lo que hace a las características, controles y mantenimiento del equipo como en lo relacionado con el conductor del mismo, el cual deberá poseer y mantener al día credencial habilitante, emitida por su empleador, la cual deberá llevar en todo momento consigo, atento que le podrá ser requerida por personal de Higiene y Seguridad de la Empresa o Autoridades Aeroportuarias. En el caso en que el Adjudicatario deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante Higiene y Seguridad Industrial a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar. En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta. El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, Empresa ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (auto elevadores, por ejemplo: autoelevadoresej), propios del Adjudicatario o de la Empresa, Empresa deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la Base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro)día. El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas. Deberá presentarlo ante la oficina de Higiene y Seguridad de la Base donde desarrolle tareas antes de iniciar los trabajos. El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa. Asimismo Toda vez que el Adjudicatario realice una tarea que implique un riesgo de incendio deberá informar dentro de las 48 horas a gestionar ante Higiene y Seguridad Industrial (xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) sobre cualquier accidente o los Bomberos de la Base el “permiso de trabajo (exceptuados los casos “in itinere”) que le haya ocurrido al personal de la contratista en ocasión de la prestación de servicios para la Empresa. Al reportar el caso se deberá indicar los siguientes datos de la persona siniestrada: Nombre y apellido –Fecha de nacimiento – Función desarrollada – Lesión ocurrida (naturaleza de la misma y parte del cuerpo afectada) – Forma de ocurrencia (breve relato de lo ocurrido y provocó la lesión) – Lugar físico en el cual ocurrió el accidente. Al finalizar la licencia del accidentado se deberá informar esta situación al mismo correo electrónico indicado, ofreciendo siempre alguna persona para consultar sobre el caso. Este requerimiento se enmarca en lo indicado en Resoluciones SRT 463/09 y 559/09 sobre trabajo de contratistascaliente” correspondiente.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa. 6. REGAR-30, capítulo 6, emitido por la Gerencia de Prevención, Protección Toda normativa provincial y Seguridad de la Empresamunicipal relativa a las materias y actividades señaladas anteriormente. El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso de ser profesional externo del Adjudicatario, deberá presentarse el respectivo Contrato que los vincula y copia de su seguro de accidentes personales. Dicho profesional deberá concurrir como mínimo en forma mensual, dejando constancia de su visita y actividades realizadas. Asimismo, Dicho profesional deberá conocer cuáles son las tareas que el personal del mismo realizará en su lugar de trabajo, a los efectos de determinar si resulta necesaria la provisión de elementos de protección y/o de establecer procedimientos de trabajo seguro para las tareas de carácter operativo que se realicen dentro de las instalaciones de la Empresa, además de poder confeccionar el Programa de Seguridad exigido por normativa (en el caso de una obra). Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa, deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”). A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse. El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto. El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas). Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de seis (6) metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso. En el caso de operar autoelevadores dentro de instalaciones de la Empresa, el Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la Resolución SRT 960/15, tanto en lo que hace a las características, controles y mantenimiento del equipo como en lo relacionado con el conductor del mismo, el cual deberá poseer y mantener al día credencial habilitante, emitida por su empleador, la cual deberá llevar en todo momento consigo, atento que le podrá ser requerida por personal de Higiene y Seguridad de la Empresa o Autoridades Aeroportuarias. En el caso en que el Adjudicatario deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante Higiene y Seguridad Industrial a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar. En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta. El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (por ejemplo: autoelevadores), propios del Adjudicatario o de la Empresa, deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la Base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro). El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas. . Deberá presentarlo ante la oficina de Higiene y Seguridad de la Base donde desarrolle tareas antes de iniciar los trabajos. El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa. Asimismo deberá informar dentro de las 48 horas a Higiene y Seguridad Industrial (xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) sobre cualquier accidente de trabajo (exceptuados los casos “in itinere”) que le haya ocurrido al personal de la contratista en ocasión de la prestación de servicios para la Empresa. Al reportar el caso se deberá indicar los siguientes datos de la persona siniestrada: Nombre y apellido –Fecha de nacimiento – Función desarrollada – Lesión ocurrida (naturaleza de la misma y parte del cuerpo afectada) – Forma de ocurrencia (breve relato de lo ocurrido y provocó la lesión) – Lugar físico en el cual ocurrió el accidente. Al finalizar la licencia del accidentado se deberá informar esta situación al mismo correo electrónico indicado, ofreciendo siempre alguna persona para consultar sobre el caso. Este requerimiento se enmarca en lo indicado en Resoluciones SRT 463/09 y 559/09 sobre trabajo de contratistas.

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Samples: ww1.aerolineas.com.ar

Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa. 6. REGAR-30, capítulo 6, emitido por la Gerencia de Prevención, Protección Toda normativa provincial y Seguridad de la Empresamunicipal relativa a las materias y actividades señaladas anteriormente. El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso de ser profesional externo del Adjudicatario, deberá presentarse el respectivo Contrato que los vincula y copia de su seguro de accidentes personales. Dicho profesional deberá concurrir como mínimo en forma mensual, dejando constancia de su visita y actividades realizadas. Asimismo, Dicho profesional deberá conocer cuáles son las tareas que el personal del mismo realizará en su lugar de trabajo, a los efectos de determinar si resulta necesaria la provisión de elementos de protección y/o de establecer procedimientos de trabajo seguro para las tareas de carácter operativo que se realicen dentro de las instalaciones de la Empresa, además de poder confeccionar el Programa de Seguridad exigido por normativa (en el caso de una obra). Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa, deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”). A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse. El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto. El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas). Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de seis (6) metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso. En el caso de operar autoelevadores dentro de instalaciones de la Empresa, el Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la Resolución SRT 960/15, tanto en lo que hace a las características, controles y mantenimiento del equipo como en lo relacionado con el conductor del mismo, el cual deberá poseer y mantener al día credencial habilitante, emitida por su empleador, la cual deberá llevar en todo momento consigo, atento que le podrá ser requerida por personal de Higiene y Seguridad de la Empresa o Autoridades Aeroportuarias. En el caso en que el Adjudicatario deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante Higiene y Seguridad Industrial a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar. En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta. El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (por ejemplo: autoelevadores), propios del Adjudicatario o de la Empresa, deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la Base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro). El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas. . Deberá presentarlo ante la oficina de Higiene y Seguridad de la Base donde desarrolle tareas antes de iniciar los trabajos. El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa. Asimismo deberá informar dentro de las 48 horas a Higiene y Seguridad Industrial (xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) sobre cualquier accidente de trabajo (exceptuados los casos “in itinere”) que le haya ocurrido al personal de la contratista en ocasión de la prestación de servicios para la Empresa. Al reportar el caso se deberá indicar los siguientes datos de la persona siniestrada: Nombre y apellido –Fecha de nacimiento – Función desarrollada – Lesión ocurrida (naturaleza de la misma y parte del cuerpo afectada) – Forma de ocurrencia (breve relato de lo ocurrido y provocó la lesión) – Lugar físico en el cual ocurrió el accidente. Al finalizar la licencia del accidentado se deberá informar esta situación al mismo correo electrónico indicado, ofreciendo siempre alguna persona para consultar sobre el caso. Este requerimiento se enmarca en lo indicado en Resoluciones SRT 463/09 y 559/09 sobre trabajo de contratistas.. El Adjudicatario deberá completar, con carácter de declaración jurada, la planilla que se adjunta al presente como Anexo II “EMPRESAS CONTRATISTAS - PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO”

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Samples: www.austral.com.ar

Política de Salud y Seguridad Ocupacional, procedimientos y normas de Seguridad e Higiene de la Empresa. 6. REGAR-30, capítulo 6, emitido por la Gerencia de Prevención, Protección Toda normativa provincial y Seguridad de la Empresamunicipal relativa a las materias y actividades señaladas anteriormente. El Adjudicatario deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad y acreditación del profesional con idoneidad en la actividad específica, con constancia de los certificados que así lo avalen. En el caso de ser profesional externo del Adjudicatario, deberá presentarse el respectivo Contrato que los vincula y copia de su seguro de accidentes personales. Dicho profesional deberá concurrir como mínimo en forma mensual, dejando constancia de su visita y actividades realizadas. Asimismo, deberá conocer cuáles son las tareas que el personal del mismo realizará en su lugar de trabajo, a los efectos de determinar si resulta necesaria la provisión de elementos de protección y/o de establecer procedimientos de trabajo seguro para las tareas de carácter operativo que se realicen dentro de las instalaciones de la Empresa, además de poder confeccionar el Programa de Seguridad exigido por normativa (en el caso de una obra). Las máquinas y equipos eléctricos que el Adjudicatario disponga para su uso en áreas de la Empresa, deberán cumplir con normas de seguridad dictadas por el Ente Nacional Regulador de la Energía (“ENRE”). A tal efecto personal de Higiene y Seguridad de la Empresa realizará inspecciones periódicas de manera de constatar el estado de dichos elementos, siendo el Adjudicatario el único responsable del estado de los mismos y de los daños o lesiones que pudieran ocasionarse. El Adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos de protección personal para el desarrollo de sus trabajos en condiciones de seguridad, debiendo llevar un registro de su entrega (ficha por cada empleado), controlar su uso durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo y ofrecer capacitación al respecto. El Adjudicatario deberá señalizar aquellas tareas que puedan implicar un riesgo no sólo al personal que las realiza sino además a las personas que circulen por el lugar (por ejemplo: lavado de áreas donde circulan personas en forma permanente, lo cual generaría el riesgo de caídas). Cuando se realicen tareas en altura y el Adjudicatario contase con plataformas o andamios fijos o móviles de más de seis (6) metros, será necesario contar con el correspondiente cálculo estructural de la misma, además de contar con las características constructivas de seguridad y la utilización de arneses de seguridad cuando la altura en la que se encuentre el operario supere los 2,50 metros del nivel del piso. En el caso de operar autoelevadores dentro de instalaciones de la Empresa, el Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la Resolución SRT 960/15, tanto en lo que hace a las características, controles y mantenimiento del equipo como en lo relacionado con el conductor del mismo, el cual deberá poseer y mantener al día credencial habilitante, emitida por su empleador, la cual deberá llevar en todo momento consigo, atento que le podrá ser requerida por personal de Higiene y Seguridad de la Empresa o Autoridades Aeroportuarias. En el caso en que el Adjudicatario deba realizar trabajos de soldadura o con fuentes que puedan generar calor, la misma gestionará el "Permiso de Trabajo en Caliente" correspondiente ante Higiene y Seguridad Industrial a fin de determinar si se puede o no realizar este tipo de tarea en el lugar. En caso de no mediar inconveniente, durante el lapso que dure la tarea y hasta tanto no se haya retirado del lugar la fuente de calor, la tarea será presenciada por un bombero de planta. El personal del Adjudicatario que conduzca dentro de las instalaciones de la Empresa, ya sea vehículos comunes o de tipo industrial (por ejemplo: autoelevadores), propios del Adjudicatario o de la Empresa, deberá contar con registro de conducir al día y una copia del mismo deberá estar disponible en la Base donde se desempeña (Ezeiza, Aeroparque, Área Centro). El Adjudicatario deberá contar con un Plan de Acción en lo que hace a Higiene y Seguridad Industrial, el cual deberá contemplar como mínimo el detalle de las actividades de capacitación a ofrecer al personal acorde con los riesgos (generales y particulares) a los que se encuentra expuesto en el desarrollo de sus tareas específicas. Deberá presentarlo ante la oficina de Higiene y Seguridad de la Base donde desarrolle tareas antes de iniciar los trabajos. El Adjudicatario deberá mantener al día, a disposición del personal de Higiene y Seguridad Industrial de la Empresa, un registro detallado con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridas a su personal trabajando para la Empresa. Asimismo deberá informar dentro de las 48 horas a Higiene y Seguridad Industrial (xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) sobre cualquier accidente de trabajo (exceptuados los casos “in itinere”) que le haya ocurrido al personal de la contratista en ocasión de la prestación de servicios para la Empresa. Al reportar el caso se deberá indicar los siguientes datos de la persona siniestrada: Nombre y apellido –Fecha de nacimiento – Función desarrollada – Lesión ocurrida (naturaleza de la misma y parte del cuerpo afectada) – Forma de ocurrencia (breve relato de lo ocurrido y provocó la lesión) – Lugar físico en el cual ocurrió el accidente. Al finalizar la licencia del accidentado se deberá informar esta situación al mismo correo electrónico indicado, ofreciendo siempre alguna persona para consultar sobre el caso. Este requerimiento se enmarca en lo indicado en Resoluciones SRT 463/09 y 559/09 sobre trabajo de contratistas.

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Samples: Concurso Cerrado