PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del Proponente bajo Estructura plural, debe cumplir con los mismos requisitos establecidos para las personas naturales y/o jurídicas según corresponda. Para la presentación de Propuestas, el Proponente que se presente bajo Estructura Plural debe tener en cuenta que sus integrantes responderán solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la Propuesta y del Contrato. La solidaridad se predica de todas las obligaciones de la fase precontractual, contractual y post contractual, incluyendo la etapa de liquidación. Adicionalmente deberá tener en cuenta las siguientes condiciones: a) Cuando la experiencia sea aportada por dos o más integrantes del Proponente bajo Estructura Plural, al menos uno (1) de los integrantes que acredite la experiencia HABILITANTE señalada en los presentes TCC deberá tener una participación igual o superior al veinticinco por ciento (25%), y presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica. b) Si uno de los integrantes aporta el total de la experiencia HABILITANTE, su participación en la Estructura plural no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%). c) En cualquier caso, ninguno de los miembros del Proponente bajo Estructura Plural podrá tener una participación dentro de la figura asociativa inferior al veinticinco por ciento (25%). d) La sumatoria del porcentaje de participación de los integrantes del Proponente plural no podrá ser diferente al cien por ciento (100%). Será causal de RECHAZO, no dar cumplimiento a los porcentajes indicados en los literales anteriores y/o modificarlos a partir del cierre de la Invitación o durante la etapa pre-contractual, entendida como tal la que transcurre desde la adjudicación hasta la suscripción del Contrato. En la etapa de ejecución del Contrato, salvo autorización expresa del PA FFIE, no podrán modificarse los porcentajes. 5.2.1.4.1 Documento de conformación de Estructuras Plurales a) Nombre y domicilio de los integrantes, acompañado del documento de identificación de cada uno de las personas o representantes legales de sus integrantes, así como también del representante designado, según corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente. b) El objeto del consorcio o unión temporal o forma asociativa deberá corresponder a la ejecución de las obligaciones que constituyen el objeto del Contrato que se celebrará en caso de que el proponente llegue a ser seleccionado. c) La designación de un representante, que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal o la forma asociativa. Igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva. d) Las personas jurídicas extranjeras que sean integrantes de la estructura plural podrán constituir un apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa. e) La manifestación expresa de que quienes integran la estructura plural responderán solidariamente por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato. f) Los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros que integran la estructura plural en la Propuesta y en la ejecución del Contrato. La participación de cada uno de los integrantes no podrá ser modificada, en caso contrario, se rechazará la propuesta. g) El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la Propuesta en consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa, deberá ir acompañado de los documentos que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias (certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio u organismos compententes para personas jurídicas extranjeras, actas del órgano social competente, poderes y demás documentos que resulten necesarios). Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia del acta del órgano social competente en la cual se autorice para actuar en los términos requeridos. h) La indicación del domicilio de cada uno de los integrantes. i) La indicación del domicilio de la EstructuraPlural
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Samples: Contrato Marco De Interventoria
PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del Proponente bajo Estructura plural, debe cumplir con los mismos requisitos establecidos para las personas naturales jurídicas y/o jurídicas nacionales según corresponda. Para la presentación de Propuestas, el Proponente que se presente bajo Estructura Plural debe tener en cuenta que sus integrantes responderán solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la Propuesta y del Contrato. La solidaridad se predica de todas las obligaciones de la fase precontractual, contractual y post contractual, incluyendo la etapa de liquidación. Adicionalmente deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
a) Cuando la experiencia sea aportada por dos o más integrantes del Proponente bajo Estructura Plural, al menos uno (1) de los integrantes que acredite la experiencia HABILITANTE señalada en los presentes TCC deberá tener una participación igual o superior al veinticinco por ciento (25%), y presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica.
b) Si uno de los integrantes aporta el total de la experiencia HABILITANTE, su participación en la Estructura plural no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%).
c) En cualquier caso, ninguno de los miembros del Proponente bajo Estructura Plural podrá tener una participación dentro de la figura asociativa inferior al veinticinco por ciento (25%).
d) La sumatoria del porcentaje de participación de los integrantes del Proponente plural no podrá ser diferente al cien por ciento (100%).
e) Independiente de la participación porcentual de cada miembro dentro del Proponente plural, para el cupo de crédito solicitado en los presentes TCC, cada uno de sus integrantes deberá aportar un monto igual o superior al diez por ciento (10%) del cupo de crédito exigido para el Grupo al cual presente Propuesta. Será causal de RECHAZO, no dar cumplimiento a los porcentajes indicados en los literales anteriores y/o modificarlos a partir del cierre de la Invitación o durante la etapa pre-contractual, entendida como tal la que transcurre desde la adjudicación hasta la suscripción del Contrato. En la etapa de ejecución del Contrato, salvo autorización expresa del PA FFIE, no podrán modificarse los porcentajes.
5.2.1.4.1 Documento de conformación de Estructuras Plurales
a) Nombre y domicilio de los integrantes, acompañado del documento de identificación de cada uno de las personas o representantes legales de sus integrantes, así como también del representante designado, según corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente.
b) El objeto del consorcio o unión temporal o forma asociativa deberá corresponder a la ejecución de las obligaciones que constituyen el objeto del Contrato que se celebrará en caso de que el proponente llegue a ser seleccionado.
c) La designación de un representante, que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal o la forma asociativa. Igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
d) Las personas jurídicas extranjeras que sean integrantes de la estructura plural podrán constituir un apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa.
e) La manifestación expresa de que quienes integran la estructura plural responderán solidariamente por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato.
f) Los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros que integran la estructura plural en la Propuesta y en la ejecución del Contrato. La participación de cada uno de los integrantes no podrá ser modificada, en caso contrario, se rechazará la propuesta.
g) El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la Propuesta en consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa, deberá ir acompañado de los documentos que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias (certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio u organismos compententes para personas jurídicas extranjeras, actas del órgano social competente, poderes y demás documentos que resulten necesarios). Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia del acta del órgano social competente en la cual se autorice para actuar en los términos requeridos.
h) La indicación del domicilio de cada uno de los integrantes.
i) La indicación del domicilio de la EstructuraPlural
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Samples: Contrato Marco De Diseños, Estudios Técnicos Y Obra
PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del Proponente bajo Estructura plural, debe deberán cumplir con los mismos requisitos establecidos en los presentes TCC para las personas naturales y/o jurídicas nacionales, según corresponda. Para la presentación de Propuestas, el Proponente las Propuestas que se presente bajo Estructura Plural debe presenten en consorcio o unión temporal o cualquier otra forma de asociación, se ha de tener en cuenta que sus integrantes responderán solidariamente por el cumplimiento de en relación con las obligaciones y responsabilidades derivadas de la Propuesta y del Contrato, y en general para todos los efectos relacionados con el Contrato. La solidaridad se predica de todas las obligaciones de la fase precontractual, contractual y post contractual, incluyendo la etapa de liquidación. Adicionalmente deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
a) Cuando la experiencia sea aportada por dos o más integrantes del Proponente bajo Estructura Pluralplural, al menos uno (1) de los integrantes que acredite la experiencia HABILITANTE señalada en los presentes TCC deberá tener una participación igual o superior al veinticinco por ciento (25%), y presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica.
b) Si uno de los integrantes aporta el total de la experiencia HABILITANTEexperiencia, su participación en la Estructura el Proponente plural no podrá puede ser inferior al cincuenta por ciento (50%).
c) En cualquier caso, ninguno si uno de los miembros del Proponente bajo Estructura Plural podrá tener una no aporta experiencia, su participación dentro de en la figura asociativa no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%).
d) La sumatoria del porcentaje de participación de los integrantes del Proponente plural no podrá ser diferente al cien por ciento (100%).
e) Independiente de la participación porcentual de cada miembro dentro del Proponente plural, para el cupo de crédito solicitado en los presentes TCC, cada uno de sus integrantes deberá aportar un monto igual o superior al diez por ciento (10%) del cupo de crédito exigido para el Grupo al cual presente Propuesta. Será causal de RECHAZO, no dar cumplimiento a los porcentajes indicados en los literales anteriores y/o modificarlos a partir del cierre de la Invitación o durante la etapa pre-contractual, entendida como tal la que transcurre desde la adjudicación hasta la suscripción del Contrato. En la etapa de ejecución del Contrato, salvo autorización expresa del PA FFIE, no podrán modificarse los porcentajes.
5.2.1.4.1 Documento de conformación de Estructuras Plurales
a) Nombre y domicilio de los integrantes, acompañado del documento de identificación de cada uno de las personas o representantes legales de sus integranteslos integrantes de la estructura plural, así como también del representante legal designado, según corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente.
b) El objeto del consorcio o unión temporal o forma asociativa deberá corresponder a la ejecución de las obligaciones que constituyen el objeto del Contrato que se celebrará en caso de que el proponente llegue a ser seleccionadola selección del Proponente.
c) La designación de un representante, representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal o la forma asociativa. Igualmente; igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
d) Las personas jurídicas extranjeras que sean integrantes de la estructura plural podrán constituir un apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa.
e) La manifestación expresa de que quienes integran la estructura plural responderán solidariamente por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato.
f) Los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros que integran la estructura plural en la Propuesta y en la ejecución del Contrato. La participación de cada uno de los integrantes no podrá ser modificada, en caso contrario, se rechazará la propuestamodificada salvo que el PA FFIE emita autorización previa por escrito.
g) El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la Propuesta en consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa, deberá ir acompañado de los documentos que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias (certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio u organismos compententes para personas jurídicas extranjerasComercio, actas del órgano social competente, poderes y demás documentos que resulten necesarios). Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia del acta del órgano social competente en la cual se autorice para actuar en los términos requeridos.
h) La indicación del domicilio de cada uno de los integrantes.
i) La indicación del domicilio de la EstructuraPluralfigura asociativa.
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Samples: Contrato Marco De Diseños, Estudios Técnicos Y Obra
PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del Proponente bajo Estructura plural, debe cumplir con los mismos requisitos establecidos para las personas naturales jurídicas y/o jurídicas nacionales según corresponda. Para la presentación de Propuestas, el Proponente que se presente bajo Estructura Plural debe tener en cuenta que sus integrantes responderán solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la Propuesta y del Contrato. La solidaridad se predica de todas las obligaciones de la fase precontractual, contractual y post contractual, incluyendo la etapa de liquidación. Adicionalmente deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
a) Cuando la experiencia sea aportada por dos o más integrantes del Proponente bajo Estructura Plural, al menos uno (1) de los integrantes que acredite la experiencia HABILITANTE señalada en los presentes TCC deberá tener una participación igual o superior al veinticinco por ciento (25%), y presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica.
b) Si uno de los integrantes aporta el total de la experiencia HABILITANTEexperiencia, su participación en la Estructura plural no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%).
c) En cualquier caso, ninguno de los miembros del Proponente bajo Estructura Plural podrá tener una participación dentro de la figura asociativa inferior al veinticinco por ciento (25%).
d) La sumatoria del porcentaje de participación de los integrantes del Proponente plural no podrá ser diferente al cien por ciento (100%). Será causal de RECHAZO, no dar cumplimiento a los porcentajes indicados en los literales anteriores y/o modificarlos a partir del cierre de la Invitación o durante la etapa pre-contractual, entendida como tal la que transcurre desde la adjudicación hasta la suscripción del Contrato. En la etapa de ejecución del Contrato, salvo autorización expresa del PA FFIE, no podrán modificarse los porcentajes.
5.2.1.4.1 Documento de conformación de Estructuras Plurales
a) Nombre y domicilio de los integrantes, acompañado del documento de identificación de cada uno de las personas o representantes legales de sus integrantes, así como también del representante designado, según corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente.
b) El objeto del consorcio o unión temporal o forma asociativa deberá corresponder a la ejecución de las obligaciones que constituyen el objeto del Contrato que se celebrará en caso de que el proponente llegue a ser seleccionado.
c) La designación de un representante, que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal o la forma asociativa. Igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
d) Las personas jurídicas extranjeras que sean integrantes de la estructura plural podrán constituir un apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa.
e) La manifestación expresa de que quienes integran la estructura plural responderán solidariamente por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del Contrato.
f) Los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros que integran la estructura plural en la Propuesta y en la ejecución del Contrato. La participación de cada uno de los integrantes no podrá ser modificada, en caso contrario, se rechazará la propuesta.
g) El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la Propuesta en consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa, deberá ir acompañado de los documentos que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias (certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio u organismos compententes para personas jurídicas extranjeras, actas del órgano social competente, poderes y demás documentos que resulten necesarios). Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia del acta del órgano social competente en la cual se autorice para actuar en los términos requeridos.
h) La indicación del domicilio de cada uno de los integrantes.
i) La indicación del domicilio de la EstructuraPlural
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