PROTECCIÓN AMBIENTAL. 15.1. Las Partes se obligan a dar cumplimiento a lo dispuesto en las normas medio ambientales y sociales que se encuentren vigentes y a cualquier otra que resulte de aplicación para el presente Contrato. 15.2. Las actividades de protección ambiental comprenderán la prevención, limpieza, reparación del daño causado y rehabilitación correspondiente, de ser posible, frente a los perjuicios que pudiesen ocasionar en el medio ambiente las operaciones materia del Contrato, compromiso que asumen las Partes contratantes conforme a lo detallado en el siguiente párrafo. 15.3. EL CONTRATISTA será responsable de cualquier daño ecológico o del medio ambiente que pudiera suceder antes del Punto de Entrega, incluido los reclamos o conflictos de índole social o similar que pudieran suceder como consecuencia de los daños señalados con anterioridad. Después del Punto de Entrega es responsabilidad de PETROPERÚ. 15.4. Cada una de las Partes será responsable, a título individual, de las sanciones que puedan imponérseles por la violación u omisión de las normas antes indicadas, así como de las demás leyes, reglamentos o disposiciones emitidas por la autoridad competente en materia ambiental.
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Samples: Contract for the Acquisition of High Octane Gasoline Blend Stock (Hogbs), Acquisition Agreement
PROTECCIÓN AMBIENTAL. 15.1. 15.1 Las Partes se obligan a dar cumplimiento a lo dispuesto en las normas medio ambientales y sociales que se encuentren vigentes y a cualquier otra que resulte de aplicación para el presente Contrato.
15.2. 15.2 Las actividades de protección ambiental comprenderán la prevención, limpieza, reparación del daño causado y rehabilitación correspondiente, de ser posible, frente a los perjuicios que pudiesen ocasionar en el medio ambiente las operaciones materia del Contrato, compromiso que asumen las Partes contratantes conforme a lo detallado en el siguiente párrafo.
15.3. 15.3 EL CONTRATISTA será responsable de cualquier daño ecológico o del medio ambiente que pudiera suceder antes del Punto de Entrega, incluido los reclamos o conflictos de índole social o similar que pudieran suceder como consecuencia de los daños señalados con anterioridad. Después del Punto de Entrega es responsabilidad de PETROPERÚ.
15.4. 15.4 Cada una de las Partes será responsable, a título individual, de las sanciones que puedan imponérseles por la violación u omisión de las normas antes indicadas, así como de las demás leyes, reglamentos o disposiciones emitidas por la autoridad competente en materia ambiental.
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PROTECCIÓN AMBIENTAL. 15.123.1. Las Partes se obligan a dar cumplimiento a lo dispuesto en las normas medio ambientales y sociales que se encuentren vigentes y a cualquier otra que resulte de aplicación para el presente Contrato.
15.223.2. Las actividades de protección ambiental comprenderán la prevención, limpieza, reparación del daño causado y rehabilitación correspondiente, de ser posible, frente a los perjuicios que pudiesen ocasionar en el medio ambiente las operaciones materia del Contrato, compromiso que asumen las Partes contratantes conforme a lo detallado en el siguiente párrafo.
15.323.3. EL CONTRATISTA será responsable de cualquier daño ecológico o del medio ambiente que pudiera suceder antes del Punto de Entrega, incluido los reclamos o conflictos de índole social o similar que pudieran suceder como consecuencia de los daños señalados con anterioridad. Después del Punto de Entrega es responsabilidad de PETROPERÚ.
15.423.4. Cada una de las Partes será responsable, a título individual, de las sanciones que puedan imponérseles por la violación u omisión de las normas antes indicadas, así como de las demás leyes, reglamentos o disposiciones emitidas por la autoridad competente en materia ambiental.
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Samples: Acquisition Agreement