PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.
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Samples: Licitación Pública
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: :
a) La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. adjudicación.
b) Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. Que su contrato objeto social coincida con el objeto del presente proceso de la presente contratación. selección.
c) Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; .
d) Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán que responde solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad:
(i) Por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado.
(ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas la(s) Propuesta(s) y del Contrato. .
e) La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan socios que:
(i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o;
(ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán . NOTA: No pueden ceder su participación accionaria societaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad en los términos del Contrato. Que .
f) Una duración de la sociedad que comprenda el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato contrato, el término previsto para su liquidación y cinco un (51) años más. año más contados a partir de su constitución.
g) Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. adjudicación.
h) La participación que cada uno de los promitentes tendrá debe tener en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. mismo.
i) Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará hace efectiva la Garantía de Seriedad presentada en de la ofertaOferta.
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Samples: Estudio Previo De Contratación
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: :
a. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles calendario posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. .
b. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. Que su Contrato objeto social coincida con el objeto del presente proceso de la presente contratación. selección.
c. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; .
d. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; .
e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán que responde solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad:
(i) Por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado.
(ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. .
f. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan que:
(i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o;
(ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán pueden ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad en los términos del Contrato. Que el objeto social .
g. Una duración de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de sociedad que comprenda la ejecución del contrato y cinco un (51) años año más. , contados a partir de su constitución.
h. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. .
i. La participación que cada uno de los promitentes tendrá debe tener en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles calendario siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en de la ofertaOferta.
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Samples: Public Procurement Contract
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militaressufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresdel MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, en los términos del Contrato. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la mismo. La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.
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Samples: Contract for Supply of Goods
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: :
I. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres siete (37) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación;
II. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratacióncontrato;
III. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; ;
IV. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; ;
V. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad (i) por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contratocontrato de suministro;
VI. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, entidad en los términos del Contratocontrato;
VII. Que el objeto social Una duración de cada uno la sociedad igual o superior a Dos (02) años, contados a partir de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años mássu constitución;
VIII. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación;
IX. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. mismo; y
X. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco siete (57) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.
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Samples: Suministro De Equipos Y Tecnología
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: ⮚ La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. ⮚ Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. ⮚ Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. ⮚ Que la actividad económica de cada uno de los integrantes se encuentre definida con actividades como comercialización, elaboración, producción etc de productos alimenticios iguales o similares al objeto y demás actividades relacionadas ⮚ Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.
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Samples: Pliego De Condiciones
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: :
a. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. ;
b. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. Que su Contrato de Suministro; objeto social coincida con el objeto del presente proceso de la presente contratación. selección.
c. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; ;
d. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; ;
e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad: Calle 72 No. 7 - 96 Connmtallor - 3127011 xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx FORMATO DE ESTUDIOS PREVIOS VERSiÓN 1
(i) Por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado
(ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. ;
f. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan socios que:
(i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o;
(ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria societaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad en los términos del Contrato. Que el objeto social ;
g. Una duración de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de sociedad que comprenda la ejecución del contrato y cinco un (51) años año más. , contados a partir de su constitución;
h. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. ;
i. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los cinco (5) días dias hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará hace efectiva la Garantía de Seriedad presentada de la Oferta. • Registro Único de Proponentes, de cada uno de los promitentes de la promesa de sociedad futura, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de cierre del proceso de selección, el cual debe encontrarse en firme para efectos de que la ofertapropuesta sea habilitada y la misma pueda ser evaluada. Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 Xxxxxxxxxx - 3 127011 wWIV.ramajudicial.gOl'.co ~ l1-A- '~~"\ .,' Rama Judicial i.r. },'- ca.~:::jo Superior de la.Judicatura ~, República de, Colombia
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Samples: Plan Anual De Adquisiciones
PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la La Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.
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Samples: Contract for Technical, Financial, Legal, Administrative, and Environmental Oversight