Principios de financiación Cláusulas de Ejemplo

Principios de financiación. 1. Los Organismos de Implementación serán respon- sables de financiar los proyectos conjuntos en virtud del presente Acuerdo según su participación respectiva en ellos de acuerdo a lo mutuamente acordado.
Principios de financiación. Una Parte que gaste menos de su parte asignada del presupuesto según lo establecido en el Plan de consorcio o, en caso de reembolso a través de costos unitarios, implemente menos unidades que las previstas en el Plan de consorcio será financiada de acuerdo con su presupuesto real debidamente justificado. Costes subvencionables únicamente. Una Parte que gaste más de su parte asignada del presupuesto según lo establecido en el Plan de Consorcio será financiada solo con respecto a los costos elegibles debidamente justificados hasta un monto que no exceda esa parte. 7.1.4 Devolución de pagos en exceso; recibos 7.1.4.1 En cualquier caso de que una Parte haya recibido pagos en exceso, la Parte debe devolver el amount to the Coordinator or the CIRAD without monto correspondiente al Coordinador o al
Principios de financiación. Las Partes - se financiarán de conformidad con el Plan del Consorcio. Ninguna de las Partes recurrirá a financiación externa en nombre del Consorcio.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.