REINTEGROS. El supervisor podrá solicitar al CONTRATISTA que realice reintegros de dinero a terceros, en los casos de no requerir directamente la contratación de las actividades por parte del CONTRATISTA, sino que el tercero cubre con su propio peculio los gastos por alimentación y/o transporte y/o alojamiento, previamente avalados por el área solicitante, teniendo en cuenta lo siguiente: autorizado por concepto de hospedaje y/o alimentación al asistente determinado en la planilla. Como prueba del reintegro del recurso la persona que recibe deberá firmar la correspondiente planilla. Únicamente en los casos que la persona manifieste no saber firmar será aceptada la prueba del reintegro mediante la imposición de la huella en la planilla. Es de aclarar que solo se reconocerán al CONTRATISTA los recursos efectivamente entregados al asistente autorizado con la validación de la respectiva firma o huella. Los reintegros en dinero por concepto de Alojamiento y/o alimentación debe ser tratado como una excepción, no obstante, cuando sea requerido conforme a las particularidades de algún asistente o situaciones excepcionales de los eventos y/o actividades podrá ser autorizado por el supervisor. Para ello se deberá adjuntar a la solicitud la justificación por parte del solicitante del evento detallando las situaciones que hacen necesario el reintegro para la finalidad del evento y/o actividad o para tener en cuenta las particularidades de algún asistente. En este caso las cotizaciones presentadas por el contratista servirán para determinar el valor xxx xxxxxxx a aprobar por parte del supervisor como reintegro. En caso de realizarse el reintegro por medio de giro, el CONTRATISTA deberá presentar el debido soporte de la transacción. Los costos administrativos y financieros que llegarán a ocasionarse por concepto de reintegros, no podrán superar el porcentaje (%) máximo que determine el Consorcio FCP en el estudio xx xxxxxxx, establecido como un porcentaje (%) techo a pagar por gastos administrativos y financieros asociados a los reintegros.
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Samples: Technical Annex
REINTEGROS. El supervisor podrá solicitar EL PRESTADOR procederá al CONTRATISTA que realice reintegros reintegro de dinero los gastos efectuados en los siguientes casos y situaciones, siempre dentro de los topes establecidos para cada tipo de gasto y de cumplimiento de las presentes Condiciones Generales en su totalidad.
a) Para la procedencia de reintegro de gastos médicos el beneficiario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en estas Condiciones Generales. Estos gastos médicos serán reintegrables de acuerdo a terceroslos aranceles y tarifas vigentes para EL PRESTADOR, hasta el tope establecido en el Artículo 9 de las presentes Condiciones Generales. Esta cláusula también tiene aplicación para el servicio de urgencia por odontología.
b) Todos los casos de no requerir directamente reintegro arriba previstos deberán suministrar toda la contratación documentación original necesaria que acredite, al exclusivo criterio de EL PRESTADOR, la recepción del servicio y las procedencia de los gastos incurridos, incluyendo historia clínica, formulario de ingreso emitidos por el establecimiento asistencial, diagnóstico, detalle de las actividades por parte prestaciones, facturas y recibos originales correspondientes. Para todos los casos de reintegro, se deberá proveer nota del CONTRATISTAsolicitante detallando los hechos, sino importes y conceptos de gastos incurridos.
c) Únicamente serán consideradas las solicitudes de reintegro que se presenten dentro de los noventa (90) días de la fecha de ocurrencia de los hechos, no pudiendo ese plazo superar los treinta (30) días del regreso al país, y habiendo cumplido con las condiciones indicadas previamente en el tercero cubre presente condicionado. Pasados dichos plazos, el que se cumpla primero, cesará todo derecho del beneficiario para efectuar reclamo alguno.
d) Los reintegros se efectuarán en la República Oriental del Uruguay, en moneda de curso legal, según la cotización de la divisa correspondiente al día anterior de la fecha de emisión del cheque de pago con su propio peculio los gastos por alimentación y/sujeción a las disposiciones cambiarias vigentes.
e) La aceptación de la solicitud de reintegro del beneficiario en oficinas del Prestador no implica de hecho, que éste aceptará la misma, o transporte y/o alojamientorealizará reembolso alguno. La solicitud y comprobantes presentados, previamente avalados serán analizados por el área solicitantePrestador, teniendo y el resultado será comunicado directamente al beneficiario en cuenta lo siguiente: autorizado por concepto un plazo máximo de hospedaje y/o alimentación al asistente determinado en la planilla. Como prueba del reintegro del recurso la persona que recibe deberá firmar la correspondiente planilla. Únicamente en los casos que la persona manifieste no saber firmar será aceptada la prueba del reintegro mediante la imposición de la huella en la planilla. Es de aclarar que solo se reconocerán al CONTRATISTA los recursos efectivamente entregados al asistente autorizado con la validación de la respectiva firma o huella. Los reintegros en dinero por concepto de Alojamiento y/o alimentación debe ser tratado como una excepción, no obstante, cuando sea requerido conforme a las particularidades de algún asistente o situaciones excepcionales de los eventos y/o actividades podrá ser autorizado por el supervisor. Para ello se deberá adjuntar a la solicitud la justificación por parte del solicitante del evento detallando las situaciones que hacen necesario el reintegro para la finalidad del evento y/o actividad o para tener en cuenta las particularidades de algún asistente. En este caso las cotizaciones presentadas por el contratista servirán para determinar el valor xxx xxxxxxx a aprobar por parte del supervisor como reintegro. En caso de realizarse el reintegro por medio de giro, el CONTRATISTA deberá presentar el debido soporte de la transacción. Los costos administrativos y financieros que llegarán a ocasionarse por concepto de reintegros, no podrán superar el porcentaje (%) máximo que determine el Consorcio FCP en el estudio xx xxxxxxx, establecido como un porcentaje (%) techo a pagar por gastos administrativos y financieros asociados a los reintegros30 días.
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Samples: Travel Assistance Agreement
REINTEGROS. El supervisor podrá solicitar La prestadora procederá al CONTRATISTA que realice reintegros reintegro de dinero a terceros, los gastos efectuados en los siguientes casos y situaciones, dentro de no requerir directamente los límites establecidos y siempre que se cumplan en su totalidad las presentes condiciones generales.
a) Que exista autorización de la contratación Central Operativa para operar mediante reintegro.
b) El beneficiario deberá presentar facturas originales de las actividades por parte del CONTRATISTAprofesionales o centros médicos con clara indicación de diagnóstico, sino que el tercero cubre con su propio peculio los gastos por alimentación y/o transporte y/o alojamientohistoria clínica, previamente avalados formulario de ingreso en caso de internación emitido por el área solicitanteestablecimiento asistencial, teniendo detalle de prestaciones y facturas de farmacias con descripción de medicamentos adquiridos, que deberán ser coincidentes en cuenta lo siguiente: autorizado calidad y cantidad con los prescriptos (recetados) por concepto de hospedaje y/o alimentación al asistente determinado el profesional actuante en la planilla. Como prueba del reintegro del recurso la persona que recibe deberá firmar la correspondiente planilla. Únicamente en los casos que la persona manifieste no saber firmar será aceptada la prueba del reintegro mediante la imposición de la huella en la planilla. Es de aclarar que solo se reconocerán al CONTRATISTA los recursos efectivamente entregados al asistente autorizado con la validación de la respectiva firma o huella. Los reintegros en dinero por concepto de Alojamiento y/o alimentación debe ser tratado como una excepción, no obstante, cuando sea requerido conforme a las particularidades de algún asistente o situaciones excepcionales de los eventos y/o actividades podrá ser autorizado por el supervisor. Para ello se deberá adjuntar a la solicitud la justificación por parte del solicitante del evento detallando las situaciones que hacen necesario el reintegro para la finalidad del evento y/o actividad o para tener en cuenta las particularidades de algún asistente. En este caso las cotizaciones presentadas por el contratista servirán para determinar el valor xxx xxxxxxx a aprobar por parte del supervisor como reintegroocasión. En caso de realizarse accidente, deberá presentar la denuncia policial correspondiente.
c) En el supuesto que el beneficiario, por razones de fuerza mayor, no hubiera podido cumplimentar la solicitud de autorización previa para contratar servicios por su cuenta, y sin perjuicio del cumplimiento de la obligación indicada en la cláusula 6) a) deberá proporcionar a la prestadora todos los datos que le sean solicitados a los efectos de poder constatar el servicio obtenido, lo genuino de la emergencia que lo motivara y la imposibilidad de comunicación previa. Lo anteriormente expuesto es condición sine qua non para poder obtener una autorización o efectivización de reintegro de los gastos afrontados. Omitido por cualquier circunstancia el cumplimiento de este requisito, la prestadora quedará facultada para:
i) denegar el reintegro por medio conforme a la evaluación que resultare de giroauditar el gasto, o bien
ii) proceder al mismo con un límite monetario máximo equivalente al que la Prestadora hubiera asumido en caso de contratar directamente la prestación a través de su red.
d) Únicamente serán consideradas las solicitudes de reintegro que se presenten en las oficinas de la prestadora dentro de los 60 (sesenta) días corridos de la fecha de regreso a su país de residencia. Pasado dicho lapso, cesará todo derecho del beneficiario para efectuar reclamo alguno.
e) Para el CONTRATISTA reintegro de llamados telefónicos a la Central Operativa de la prestadorael beneficiario deberá presentar la factura original, en la cual debe constar el debido soporte número telefónico al que ha realizado el llamado. Serán reintegrados exclusivamente los importes de comunicaciones a la Central Operativa de la transacciónprestadora así como aquellos gastos adicionales que pudiera haber ocasionado alguna de las llamadas realizadas por la Central Operativa al teléfono de contacto del beneficiario.
f) Forma de pago: La Prestadora resarcirá al beneficiario en la moneda de curso legal del país en que se abone el reintegro, al tipo de cambio oficial vigente al día anterior al pago.
g) Sumas no amparadas: no corresponderá el reintegro de aquellos importes tenidos como percepción y/o retención de impuestos. Los costos administrativos y financieros que llegarán a ocasionarse por concepto Las solicitudes de reintegrosreintegros deberán presentarse en las oficinas de la prestadora, no podrán superar el porcentaje citas en Xxxxxxx 000 (%X0000XXX) máximo que determine el Consorcio FCP - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, o bien en el estudio xx xxxxxxxsus filiales o representantes locales, establecido como un porcentaje (%) techo a pagar por gastos administrativos y financieros asociados a los reintegros.cuyas direcciones postales puede consultar en xxx.xxxxxxxxx-xxxxxxxxxx.xxx
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Samples: Servicio De Asistencia Al Viajero
REINTEGROS. El supervisor podrá solicitar Locador procederá al CONTRATISTA reintegro de los gastos efectuados en los siguientes casos y situaciones, siempre dentro de los topes establecidos para cada tipo de gasto y del cumplimiento de las presentes Condiciones Generales en su totalidad. 19.a) Para la procedencia del reintegro de gastos médicos El Beneficiario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en estas Condiciones Generales. Estos gastos médicos serán reintegrables de acuerdo a los aranceles y tarifas vigentes para El Locador en el país en que realice reintegros se produzcan, hasta el tope establecido en la cláusula 8, inciso h) de dinero las presentes Condiciones Generales. 19.b) El reintegro por gastos de medicamentos recetados para la afección que diera lugar a tercerosla asistencia se efectuará ante la presentación de la receta y comprobantes originales de gastos en función de las dosis prescriptas y hasta el tope establecido en la cláusula 10) de las presentes Condiciones Generales. 19.c) Reintegro de gastos odontológicos: El Beneficiario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en estas Condiciones Generales. Estos gastos odontológicos serán reintegrables de acuerdo a aranceles y tarifas vigentes para El Locador en el país en que se produzcan, hasta el tope establecido en la cláusula 9 de las presentes Condiciones Generales. 19.d) Todos los casos de no requerir directamente reintegro arriba previstos deberán contar con la contratación autorización previa de la Central Operativa de El Locador. Para permitir la evaluación del mismo, El Beneficiario deberá suministrar toda la documentación original necesaria que acredite, al exclusivo criterio de El Locador, la recepción del servicio y la procedencia de los gastos incurridos, incluyendo historia clínica, formulario de ingreso emitidos por el establecimiento asistencial, diagnóstico, detalle de las actividades por parte del CONTRATISTAprestaciones, sino que el tercero cubre con su propio peculio los gastos por alimentación y/o transporte y/o alojamiento, previamente avalados por el área solicitante, teniendo en cuenta lo siguiente: autorizado por concepto de hospedaje y/o alimentación al asistente determinado en la planillafacturas y recibos originales correspondientes. Como prueba del reintegro del recurso la persona que recibe deberá firmar la correspondiente planilla. Únicamente en Para todos los casos que la persona manifieste no saber firmar será aceptada la prueba del reintegro mediante la imposición de la huella en la planilla. Es de aclarar que solo se reconocerán al CONTRATISTA los recursos efectivamente entregados al asistente autorizado con la validación de la respectiva firma o huella. Los reintegros en dinero por concepto de Alojamiento y/o alimentación debe ser tratado como una excepciónreintegro, no obstante, cuando sea requerido conforme a las particularidades de algún asistente o situaciones excepcionales de los eventos y/o actividades podrá ser autorizado por el supervisor. Para ello se deberá adjuntar a la solicitud la justificación por parte proveer nota del solicitante del evento detallando las situaciones que hacen necesario el reintegro para la finalidad del evento y/o actividad o para tener en cuenta las particularidades los hechos, importes y conceptos de algún asistente. En este caso las cotizaciones presentadas por el contratista servirán para determinar el valor xxx xxxxxxx a aprobar por parte del supervisor como reintegro. En caso de realizarse el reintegro por medio de giro, el CONTRATISTA deberá presentar el debido soporte de la transacción. Los costos administrativos y financieros que llegarán a ocasionarse por concepto de reintegros, no podrán superar el porcentaje (%) máximo que determine el Consorcio FCP en el estudio xx xxxxxxx, establecido como un porcentaje (%) techo a pagar por gastos administrativos y financieros asociados a los reintegrosincurridos.
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Samples: Contrato De Cobertura Médica
REINTEGROS. El supervisor podrá solicitar EL PRESTADOR procederá al CONTRATISTA que realice reintegros reintegro de dinero los gastos efectuados en los siguientes casos y situaciones, siempre dentro de los topes establecidos para cada tipo de gasto y de cumplimiento de las presentes Condiciones Generales en su totalidad.
a) Para la procedencia de reintegro de gastos médicos el beneficiario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en estas Condiciones Generales. Estos gastos médicos serán reintegrables de acuerdo a terceroslos aranceles y tarifas vigentes para EL PRESTADOR, hasta el tope establecido en el Artículo 9 de las presentes Condiciones Generales. Esta cláusula también tiene aplicación para el servicio de urgencia por odontología.
b) Todos los casos de no requerir directamente reintegro arriba previstos deberán suministrar toda la contratación documentación original necesaria que acredite, al exclusivo criterio de EL PRESTADOR, la recepción del servicio y las procedencia de los gastos incurridos, incluyendo historia clínica, formulario de ingreso emitidos por el establecimiento asistencial, diagnóstico, detalle de las actividades por parte prestaciones, facturas y recibos originales correspondientes. Para todos los casos de reintegro, se deberá proveer nota del CONTRATISTAsolicitante detallando los hechos, sino importes y conceptos de gastos incurridos.
c) Únicamente serán consideradas las solicitudes de reintegro que se presenten dentro de los noventa (90) días de la fecha de ocurrencia de los hechos, no pudiendo ese plazo superar los treinta (30) días del regreso al país, y habiendo cumplido con las condiciones indicadas previamente en el tercero cubre presente condicionado. Pasados dichos plazos, el que se cumpla primero, cesará todo derecho del beneficiario para efectuar reclamo alguno.
d) Los reintegros se efectuarán en la República Oriental del Uruguay, en moneda de curso legal, según la cotización de la divisa correspondiente al día anterior de la fecha de emisión del cheque de pago con su propio peculio los gastos por alimentación y/sujeción a las disposiciones cambiarias vigentes.
e) La aceptación de la solicitud de reintegro del beneficiario en oficinas del Prestador no implica de hecho, que éste aceptará la misma, o transporte y/o alojamientorealizará reembolso alguno. La solicitud y comprobantes presentados, previamente avalados serán analizados por el área solicitantePrestador, teniendo y el resultado será comunicado directamente al beneficiario en cuenta lo siguiente: autorizado por concepto un plazo máximo de hospedaje y/o alimentación al asistente determinado en la planilla. Como prueba del reintegro del recurso la persona que recibe deberá firmar la correspondiente planilla. Únicamente en los casos que la persona manifieste no saber firmar será aceptada la prueba del reintegro mediante la imposición de la huella en la planilla. Es de aclarar que solo se reconocerán al CONTRATISTA los recursos efectivamente entregados al asistente autorizado con la validación de la respectiva firma o huella. Los reintegros en dinero por concepto de Alojamiento y/o alimentación debe ser tratado como una excepción, no obstante, cuando sea requerido conforme a las particularidades de algún asistente o situaciones excepcionales de los eventos y/o actividades podrá ser autorizado por el supervisor. Para ello se deberá adjuntar a la solicitud la justificación por parte del solicitante del evento detallando las situaciones que hacen necesario el reintegro para la finalidad del evento y/o actividad o para tener en cuenta las particularidades de algún asistente. En este caso las cotizaciones presentadas por el contratista servirán para determinar el valor xxx xxxxxxx a aprobar por parte del supervisor como reintegro. En caso de realizarse el reintegro por medio de giro, el CONTRATISTA deberá presentar el debido soporte de la transacción. Los costos administrativos y financieros que llegarán a ocasionarse por concepto de reintegros, no podrán superar el porcentaje 30 (%treinta) máximo que determine el Consorcio FCP en el estudio xx xxxxxxx, establecido como un porcentaje (%) techo a pagar por gastos administrativos y financieros asociados a los reintegrosdías.
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Samples: Assistance Services Agreement
REINTEGROS. El supervisor Cualquier pago exigible en calidad de reembolsos, seguros, fianzas, garantías u otros conceptos similares a favor del Contratante deberá ser abonado al KfW, Frankfurt am Main (BIC: XXXXXXXX, XXX 000 000 00), xxxxxx no. 38 000 000 00 (IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00), para ser acreditado a favor del Contratante. Cuando tales pagos se efectúen en moneda nacional, los mismos se abonarán en una cuenta especial del Contratante en Perú, de la cual sólo podrá solicitar al CONTRATISTA que realice reintegros disponerse con la aprobación de dinero a tercerosla KfW. Las cantidades correspondientes podrán reutilizarse para la ejecución del Proyecto, de común acuerdo con el KfW. Hecho en @, en los casos @ originales el @ Por el Contratante : Por el Consultor: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Todas las controversias resultantes de no requerir directamente la contratación de o en relación con este Contrato deberían ser resueltas amigablemente entre las actividades por parte del CONTRATISTA, sino que el tercero cubre con su propio peculio los gastos por alimentación y/o transporte y/o alojamiento, previamente avalados por el área solicitante, teniendo en cuenta lo siguiente: autorizado por concepto de hospedaje y/o alimentación al asistente determinado en la planilla. Como prueba del reintegro del recurso la persona que recibe deberá firmar la correspondiente planilla. Únicamente en los casos que la persona manifieste no saber firmar será aceptada la prueba del reintegro mediante la imposición de la huella en la planilla. Es de aclarar que solo se reconocerán al CONTRATISTA los recursos efectivamente entregados al asistente autorizado con la validación de la respectiva firma o huella. Los reintegros en dinero por concepto de Alojamiento y/o alimentación debe ser tratado como una excepción, no obstante, cuando sea requerido conforme a las particularidades de algún asistente o situaciones excepcionales de los eventos y/o actividades podrá ser autorizado por el supervisor. Para ello se deberá adjuntar a la solicitud la justificación por parte del solicitante del evento detallando las situaciones que hacen necesario el reintegro para la finalidad del evento y/o actividad o para tener en cuenta las particularidades de algún asistente. En este caso las cotizaciones presentadas por el contratista servirán para determinar el valor xxx xxxxxxx a aprobar por parte del supervisor como reintegroPartes. En caso de realizarse el reintegro por medio que las Partes no llegasen a un acuerdo amigable, las controversias serán resueltas definitivamente en base al Reglamento de giro, el CONTRATISTA deberá presentar el debido soporte Conciliación y Arbitraje de la transacciónCámara Internacional de Comercio de París, por un comité de arbitraje compuesto por tres árbitros que serán nombrados de acuerdo con este Reglamento. Los costos administrativos El lugar del arbitraje será Lima. Sobre “A” Formulario A-1 Carta de presentación de la propuesta y financieros declaración jurada para postor o Consorcios. Formulario A-2 Identificación del Postor Formulario A-3 Experiencia general del postor Formulario A-4 Experiencia específica del postor Formulario A-5 Curriculum vitae, experiencia general y específica del Director del Proyecto. Formulario A-6 Curriculum vitae, experiencia general y específica del personal propuesto. Formulario A-7 Equipo mínimo comprometido para el servicio. Formulario A-8 Cronograma de ejecución del servicio. Formulario A-9 Resumen de información financiera. Formulario A-10 Declaración Jurada de no encontrarse impedido de suscribir contratos con el Estado Peruano. Formulario A-11 Promesa Formal de Consorcio. Formulario A-12 Declaración de compromiso contra actos corruptivos Sobre “B” Formulario B-0 Resumen General del Presupuesto del Servicio Formulario B-1 Análisis de precios unitarios Formulario B-2 Honorarios Mensuales del Personal Asignando Formulario B-3 Precio de Alquileres y Misceláneos. De mi consideración: En atención a la Convocatoria de referencia, a nombre de [Nombre de la Empresa, Asociación o entidad Postor] a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
a) A nombre de la (empresa) y conforme el Poder recibido, declaro y garantizo haber examinado el Documento Base de Contratación (y sus enmiendas, si existieran), así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones de dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
b) El Postor cumplirá estrictamente el presente Documento Base de Contratación.
c) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que llegarán a ocasionarse por concepto en caso de reintegrosser adjudicado, no podrán superar el porcentaje (%) máximo que determine el Consorcio FCP en el estudio xx xxxxxxxcualquier persona natural o jurídica, establecido como un porcentaje (%) techo a pagar por gastos administrativos y financieros asociados suministre a los reintegrosrepre- sentantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verifi- car la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, me doy por notificado que la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Oferta.
d) En caso de ser adjudicado, esta propuesta constituirá un compromiso obligatorio hasta que se prepare y firme el contrato de acuerdo con el modelo de contrato del Documento Base de Con- tratación.
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Samples: Licitación Pública Nacional