Common use of Recepción del objeto del contrato Clause in Contracts

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Metro de Madrid la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte Metro de Madrid de un acto formal y positivo de recepción o conformidad, dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación. La recepción de los servicios, cuando así lo requiera el objeto del contrato, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el contratista comunicará al director de los trabajos, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la prestación de los servicios. El director de los trabajos, a la vista de la comunicación del contratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la prestación de los servicios se ha ejecutado técnicamente conforme al contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente; dicha fecha se le notificará al contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a Metro de Madrid, se hubiere demorado en más de veinte (20) días a partir de la fecha fijada la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la prestación de los servicios es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, Metro de Madrid no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción de las mismas, el contratista podrá requerir a Metro de Madrid, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepción, con expresa reclamación, si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción no le sea imputable a Metro de Madrid, ésta no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al contratista. Con posterioridad a la recepción o conformidad de los trabajos efectuada, y siempre en los términos previstos en la documentación contractual aplicable al contrato, el Contratista deberá entregar a Metro de Madrid el documento “Finiquito” firmado incluido como anexo VII del PCP. En dicho documento el contratista declarará, expresamente, que con el pago de la factura de liquidación quedarán saldados y finiquitados todos los trabajos realizados, que no tendrá más que reclamar a Metro de Madrid en relación con el contrato, sin perjuicio de las retenciones realizadas en sus facturas y la eventual devolución de la garantía definitiva, así como que no tiene pendiente de abono cantidad alguna a sus empleados y/o empresas subcontratistas. Adicionalmente a lo indicado en el párrafo anterior, el contratista entregará a Metro de Madrid un certificado final de subcontratación en el que se recogerá todas las condiciones asociadas a la subcontratación de conformidad con lo establecido en la condición 11.20 de este PCP.

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Samples: Contract for Services, Contract for Services

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Metro de Madrid METRO la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte Metro de Madrid METRO S.A. de un acto formal y positivo de recepción o conformidad, conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación. : La recepción provisional de los serviciosla Prestación de Servicios, cuando que así lo requiera el objeto del contratorequiera, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el contratista Contratista comunicará al director Director de los trabajosServicio, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la prestación Prestación de los serviciosServicio. El director Director de los trabajosServicio, a la vista de la comunicación del contratistaContratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la prestación Prestación de los servicios servicio se ha ejecutado técnicamente conforme al contrato a Contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente; dicha . Dicha fecha se le notificará al contratista Contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a Metro de MadridMetro, se hubiere demorado en más de veinte (20) días días, a partir de la fecha fijada fijada, la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la prestación Prestación de los servicios Servicio es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, Metro de Madrid METRO no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción provisional de las mismas, el contratista Contratista podrá requerir a Metro de MadridMETRO, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepciónrecepción provisional, con expresa reclamación, reclamación si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción provisional no le sea imputable a Metro de MadridMETRO, ésta éste no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al contratista. Con posterioridad a la recepción o conformidad de los trabajos efectuada, y siempre en los términos previstos en la documentación contractual aplicable al contrato, el Contratista deberá entregar a Metro de Madrid el documento “Finiquito” firmado incluido como anexo VII del PCP. En dicho documento el contratista declarará, expresamente, que con el pago de la factura de liquidación quedarán saldados y finiquitados todos los trabajos realizados, que no tendrá más que reclamar a Metro de Madrid en relación con el contrato, sin perjuicio de las retenciones realizadas en sus facturas y la eventual devolución de la garantía definitiva, así como que no tiene pendiente de abono cantidad alguna a sus empleados y/o empresas subcontratistas. Adicionalmente a lo indicado en el párrafo anterior, el contratista entregará a Metro de Madrid un certificado final de subcontratación en el que se recogerá todas las condiciones asociadas a la subcontratación de conformidad con lo establecido en la condición 11.20 de este PCPContratista.

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Samples: Contratación De Servicios De Aseguramiento, Service Agreement

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Metro de Madrid la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte Metro de Madrid de un acto formal y positivo de recepción o conformidad, dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación. La recepción de los servicios, cuando así lo requiera el objeto del contrato, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el contratista comunicará al director de los trabajos, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la prestación de los servicios. El director de los trabajos, a la vista de la comunicación del contratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la prestación de los servicios se ha ejecutado técnicamente conforme al contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente; dicha fecha se le notificará al contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a Metro de Madrid, se hubiere demorado en más de veinte (20) días a partir de la fecha fijada la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la prestación de los servicios es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, Metro de Madrid no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción de las mismas, el contratista podrá requerir a Metro de Madrid, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepción, con expresa reclamación, si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción no le sea imputable a Metro de Madrid, ésta no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al contratista. Con posterioridad a la recepción o conformidad de los trabajos efectuada, y siempre en los términos previstos en la documentación contractual aplicable al contrato, el Contratista deberá entregar a Metro de Madrid el documento “Finiquito” firmado incluido como anexo VII V del PCP. En dicho documento el contratista declarará, expresamente, que con el pago de la factura de liquidación quedarán saldados y finiquitados todos los trabajos realizados, que no tendrá más que reclamar a Metro de Madrid en relación con el contrato, sin perjuicio de las retenciones realizadas en sus facturas y la eventual devolución de la garantía definitiva, así como que no tiene pendiente de abono cantidad alguna a sus empleados y/o empresas subcontratistas. Adicionalmente a lo indicado en el párrafo anterior, el contratista entregará a Metro de Madrid un certificado final de subcontratación en el que se recogerá todas las condiciones asociadas a la subcontratación de conformidad con lo establecido en la condición 11.20 de este PCP.

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Samples: Servicio De Traducción

Recepción del objeto del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de Metro de Madrid METRO la totalidad del objeto. Su constatación exigirá por parte Metro de Madrid METRO S.A. de un acto formal y positivo de recepción o conformidad, conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación. : La recepción de los serviciosla Prestación de Servicios, cuando que así lo requiera el objeto del contratorequiera, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación. A tal efecto, el contratista Contratista comunicará al director Director de los trabajosServicio, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la prestación Prestación de los serviciosServicio. El director Director de los trabajosServicio, a la vista de la comunicación del contratistaContratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la prestación Prestación de los servicios servicio se ha ejecutado técnicamente conforme al contrato a Contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente; dicha . Dicha fecha se le notificará al contratista Contratista con una antelación mínima de quince (15) días. Si, por causa imputable a Metro de MadridMetro, se hubiere demorado en más de veinte (20) días días, a partir de la fecha fijada fijada, la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la prestación Prestación de los servicios Servicio es de conformidad o, practicadas dichas pruebas y operaciones, Metro de Madrid METRO no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción de las mismas, el contratista Contratista podrá requerir a Metro de MadridMETRO, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepciónrecepción l, con expresa reclamación, reclamación si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento. Cuando la demora en la recepción no le sea imputable a Metro de MadridMETRO, ésta éste no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al contratista. Con posterioridad a la recepción o conformidad de los trabajos efectuada, y siempre en los términos previstos en la documentación contractual aplicable al contrato, el Contratista deberá entregar a Metro de Madrid el documento “Finiquito” firmado incluido como anexo VII del PCP. En dicho documento el contratista declarará, expresamente, que con el pago de la factura de liquidación quedarán saldados y finiquitados todos los trabajos realizados, que no tendrá más que reclamar a Metro de Madrid en relación con el contrato, sin perjuicio de las retenciones realizadas en sus facturas y la eventual devolución de la garantía definitiva, así como que no tiene pendiente de abono cantidad alguna a sus empleados y/o empresas subcontratistas. Adicionalmente a lo indicado en el párrafo anterior, el contratista entregará a Metro de Madrid un certificado final de subcontratación en el que se recogerá todas las condiciones asociadas a la subcontratación de conformidad con lo establecido en la condición 11.20 de este PCPContratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares