Pretensiones Cláusulas de Ejemplo
Pretensiones. Los convocantes solicitaron en las pretensiones de la demanda arbitral:
1. Que se declare que el contrato celebrado por el municipio de SAN ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y el señor ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, denominado por la administración contrato de concesión No. 003 del 1 de diciembre de 2006, corresponde a un contrato de depósito de acuerdo a su naturaleza y características del mismo.”
2.- Que se declare que el Municipio de San ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ no liquidó el contrato No. 003 del 1 de diciembre de 2006 celebrado con el señor ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, incumpliendo la resolución 0346 del 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2012, por la cual declara la terminación unilateral del citado contrato y dispone la liquidación unilateral del mismo por un término máximo de cuatro meses.”
3.- Que se liquide el contrato N° 003 del 1 de diciembre de 2006, celebrado entre el Municipio SAN ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y el señor ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇.”
4.- Como consecuencia de lo anterior, se condene al MUNICIPIO SAN ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ a pagar a los señores ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, en calidad de adjudicatarios de los derechos del contrato No. 003 del 2006, el 80% del valor del parqueadero de cada uno de los vehículos que fueron depositados por parte de la Secretaria de Tránsito Municipal en el PARQUEADERO LOS COCHES, desde la fecha de su ingreso hasta la fecha que la autoridad municipal haya efectuado retiro de los mismos.
5.- Que se ordene el pago de la indexación, para compensar la pérdida del poder adquisitivo de la moneda colombiana del valor del servicio de parqueadero por el tiempo transcurrido desde la fecha de ingreso de cada uno de los vehículos hasta la fecha probable en que se haga efectivo el pago.”
6.- Que se ordene el pago de los intereses moratorios al máximo (sic) legal autorizado por la Superintendencia Bancaria, desde el 12 de noviembre de 2012, fecha en que vencía el término para efectuar la liquidación del contrato de concesión y hasta que se produzca el pago total de la obligación demandada.”
7.- Que se ordene el pago de las costas y agencias en derecho que se causen por adelantar las acciones judiciales correspondientes.”
8.- Que se reconozca personería para actuar conforme al poder otorgado” (fl. 654 cuaderno 7),”
9.- El juramento estimatorio
Pretensiones. De la revisión del recurso de apelación se advierte que el Impugnante solicitó a este Tribunal lo siguiente: • Se descalifique la oferta del Adjudicatario, y en consecuencia se revoque la buena pro otorgada. • Se le otorgue la buena pro.
Pretensiones. “3.1.DECLARACIONES Y CONDENAS
Pretensiones. En la demanda Cooperadores IPS S.A., solicita que mediante laudo arbitral que haga tránsito a cosa juzgada se profieran las siguientes declaraciones y condenas (cdno. ppal., fls. 1 a 4): “(...).
Pretensiones. Las pretensiones de la demanda son del siguiente tenor:
Pretensiones. De la revisión del recurso de apelación se advierte que el Impugnante solicitó a este Tribunal lo siguiente:
i. Se deje sin efecto la decisión del Comité de Selección de otorgar la buena del procedimiento de selección a favor del Adjudicatario.
ii. Se le otorgue la buena pro del procedimiento de selección. De otro lado, cabe precisar que el Adjudicatario no se apersonó a esta instancia pese a que fue debidamente notificado con la interposición del recurso de apelación.
Pretensiones. De la revisión del recurso de apelación se advierte que el Impugnante solicitó a este Tribunal lo siguiente:
i. Se declare la nulidad de la declaratoria de pérdida de la buena pro.
ii. Se revoque el otorgamiento de la buena pro al Adjudicatario.
iii. Se le ratifique la buena pro otorgada a su representada y se suscriba el contrato.
Pretensiones. Las sociedades convocantes en su demanda arbitral, a folios 117 a 119 del Cdno. Ppal., formularon las siguientes pretensiones:
Pretensiones. En el escrito de solicitud de convocatoria para la integración de un tribunal de arbitramento y de demanda ante el centro de arbitraje y conciliación, la parte convocante formuló las siguientes pretensiones: Que se declare que durante la ejecución y desarrollo del contrato FIC-015 OP-2001 sobrevinieron hechos no imputables a la Unión Temporal Penitenciaría ▇▇ ▇▇▇▇▇, integrada por las sociedades Otacc Ltda., ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y Cía. S.A. Construcciones, Cusezar S.A., y Conconcreto S.A., que alteraron la ecuación económica del referido contrato. Que como consecuencia de la anterior declaración, se incluya en la liquidación del contrato y se condene a la Nación — Ministerio del Interior y de Justicia— Dirección de Infraestructura al pago de las siguientes sumas así:
2.1. Por concepto de las diferencias entre el valor global de la oferta evaluado con base en el anteproyecto y el valor global real entregado al final de la etapa de ajuste de diseños, por valor de $ 347.162.162 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.2. Por los sobrecostos ocasionados por la ▇▇▇▇ en los pagos, que asciende a la suma de $ 278.713.944 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.3. Por los sobrecostos generados por mayor permanencia en obra entre el 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2003 al 4 de julio de 2003, por valor de $ 255.714.862 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.4. Por los sobrecostos por incrementos imprevisibles y no imputables al contratista en el precio ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, por valor de $ 433.037.886 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.5. Por los costos que tuvo que asumir la unión temporal por las obligaciones imprevisibles que le impuso la Resolución 351 del 24 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2002, dictada por la CDMB, por valor de $ 422.755.504 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.6. Por los costos por razón del invierno por valor de $ 492.835.752 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.7. Por los sobrecostos generados por las suspensiones en la iniciación de la construcción y dotación de la Cárcel de Palo Gordo, como consecuencia de las decisiones adoptadas por la CDMB, por valor de $ 183.033.574 o la mayor que resulte probada en el proceso.
2.8. Por los sobrecostos por voladuras no previsibles, por valor de $ 142.867.489 o la mayor que resulte probada en el proceso. Todas las condenas a que se refieren las anteriores declaraciones se decretarán con sus intereses, reajustes, correcciones y actualizaciones que permita la ley y según la interpretación del honorable ...
Pretensiones. El Inurbe en la reforma de la demanda integrada, solicita que mediante laudo arbitral que haga tránsito a cosa juzgada se profieran las siguientes declaraciones y condenas:
