PROPONENTES PLURALES Cláusulas de Ejemplo
PROPONENTES PLURALES. Los proponentes podrán presentar propuestas conjuntas en calidad de consorcio o unión temporal, para lo cual deberán indicar expresamente si su participación es a título de consorcio o unión temporal, conforme a lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993. Igualmente, los proponentes podrán ofertar como oferente plural por medio de promesas de sociedad futura, debiendo adjuntar el Anexo 09 - Modelo de Documento de Constitución para Promesa de Sociedad Futura, no obstante tomando en consideración lo previsto en los artículos 110 y 119 del Código de Comercio y en la jurisprudencia, dicha forma de asociación se tomará como un consorcio. En ningún caso pueden existir varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura, so pena del rechazo de su propuesta. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, se requiere: • Que hayan sido conformados antes de presentar la propuesta y que se acredite la existencia del consorcio o de la unión temporal, para lo cual deberá aportarse el documento de constitución suscrito por cada uno de sus miembros. Si los integrantes son personas jurídicas, este documento deberá estar firmado por el/los representante(s) legal(es). Nota: El proponente que se presente en cualquiera de estas formas deberá presentar el documento de constitución, Anexo 8- Modelo de Documento de Constitución del Consorcio o Unión Temporal, en el cual deberá indicar como mínimo lo siguiente:
1. Si los proponentes desean participar como consorcio o como unión temporal.
2. Las reglas básicas que regulen las relaciones entre sus integrantes.
3. Si se trata de unión temporal deberán indicarse además los términos y extensión (actividades y porcentaje) de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, lo cual no podrá ser modificado sin el consentimiento previo de la entidad.
4. La persona que para todos los efectos legales representará al consorcio o unión temporal y quien contará con las facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del consorcio o la unión temporal, el cual no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que lo/la conforman.
5. Que el término de su duración no sea inferior al plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo el presente requisito debe ser cumplido por cada uno de sus integran...
PROPONENTES PLURALES. El documento de conformación de proponentes plurales debe:
A. Acreditar la existencia del proponente plural y clasificarlo en unión temporal o consorcio. En este documento los integrantes deben expresar su intención de conformar el proponente plural. En caso que no exista claridad sobre el tipo de asociación se solicitará la aclaración. Los proponentes deben incluir como mínimo la información requerida en el ANEXO 2 – Conformación de Proponente Plural (ANEXO 2A – Consorcios) (ANEXO 2B – Uniones Temporales). Los proponentes podrán incluir información adicional que no contradiga lo dispuesto en los documentos del proceso.
B. Acreditar el nombramiento de un representante y un suplente cuya intervención deberá quedar definida en el ANEXO 2 – Conformación de Proponente Plural (ANEXO 2A – Consorcios) (ANEXO 2B – Uniones Temporales), de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la oferta, para la suscripción y ejecución del contrato, así como también la facultad para firmar el acta de terminación y liquidación.
C. Aportar fotocopia de la cédula de identificación del representante principal y suplente de la estructura plural.
D. Acreditar que la vigencia de la estructura plural no sea inferior a la del plazo del contrato y un año adicional. Para efectos de la evaluación, este plazo será contado a partir de la fecha del cierre del proceso de contratación.
E. El proponente plural debe señalar expresamente cuál es el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. La sumatoria del porcentaje de participación no podrá ser diferente al 100%.
F. En la etapa contractual, no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo de la entidad. Dicho documento debe estar firmado por todos y cada uno de los integrantes del proponente plural y en el caso del integrante persona jurídica, por el representante legal de dicha o por el apoderado de cualquiera de los anteriores.
PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del Proponente plural, deberá cumplir con los mismos requisitos establecidos en los presentes TCC para las personas naturales o jurídicas nacionales, según corresponda. Para las Propuestas que se presenten en consorcio o unión temporal o cualquier otra forma de asociación, se ha de tener en cuenta que sus integrantes responderán solidariamente en relación con las obligaciones y responsabilidades derivadas de la propuesta y del contrato, y en general para todos los efectos relacionados con el contrato. La solidaridad se predica de todas las obligaciones de la fase precontractual, contractual y post contractual, incluyendo la etapa de liquidación.
PROPONENTES PLURALES. Para el caso de oferentes plurales, todos los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deben presentar la Documentación requerida (RUP) y tener en cuenta a efectos de acreditar el cumplimiento de los indicadores financieros y de capacidad organizacional el siguiente procedimiento: PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA
PROPONENTES PLURALES. El documento de conformación de Proponentes Plurales debe:
A. Acreditar la existencia del Proponente Plural y clasificarlo de forma clara en Unión Temporal o Consorcio. En este documento los integrantes deben expresar claramente su intención de conformar el Proponente Plural. En el caso en que no exista claridad sobre el tipo de asociación se solicitará la aclaración. Los Proponentes deberán incluir como mínimo la información requerida en el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.. Los Proponentes podrán incluir información adicional que no contradiga lo dispuesto en los Documentos del Proceso. y
B. Acreditar el nombramiento de un representante y un suplente cuya intervención deberá quedar definida en el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la oferta, para la suscripción y ejecución del contrato, así como también la facultad para firmar el acta de terminación y liquidación.
C. Aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante principal suplente de la estructura plural.
D. Acreditar que la vigencia de la estructura plural no sea inferior a la del plazo del contrato y un año adicional. Para efectos de la evaluación, este plazo será contado a partir de la fecha del cierre del Proceso de Contratación.
E. El Proponente Plural debe señalar expresamente cuál es el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. La sumatoria del porcentaje de participación no podrá ser diferente al 100%.
F. En la etapa contractual, no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo de la Entidad. Dicho documento debe estar firmado por todos y cada uno de los integrantes del Proponente Plural y en el caso del integrante persona jurídica, por el Representante Legal de dicha o por el apoderado de cualquiera de los anteriores.
PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del proponente plural debe acreditar por separado los requisitos de que tratan los anteriores numerales.
PROPONENTES PLURALES. Cada uno de los integrantes del Proponente Plural debe suscribir por separado la declaración de la que tratan los anteriores numerales.
PROPONENTES PLURALES. Se entenderá presentada una Propuesta por un Proponente plural, cuando de manera conjunta dos o más personas naturales o jurídicas presenten una sola Propuesta en la Licitación. En tal caso se tendrá como Proponente, para todos los efectos dentro de la presente Licitación, al grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Los miembros originales del Proponente plural que aparezcan en la Propuesta deberán permanecer como miembros durante todo el plazo de vigencia del Contrato. Lo anterior, salvo autorización previa en contrario de Centrales de Transportes S.A., la cual será impartida siempre que ésta lo considere conveniente o necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones del Contrato, evento en el que en todo caso el sustituto y/o cesionario deberá tener iguales o mejores indicadores de experiencia que los de la persona que sustituye o cede su participación en el Proponente plural, según se tuvieron en cuenta al evaluar y adjudicar el Contrato a la Propuesta de la cual hizo parte el miembro que sustituye o cede su participación. En todo caso, el sustituto deberá presentar ante Centrales de Transportes S.A., como requisito previo para la autorización de la sustitución, todos los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos contenidos en los numerales 3.4.1.1, 3.4.1.2, 3.5.1 y 3.6.1 xxx Xxxxxx, según corresponda en cada caso. Sin perjuicio de lo indicado, el miembro del Proponente plural que pretenda ser sustituido o cedido, continuará respondiendo solidariamente por el cumplimiento total del objeto contratado. Lo expuesto anteriormente, deberá constar en el documento de constitución de los Consorcios y Uniones Temporales o en los estatutos de la sociedad contratista, según el caso. La presentación de Propuestas por parte de Proponentes plurales, deberá sujetarse a las siguientes condiciones:
3.1.6.1 Consorcios y Uniones Temporales Para la participación de Consorcios y Uniones Temporales, éstos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro. En el caso en que en la Propuesta no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.
b) Acreditar el nombramiento de un representante legal único de todas las personas naturales y/o jurídicas consorciadas o asociadas en Unión Temporal, con facultades suficientes para la representación -s...
PROPONENTES PLURALES. En el caso de ofertas presentadas por unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura, cada integrante del proponente plural, debe presentar sus respectivos estados financieros con el lleno de los mismos requisitos.
PROPONENTES PLURALES. En el presente proceso de contratación pueden participar consorcios, uniones temporales 28 o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del 29 presente proceso de selección, y cuyos miembros se hagan parte de la lista de habilitados 30 para la cuantía No. 2. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia 31 del contrato y un (1) año más.