PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas: 1. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Beneficiario o los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro. 2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, Beneficiario, o de sus respectivos causahabientes. 3. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario o los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro, Condiciones Generales De Seguro, Condiciones Generales De Seguro
PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidas:
1. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Beneficiario o los representantes de éstossus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, Beneficiario, del Beneficiario o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario o los representantes de éstossus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la La Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
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Samples: Insurance Policy, Autocompara Vehículos Residentes, Autocompara Vehículos Residentes
PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidasextinguidas si:
1. Si se Se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Beneficiario o los representantes de éstossus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2. Si hubiere Hubiere en el siniestro dolo Dolo o mala fe Mala Fe del Asegurado, Conductor, Beneficiario, del Beneficiario o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se Se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario o los representantes de éstossus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la La Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo. En términos del artículo 47 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, cualquier omisión o inexacta declaración por parte del Contratante, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro.
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Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement
PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas:
1. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Beneficiario Conductor o los representantes de éstos, estos con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, Beneficiario, Conductor o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario Conductor o los representantes de éstos, estos con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro siniestro, y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
4. Cuando el Vehículo Asegurado sea alquilado o cuando sea utilizado para cualquier otro fin que no sea el de exhibición, demostración, almacenaje y en general cualquier otro que no esté relacionado con los riesgos amparados por el presente contrato.
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Samples: Seguro De Plan Piso Y Traslados
PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la Compañía Compañía, quedarán extinguidas:
1. 1.- Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Beneficiario beneficiario o los sus representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2. 2.- Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, Beneficiario, del beneficiario o de sus respectivos causahabientes.
3. 3.- Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario beneficiario o los sus representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en error, error no proporcionan oportunamente la información que la proporcionanoportunamentelainformaciónquela Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
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Samples: Seguro De Desempleo
PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas:
1. Si : 0.Xx se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Beneficiario o los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, el Beneficiario, o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario o los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
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PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas:
1. Si se demuestra que el AseguradoContratante o, Conductor, el Beneficiario Asegurado o los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, el Beneficiario, o de sus respectivos causahabientesrespectivoscausahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Beneficiario o los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
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Samples: Insurance Policy
PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidas:
1. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, el Propietario, Beneficiario o cualquiera de los representantes de éstos, con el fin de hacerla incurrir en el error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, las obligaciones de La Compañía de acuerdo con a lo establecido en los artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley sobre Sobre el Contrato de Seguro.
2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, Conductor, Beneficiario, o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Conductor, Propietario, Beneficiario o cualquiera de los representantes de éstos, éstos con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que la La Compañía solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
3. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, del Beneficiario o de sus respectivos causahabientes.
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Samples: Seguro Básico Estandarizado De La Cobertura De Responsabilidad Civil Automóviles