Procesos asistenciales Cláusulas de Ejemplo

Procesos asistenciales. La gestión del proceso asistencial en su conjunto promueve una prestación integral, de mayor calidad, más eficaz, eficiente, coordinada y rápida, evitando demoras y pruebas innecesarias. En definitiva supone una mejor práctica clínica y organizativa que redunda en una mayor satisfacción del usuario con las prestaciones recibidas. Los siguientes proce- sos han sido considerados prioritarios y se han incluido en el Contrato Programa entre la Consejería y el Servicio Andaluz de Salud: • Cáncer de mama • Dolor torácico • Embarazo parto y puerperio • Enfermedad pulmonar obstructiva • Diabetes • Demencias • Fractura de cadera • Síndrome ansioso depresivo • Cuidados paliativos • Cáncer de cervix / útero • Ataque cerebrovascular • Hiperplasia benigna / cáncer de próstata • Atención al enfermo pluripatológico • Catarata • Patología osteoarticular crónica • Colelitiasis / colecistitis • Cefaleas • Insuficiencia cardiaca • VIH / SIDA • Dolor abdominal A lo largo del 2001 el Distrito desarrollará el mapa de procesos asistenciales y apli- cará los procedimientos asistenciales necesarios para la implantación de los mismos de acuerdo con la definición efectuada por la Consejería de Salud.
Procesos asistenciales. La gestión del proceso asistencial en su conjunto promueve una prestación integral, de mayor calidad, más eficaz, eficiente, coordinada y rápida, evitando demoras y pruebas inne- cesarias. En definitiva supone una mejor práctica clínica y organizativa que redunda en una mayor satisfacción del usuario con las prestaciones recibidas. Los siguientes procesos han sido considerados prioritarios y se han incluido en el Contrato Programa entre la Consejería y el Servicio Andaluz de Salud: • Cáncer de mama • Dolor torácico • Embarazo parto y puerperio • Enfermedad pulmonar obstructiva • Diabetes • Demencias • Fractura de cadera • Síndrome ansioso depresivo • Cuidados paliativos • Cáncer de cervix / útero • Ataque cerebrovascular • Hiperplasia benigna / cáncer de próstata • Atención al enfermo pluripatológico • Catarata • Patologia osteoarticular crónica • Colelitiasis / colecistitis • Cefaleas • Insuficiencia cardiaca • VIH / SIDA • Dolor abdominal A lo largo del 2001 el hospital desarrollará el mapa de procesos asistenciales y aplicará los procedimientos asistenciales necesarios para la implantación de los mismos de acuer- do con la definición efectuada por la Consejería de Salud. 2.4.1.1 Normas básicas de calidad de los procesos asistenciales El hospital tomará las medidas oportunas para que al tiempo que se implantan los proce- sos asistenciales se adapten a las normas básicas de calidad que se definen para cada uno de ellos por la Consejería de Salud y que se recogen en los anexos a este contrato programa. El hospital establecerá los mecanismos de coordinación con los Distritos Sanitarios, hos- pitales y las diferentes Empresas Públicas adscritas a la Consejería de Salud así como Centros Concertados para garantizar la adecuada implantación y desarrollo de los proce- sos asistenciales. El hospital potenciará a lo largo del año 2001, el desarrollo de grupos de mejora y otras estructuras informales de calidad, preferentemente de carácter internivel como elemen- tos de soporte y apoyo a la estrategia de calidad.
Procesos asistenciales. Despliegue del sistema de gestión ambiental. Brotes de origen hospitalario. Fallecimientos en hospital por 1.000 pacientes en GRDs con mortalidad menor de 0,5%. Incidencia acumulada de infección de localización quirúrgica órgano espacio de los procedimientos de vigilancia obligatoria. Prevalencia global de infección relacionada con la atención sanitaria.
Procesos asistenciales. Porcentaje de reintervenciones de artroplastia total de cadera antes de 2 años. Casos de sobredosis anestésica, reacción, o pérdida del tubo endotraqueal por 1.000 altas quirúrgicas. Casos de traumatismo en el nacimiento, lesión a neonatos por 1000 nacidos vivos. Complicaciones de anestesia.
Procesos asistenciales. Porcentaje de pacientes ingresados mayores de 70 años con Valoración Nutricional mediante escala validada. Porcentaje xx xxxxx firma de enfermera en la administración de medicamentos citostáticos o terapia celular. Casos por úlceras de decúbito por 1.000 altas con estancia superior a 4 días. Comunicación de efectos adversos. Porcentaje de pacientes que desarrollan UPP tras resultado de riesgo en la valoración. Incidencia de caídas en pacientes hospitalizados por cada 1000 días de estancias. Incidentes de error en la administración de hemoderivados. Planes de mejora frente a incidentes de seguridad. Porcentaje de pacientes con riesgo de caídas que tienen un plan de cuidados encaminado a la prevención de caídas. Porcentaje de pacientes con XXX<3. Porcentaje de pacientes con úlceras por presión categoría 2, 3 y 4 desarrolladas durante el ingreso en pacientes con estancias hospitalarias de más de dos días . Porcentaje de pacientes ingresados con valoración del riesgo de caídas mediante escala validada de riesgo de caídas. Porcentaje de pacientes ingresados con valoración del riesgo de padecer úlceras por presión (UPP) mediante escala validada de riesgo de UPP. Porcentaje de pacientes con valoración de enfermería al ingreso con estancia > 48 horas. Porcentaje de pacientes con planes de cuidados durante el ingreso. Existencia de protocolo de prevención de ruido nocturno en hospitalización pediátrica. Porcentaje de pacientes con ICE al alta con formato RD 1093/2010, de 3 de septiembre. Porcentaje de pacientes con planes de cuidados durante el ingreso. Profesionales que desarrollan actividad investigadora. Profesionales formados en metodología enfermera. Profesionales que dan a conocer su producción científica.

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  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Obligaciones laborales y sociales En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista. El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento, así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A. Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta. Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.