Common use of PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Clause in Contracts

PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La Cámara de España es el titular exclusivo de las metodologías, manuales, guías, materiales, documentos, soportes informáticos y herramientas de todo tipo que pone a disposición de las entidades camerales para la ejecución del Programa o que resultan de dicha ejecución, y de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos. En consecuencia, todos los derechos de Propiedad Intelectual y de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la Cámara de España, con carácter mundial, y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia. La Cámara de España podrá ejercer dichos derechos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen, sin que puedan entenderse cedidos a las entidades camerales ninguno de los derechos de explotación sobre los mismos, por lo que en ningún caso las entidades camerales u otros terceros podrán utilizar la metodología y sus herramientas de trabajo para fines distintos al desarrollo del Programa. La distribución, modificación, cesión o comunicación pública de los citados contenidos y cualquier otro acto que no haya sido expresamente autorizado por la Cámara de España, quedan prohibidos. Las entidades camerales u otros terceros se abstendrán de comercializar, publicar o difundir, comunicar o ceder a terceros, de cualquier forma, total o parcialmente, el contenido de la metodología y materiales de los Programas sin el consentimiento previo expreso de la Cámara de España. Asimismo, y respecto de todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase que son propiedad de la Cámara de España, no puede entenderse que la participación en el Programa atribuya a las entidades camerales u otros terceros derecho alguno sobre los mismos.

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Samples: Convenio Y Documento Que Establece Las Condiciones De La Ayuda

PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La Cámara de España es el titular exclusivo de las metodologías, manuales, guías, materiales, documentos, soportes informáticos y herramientas de todo tipo que pone a disposición de las entidades camerales para la ejecución del Programa o que resultan de dicha ejecución, y propiedad material e intelectual de todos los derechos entregables correspondientes al Servicio pertenecerá exclusivamente al Banco. De acuerdo con lo anterior, la Empresa reconoce que todos y cada uno de uso, difusión los Derechos Patrimoniales de Autor derivados del uso y explotación de los mismos. En consecuencia, todos los derechos de Propiedad Intelectual y de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la Cámara de España, con carácter mundial, y entregables por el tiempo de duración legal de los derechoscualquier medio, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual, le corresponden al Banco, única, exclusiva, indefinida y demás normativa para todo el territorio de la República de Chile y para el extranjero en la materia. La Cámara de España podrá ejercer dichos derechos en la forma más amplia caso que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen, sin que puedan entenderse cedidos a las entidades camerales ninguno de los derechos de explotación sobre los mismosle resulte aplicable, por lo que la Empresa renuncia a reclamar cualquier contraprestación adicional a la suma pagada por el Banco, estando de acuerdo igualmente en ningún caso las entidades camerales u otros terceros podrán utilizar la metodología y sus herramientas de trabajo para fines distintos al desarrollo del Programa. La distribución, modificación, cesión o comunicación pública de que el Banco podrá ceder los citados contenidos y cualquier otro acto que no haya sido expresamente autorizado por la Cámara de España, quedan prohibidos. Las entidades camerales u otros terceros se abstendrán de comercializar, publicar o difundir, comunicar o ceder derechos sobre los entregables a terceros, favor de cualquier formatercero, total o parcialmente, el contenido sin que para ello requiera de autorización alguna de la metodología y materiales Empresa de conformidad con los Programas sin el consentimiento previo expreso términos de la Cámara figura de Españacolaboración remunerada de obra por encargo. Sin perjuicio de lo anterior, los Derechos Xxxxxxx de Autor serán respetados en conformidad con la legislación vigente. Asimismo, y respecto le pertenecerán al Banco todos los Derechos de todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase Propiedad Industrial que son propiedad deriven de la Cámara de España, no puede entenderse prestación del Servicio que la participación Empresa ejecutará para el Banco en virtud del presente Contrato, de conformidad a la Ley N° 19.039, de Propiedad Industrial. La Empresa será la responsable de realizar los trámites correspondientes o requerir las autorizaciones de uso o cesiones de los Derechos de Propiedad Intelectual que correspondan a terceros y que sean necesarios para ejecutar el Programa atribuya a las entidades camerales u otros terceros derecho alguno sobre los mismosServicio.

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PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La Cámara de España es el titular exclusivo de las metodologías, manuales, guías, materiales, documentos, soportes informáticos y herramientas de todo tipo que pone a disposición de las entidades camerales para la ejecución del Programa o que resultan de dicha ejecución, y propiedad material e intelectual de todos los derechos entregables correspondientes al Servicio pertenecerá exclusivamente al Banco. De acuerdo con lo anterior, la Empresa reconoce que todos y cada uno de uso, difusión los Derechos Patrimoniales de Autor derivados del uso y explotación de los mismos. En consecuencia, todos los derechos de Propiedad Intelectual y de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la Cámara de España, con carácter mundial, y entregables por el tiempo de duración legal de los derechoscualquier medio, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual, le corresponden al Banco, única, exclusiva, indefinida y demás normativa para todo el territorio de la República de Chile y para el extranjero en la materia. La Cámara de España podrá ejercer dichos derechos en la forma más amplia caso que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen, sin que puedan entenderse cedidos a las entidades camerales ninguno de los derechos de explotación sobre los mismosle resulte aplicable, por lo que el Asesor renuncia a reclamar cualquier contraprestación adicional a la suma pagada por el Banco, estando de acuerdo igualmente en ningún caso que el Banco podrá ceder los derechos sobre los entregables a favor de cualquier tercero, sin que para ello requiera de autorización alguna del Asesor de conformidad con los términos de la figura de colaboración remunerada de obra por encargo. Sin perjuicio de lo anterior, los Derechos Xxxxxxx de Autor serán respetados en conformidad con la legislación vigente. Asimismo le pertenecerán al Banco todos los Derechos de Propiedad Industrial que deriven de la prestación del Servicio que la Empresa ejecutará para el Banco en virtud del presente Contrato, de conformidad a la Ley N° 19.039, de Propiedad Industrial. La Empresa será la responsable de realizar los trámites correspondientes o requerir las entidades camerales u otros autorizaciones de uso o cesiones de los Derechos de Propiedad Intelectual que correspondan a terceros podrán utilizar la metodología y sus herramientas de trabajo que sean necesarios para ejecutar el Servicio. La Empresa no podrá usar el nombre o logo del Banco para fines distintos promocionales, de publicidad o cualquier otro, cualquiera sea el medio o soporte que se utilice para tales efectos, sin previa autorización por escrito del Banco. Lo anterior se hace extensivo al desarrollo del Programapersonal de la Empresa. La distribución, modificación, cesión o comunicación pública de los citados contenidos autorización que otorgue el Banco indicará la forma y cualquier otro acto que no haya sido expresamente autorizado por condición en la Cámara de España, quedan prohibidos. Las entidades camerales u otros terceros se abstendrán de comercializar, publicar o difundir, comunicar o ceder a terceros, de cualquier forma, total o parcialmente, cual la Empresa podrá hacer el contenido de la metodología y materiales de los Programas sin el consentimiento previo expreso de la Cámara de España. Asimismo, y respecto de todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase que son propiedad de la Cámara de España, no puede entenderse que la participación en el Programa atribuya a las entidades camerales u otros terceros derecho alguno sobre los mismoscorrespondiente uso.

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PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La Cámara El adjudicatario reconoce que tanto el/los productos finales como el/los resultados parcial/es o finales de España es el titular exclusivo todos los trabajos que sean realizados en ejecución de este pliego y contrato serán propiedad de Ineco, creados bajo su exclusiva iniciativa y bajo su supervisión y coordinación. Ineco por tanto, los podrá editar y divulgar bajo su nombre, ostentando su autoría y derechos económicos sobre la propiedad intelectual e industrial de los mismos. Todas las metodologías, manuales, guías, materiales, documentos, soportes informáticos contribuciones y herramientas de todo tipo aportaciones que pone a disposición de las entidades camerales se realicen para la ejecución del Programa o que resultan objeto de dicha ejecucióneste contrato tendrán la consideración de obra única y autónoma, cuya autoría le corresponde a Ineco, a los efectos prevenidos en la legislación de propiedad intelectual e industrial. Ineco es el originario, pleno y exclusivo titular de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos. En consecuencia, todos los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, xxxxxxx y patrimoniales, sin excepción ni limitación alguna; por lo que el adjudicatario no podrá usar, explotar, reproducir, transformar, divulgar, ceder y/o licenciar sin el previo consentimiento manifestado por escrito de explotación inherentes Ineco, los productos parciales y/o finales objeto de este Pliego y contrato. El adjudicatario se compromete a los mismos pertenecen exclusivamente realizar todas las gestiones y actuaciones oportunas, así como a la Cámara firma de Españacuantos contratos sean necesarios para inscribir o acreditar la propiedad de los derechos de Ineco sobre los productos obtenidos, con carácter mundialante cualquier Registro o Entidad Pública o Privada. En el supuesto caso de que, a pesar de lo establecido en los apartados anteriores de esta cláusula, Ineco no fuera reconocido como autor originario de los resultados parciales de la prestación del servicio realizado o del producto final, y se le reconociese al adjudicatario algún tipo de derecho sobre los mismo, el Condiciones particulares para la contratación de servicios de consultoría de estrategia de propiedad intelectual 6 adjudicatario, mediante el presente contrato, cede en exclusiva a favor de Ineco. De forma irrevocable, por el máximo de tiempo permitido por Xxx, y para el ámbito territorial más amplio reconocido, los derechos de duración legal propiedad intelectual e industrial que ostentara o pudiera llegar a ostentar sobre los mismos, todo ello según la legislación específica de propiedad intelectual e industrial. A los derechosefectos de lo recogido en la presente cláusula, las partes acuerdan que la interpretación de todo lo contenido en ella, se realizará de conformidad con lo establecido previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Española de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia. La Cámara de España podrá ejercer dichos derechos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen, sin que puedan entenderse cedidos a las entidades camerales ninguno de los derechos de explotación sobre los mismos, por lo que en ningún caso las entidades camerales u otros terceros podrán utilizar la metodología y sus herramientas de trabajo para fines distintos al desarrollo del Programa. La distribución, modificación, cesión o comunicación pública de los citados contenidos y cualquier otro acto que no haya sido expresamente autorizado por la Cámara de España, quedan prohibidos. Las entidades camerales u otros terceros se abstendrán de comercializar, publicar o difundir, comunicar o ceder a terceros, de cualquier forma, total o parcialmente, el contenido de la metodología y materiales de los Programas sin el consentimiento previo expreso de la Cámara de España. Asimismo, y respecto de todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase que son propiedad de la Cámara de España, no puede entenderse que la participación en el Programa atribuya a las entidades camerales u otros terceros derecho alguno sobre los mismos.intelectual e industrial

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Samples: mnhlicitaciones.com

PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La Cámara Todos los contenidos (incluidos imágenes, fotografías, dibujos, logotipos, sonidos, músicas o cualquiera otra forma de España es el titular exclusivo de las metodologías, manuales, guías, materiales, documentos, soportes informáticos y herramientas de todo tipo que pone comunicación) accesibles a disposición de las entidades camerales para la ejecución través del Programa o que resultan de dicha ejecución, y de todos los Servicio ADSL proporcionado por G NET están sujetos a derechos de uso, difusión y explotación propiedad intelectual e industrial de la propia G NET o de terceros titulares de los mismos. En consecuencianingún caso la prestación del servicio ADSL por parte de G NET implica ningún tipo de renuncia, todos los derechos transmisión o cesión total ni parcial de Propiedad Intelectual y de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la Cámara de España, con carácter mundial, y dichos derechos. El acceso por el tiempo Cliente a dichos contenidos a través del Servicio ADSL no confiere al Cliente ningún derecho de duración legal de los derechosutilización, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996transformación, de 12 xx xxxxxexplotación, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia. La Cámara de España podrá ejercer dichos derechos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública o fijación sobre dichos contenidos sin la previa, escrita y puesta expresa autorización específicamente otorgada a disposición tal efecto por parte de G NET y/o del tercero titular de los derechos afectados, a salvo del derecho del Cliente de visualizar y obtener una copia privada de seguridad en cualquier soporte, formato o idioma, su equipo informático de tales contenidos siempre que dicho derecho se ejercite según los principios de la buena fe y con los efectos que las leyes determinen, sin que puedan entenderse cedidos a las entidades camerales ninguno en todo caso se mantenga inalterado en la eventual copia privada de seguridad el copyright y demás datos identificados de los derechos de explotación sobre los mismos, por lo que en ningún caso las entidades camerales u otros G NET o terceros podrán utilizar la metodología y sus herramientas de trabajo para fines distintos al desarrollo del Programa. La distribución, modificación, cesión o comunicación pública titulares de los citados contenidos y cualquier otro acto que no haya sido expresamente autorizado por la Cámara mismos sobre tales contenidos. Inscrito en el Registro Mercantil de EspañaMadrid, quedan prohibidos. Las entidades camerales u otros terceros se abstendrán de comercializarTomo 17.916, publicar o difundirlibro 0 , comunicar o ceder a tercerosfolio 181, de cualquier formasec, total o parcialmente8 hoja m-309386, inscripción 2 CIF: X-00000000 – 902088725 – xxx.xxxx.xx Asimismo, el contenido Cliente declara y garantiza que, en relación con los contenidos que transmita a través del Servicio ADSL o integre en su página web, buscadores, y/o ficheros, será de su exclusiva responsabilidad la metodología obtención de cuantas autorizaciones y materiales licencias sean necesarias para la legítima integración de tales contenidos, con respeto a los Programas sin derechos de propiedad que terceras personas o empresas puedan ostentar sobre tales contenidos. Por tanto, el consentimiento previo expreso Cliente se compromete a asumir de la Cámara forma inmediata y automática cualquier reclamación dirigida contra G NET por tal concepto, asumiendo cuantos costes, gastos e indemnizaciones se deriven contra G NET con motivo de España. Asimismo, y respecto de todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase que son propiedad de la Cámara de España, no puede entenderse que la participación en el Programa atribuya a las entidades camerales u otros terceros derecho alguno sobre los mismostal reclamación.

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