POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CUANDO EL PROVEEDOR INCUMPLA CUALQUIERA DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR CAUSAS A ÉL IMPUTABLES, TENIENDO EL INSTITUTO FACULTAD POTESTATIVA PARA RESCINDIR EL CONTRATO. LA APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.
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Samples: Contract for Maintenance Services, Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica
POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. INDEPENDIENTEMENTE DE LA APLICACIÓN DE LA PENA CONVENCIONAL, SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA RELATIVA AL DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CUANDO EL PROVEEDOR INCUMPLA NO CUMPLA CON CUALQUIERA DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES CONTRACTUALES, POR CAUSAS A ÉL IMPUTABLES, TENIENDO EL INSTITUTO DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS., LA FACULTAD POTESTATIVA PARA DE RESCINDIR EL CONTRATO. LA APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.
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POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CUANDO EL PROVEEDOR INCUMPLA CUALQUIERA DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR CAUSAS A ÉL IMPUTABLES, IMPUTABLES; TENIENDO EL INSTITUTO LA SEDESOL FACULTAD POTESTATIVA PARA RESCINDIR EL CONTRATO. LA APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ SERA PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.
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Samples: Contract for the Leasing of Vehicles