Profesional Eléctrico Cláusulas de Ejemplo

Profesional Eléctrico. La persona designada como profesional eléctrico estará a cargo de las partidas eléctricas y corrientes débiles de la obra de habilitación y deberá reportar al residente de obras sobre tales aspectos técnicos del proyecto. Este profesional deberá tener título de alguna institución chilena acreditada o de alguna institución extranjera con título validado en Chile por la institución que corresponda. El profesional deberá contar con título de Ingeniero Civil, Ingeniero de Ejecución Eléctrica, Constructor Civil o afín. Además, deberá tener acreditación clase A en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), al momento de la oferta y durante la vigencia del contrato. Se pide experiencia profesional deseable de 2 años en proyectos eléctricos calculados desde la fecha de publicación de las bases en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, además de participación como profesional eléctrico en 1 obra de presupuesto similar al del presente proyecto. Para tales efectos, se entenderá como obras similares a todas aquellas relacionadas con construcción de edificaciones, habilitación de oficinas, reparación o mantención de edificaciones, que dispusieran de un presupuesto hasta 50% menor al presupuesto máximo informado en el punto 1.25 de las presentes bases. Para acreditar la experiencia del profesional eléctrico, el oferente deberá adjuntar una copia simple del título profesional, el currículo vitae firmado por el profesional, copia de la certificación clase A de la SEC vigente, y un listado de las obras ejecutadas por aquel, detallando, como mínimo, nombre del contrato, monto del contrato, metros cuadrados construidos por el profesional, nombre del respectivo mandante y funciones cumplidas por el profesional en tales obras. A través del literal C-, del Anexo N° 7, se adjunta un modelo de listado de obras ejecutadas por el profesional eléctrico que podrá ser utilizado por los oferentes. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptarán otros formatos en la medida que contengan la información mínima solicitada en el presente numeral. En caso que no se acompañe la documentación antes exigida o que la información proporcionada no cumpla con lo requerido en este numeral, no se considerará al momento de evaluar el subcriterio “Experiencia del profesional eléctrico”, dispuesto en el punto 2.18, letra b), numeral ii) de las presentes bases.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.