RENUNCIA O DESISTIMIENTO. El órgano de contratación podrá, por razones de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente notificación a las empresas licitadoras, renunciar a suscribir el Acuerdo marco antes de la adjudicación. También podrá desistir antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
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Samples: Acuerdo Marco, Acuerdo Marco, Acuerdo Marco Para La Contratación Centralizada Del Suministro, Instalación Y Puesta en Funcionamiento De Baterías De Condensadores
RENUNCIA O DESISTIMIENTO. El órgano Órgano de contratación podrá, por razones de interés público debidamente justificadas y y, con la correspondiente notificación a las empresas licitadoraslos licitadores, renunciar a suscribir el Acuerdo marco contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación misma cuando se aprecie una infracción no subsanable enmendable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
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Samples: Suministro, Suministro
RENUNCIA O DESISTIMIENTO. El órgano Órgano de contratación podrá, por razones de interés público debidamente justificadas y justificadas, y, con la correspondiente notificación a las empresas licitadoraslos licitadores, renunciar a suscribir el Acuerdo marco contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación misma cuando se aprecie una infracción no subsanable enmendable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
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Samples: Construction Contract
RENUNCIA O DESISTIMIENTO. El Corresponde al órgano de contratación podrácontratación, por razones de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente notificación a las empresas licitadorasjustificadas, renunciar a suscribir el Acuerdo marco celebrar un contrato antes de la adjudicaciónadjudicación del mismo. También De igual forma el órgano de contratación podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicaciónprocedimiento, de acuerdo conformidad con lo previsto establecido en el artículo 155 del TRLCSP.
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Samples: Contrato De Servicios
RENUNCIA O DESISTIMIENTO. El órgano de contratación podrá, por razones de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente notificación a las empresas licitadoras, podrá renunciar a suscribir subscribir el Acuerdo marco antes de la adjudicación, cuando concurran razones de interés público que deberán ser suficientemente justificadas y notificadas a las empresas licitadoras. También podrá desistir antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato acuerdo marco o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
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Samples: Acuerdo Marco