Common use of REQUISITOS GENERALES Clause in Contracts

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional de Identidad vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción. 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) y cincuenta (50) años de edad al momento de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Y Condiciones Para La Adquisición De Unidades Habitacionales

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoTener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley7/2007, natural o por opciónde 12 xx xxxxx, o extranjero del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. - Los extranjeros con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de Identidad vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la inscripción. 2.1.4 titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente. - Tener entre dieciocho (18) 16 años cumplidos y cincuenta (50) años no exceder el límite de edad al momento previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente. - Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento función a desarrollar. - No hallarse incurso/a en causa de tomar incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar desempeño de funciones públicas. - Estar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero posesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible titulación equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea o superior a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de exigida para la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condicionesplaza ofertada. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Reguladoras

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoTener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, natural o por opciónde 12 xx xxxxx, o extranjero del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. - Los extranjeros con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de Identidad vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la inscripción. 2.1.4 titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente. - Tener entre dieciocho (18) 16 años cumplidos y cincuenta (50) años no exceder el límite de edad al momento previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento función a desarrollar. - No hallarse incurso/a en causa de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en incompatibilidad con arreglo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietariolegislación vigente, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto cualquiera de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. - Estar en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el posesión de las presentes Bases titulaciones de: “Técnico de Actividades Turísticas” y Condiciones. En caso “Ciclo Formativo de estar tramitandoElectricidad”, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRArespectivamente.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Reguladoras

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de carácter general:  Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público (articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública, pudiendo acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación.  Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente.  Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.  No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los jóvenes desempleados contratados en prácticas, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas, deberán cumplir a fecha de inicio del contrato subvencionado los siguientes requisitos: 1. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 2. No haber trabajado en el día natural anterior al de la fecha de inicio del contrato. 3. No haber sido parte de un contrato indefinido dentro de los seis meses inmediatamente anteriores. 4. Ser argentinomayor de 16 años y menor de 30. 5. Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx. 6. Que estén en posesión del título requerido 7. Para los trabajadores con discapacidad, natural tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por opciónel organismo competente, o extranjero con residencia permanentepensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. 2.1.2 Contar 8. Que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el contrato se concierte con Documento Nacional un trabajador con discapacidad, desde la terminación de Identidad vigentelos estudios. Si el trabajador es menor de 30 años no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos 9. Estar en posesión del carnet de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción. 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) y cincuenta (50) años de edad al momento de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar conducir B No podrán participar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia presente convocatoria aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción Ayuntamiento beneficiario formalizada al amparo de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real programas de usufructo vitalicio subvenciones: Convocatoria 2015 de concesión de subvenciones a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 25 xx xxxxx de 2015, BOPA de 6 xx xxxxx). - Convocatoria 2016 de concesión de subvenciones a explotación comercialAyuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 20 de octubre de 6, y la renta que obtenga BOPA de dicha explotación constituya su principal fuente 31 de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infraccionesoctubre). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Para El Proceso De Selección De Personal

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoPodrá participar en el presente proceso de selección toda persona que cumpla con los siguientes requisitos: a. Estar en posesión de título profesional conforme al perfil del empleo descrito en las presentes bases concursales. b. No haber cesado en un empleo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, natural o por opciónmedida disciplinaria, o extranjero con residencia permanentepor haber incurrido en alguna de las causales previstas en el artículo 160 del Código del Trabajo, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. 2.1.2 Contar con Documento Nacional c. No estar inhabilitado para el ejercicio de Identidad vigentefunciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar d. No encontrarse inhabilitado para trabajar con ingresos formales o informales mensuales netos menores, en el registro que mantiene el Servicio de entre cuatro Registro Civil e Identificación, según la Ley 20.594. e. No encontrase sujeto a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades para el ingreso a la Administración Pública. (4) y ocho (8) SMVyM al momento Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la inscripciónAdministración del Estado DFL 1-19.653). 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) f. Haber cumplido con la ley de reclutamiento y cincuenta (50) años movilización, cuando fuere procedente. g. Poseer estado de edad salud compatible para el desempeño del cargo, para lo cual él o la postulante, una vez que ha sido seleccionado/a deberá acompañar un certificado que acredite su salud compatible con el cargo, previo al momento ingreso a la Corporación. El documento podrá ser emitido por cualquier prestador de salud, sea público o privado. h. En el caso de los Postulantes que son funcionarios de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento CAJBIOBIO, acreditar que no han sido sancionados a consecuencia de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietariouna Investigación Sumaria, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- registren anotaciones de bien inmueble alguno, con excepción incidentes negativos en su hoja de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables vida en los últimos veinticuatro (24) mesesdos periodos de evaluación interna. Sin perjuicio de las disposiciones anteriores, los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades contenidas en los artículos 54 y 56 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, DFL N°1-19.653, tales son: a. Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con la CAJ BIOBIO. 2.1.8 No tener deudas b. Tener litigios pendientes con la CAJ BIOBIO, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos adoptados o parientes hasta el Gobierno tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. c. Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contrato o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con la CAJ BIOBIO. d. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de jefe de Departamento inclusive o su equivalente. e. Encontrarse condenado por crimen o simple delito. f. Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios establecidos para el ejercicio de las labores del cargo que se intenta proveer, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente con un máximo de 12 horas semanales. En consideración a lo señalado, el cargo a proveer requiere dedicación exclusiva. g. Ejercer actividades particulares que se refieran a materias específicas o casos concretos que deban ser analizados, informados o resueltos por el cargo que se intenta proveer o por la Corporación. h. Representar a terceros en acciones civiles deducidas en contra de organismos de la Ciudad Autónoma Administración del Estado, salvo que se actúe en favor de Buenos Aires su cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive o que medie disposición especial xx xxx que regule dicha representación. i. Tener dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico (patentes e infraccionesCoordinador/a). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Selection Process for Public Competition

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoSon de carácter obligatorio: 1) Solicitud de Inscripción, natural o por opcióndebidamente llenada y firmada. (FORMULARIO 1) 2) Currículo Vitae resumido, o extranjero con residencia permanentedebidamente llenado y firmado.( FORMULARIO 2) 3) Declaración Jurada del postulante, debidamente firmada; declarando bajo juramento: (FORMULARIO 3) i. No tener Antecedentes Penales y Judiciales. 2.1.2 Contar ii. No tener grado de parentesco, con Documento Nacional ningún funcionario o directivo, asesor o servidor del Hospital San Xxxx - Callao, ni con ninguna persona que tenga potestad de Identidad vigentefacilitar o influenciar en la toma de decisión administrativa de contratación de personal, hasta el 4to grado de consanguinidad y 2do de afinidad y de conocer las bases del concurso. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar iii. No tener Sanción o Impedimento Administrativo o Judicial para Contratar con ingresos formales o informales mensuales netos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripciónel Estado. 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) y cincuenta (50) años de edad al momento de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el créditoiv. No Percibir Doble Ingreso del Estado. 2.1.5 Residir v. No estar Registrado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial. vi. Gozar de buena Salud. vii. No encontrarse sancionado por su Colegio Profesional (en caso corresponda)  La NO presentación de estos formularios descartará al postulante del proceso o Se considerará 05 puntos por cada semestre de experiencia, acreditada con certificados o constancias de trabajo.  En relación a la capacitación: o Deberá ser relacionada a la especialidad, sustentado con certificados y/o trabajar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constancias. o dentro del radio Deberán ser de los cien (100últimos 5 años o Por cada certificado de capacitación aceptado se considerará 05 puntos. 4) kilómetros Sustento documentado del CurrículoVitae: i. DNI vigente, copia simple. ii. Documentos que acrediten formación profesional o técnica requerida. iii. Documentos relacionados a la profesión requerida: Registro Profesional, Habilitación, Constancia de distanciaSERUMS, tomando como referencia el punto cero otros según pida la base. iv. Certificados, Diplomas o Constancias de la Ciudad Autónoma de Buenos Airescapacitación requerida. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- v. Constancias de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y Trabajo que acrediten la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresosexperiencia laboral referida. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Convocatoria Para La Contratación Administrativa De Servicios

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanentea) NACIONALIDAD: Mexicana. 2.1.2 Contar con Documento Nacional de Identidad vigenteb) EDAD: Mínima 18 años y máxima 50. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos c) SEXO: Indistinto sin exceder el 35% de personal femenino (NMX-R-025- SCFI-2009, Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre cuatro (4) Mujeres y ocho (8) SMVyM al momento Hombres), del total de la inscripciónplantilla. 2.1.4 Tener entre dieciocho d) CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR NACIONAL: Liberada (18) y cincuenta (50) años de edad al momento de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar No aplica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infraccionesMujeres). 2.1.9 No encontrarse inhibidoe) ESCOLARIDAD: Según las siguientes categorías: 1. Vigilante: Mínimo secundaria Terminada, comprobado con el Certificado correspondiente. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular 2. Encargado de otros programas Área, Auxiliar de solución habitacional permanenteSupervisor, Auxiliar Administrativo, Supervisor de turno y Coordinadores: Mínimo Bachillerato terminado, comprobado con el Certificado correspondiente. 2.1.11 No haber sido integrante f) ESTATURA MÍNIMA: 1.65 metros para personal masculino y de un grupo familiar beneficiario 1.60 metros para femenino. g) ESTADO FÍSICO: Xxxx y apto para desempeñar el servicio, comprobado con exámenes médicos expedidos por una institución de otros programas salud pública, sin rebasar el Índice de solución habitacional permanente Masa corporal del 29.9%. h) EXPERIENCIA: Xxxxx trabajado en empresas de seguridad privada por lo menos dos años y de preferencia con tareas específicas de protección a instalaciones portuarias acreditada con constancia de trabajo (código PBIP). i) NO CONTAR CON ANTECEDENTES PENALES: Comprobados con la carta de no antecedentes penales expedido por la Dirección General de Prevención y Reinserción Social del Estado xx Xxxxxx. En caso de no ser residente del estado xx xxxxxx durante los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, 2 meses a la fecha de apertura alta para la prestación del presente servicio, el interesado deberá de inscripción presentar la constancia de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente antecedentes NO PENALES del lugar de su última residencia, con fecha de expedición no mayor a un mes. j) Para el personal que se desempeñará como Auxiliar de las presentes Bases Supervisor, deberá contar con Licencia de conducir “Chofer Clase 1”, además deberá contar con 16 vigilantes/encargados de área con la licencia para motociclista, manteniéndola vigente durante el contrato. k) CAPACIDADES: Física y Condiciones. En caso Mental comprobada con evaluación psicológica, donde se refleje que cuenta con valores firmes, sean personas atentas, con capacidad de estar tramitandojuicio y toma de decisiones, hasta estables emocionalmente, no tengan adicciones ni sufran de depresión, a fin de determinar que es una persona confiable para desempeñar los puestos de Vigilancia en áreas sensibles. l) ESTUDIO SOCIOECONÓMICO: Que refleje estabilidad laboral, familiar y personal, así como la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados permanencia en otros trabajos y el motivo por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal cual los terminó. A fin de garantizar que no tiene problemas económicos y/o ambicione obtener recursos de manera rápida, para que no sea una persona sensible a caer en la consulta actos de información financiera por CUIL en el BCRAcorrupción.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentino Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 5/2015, natural o de 30 de octubre, por opciónel que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), o extranjero y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.  Los extranjeros con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de Identidad vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la inscripción. 2.1.4 titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.  Tener entre dieciocho (18) 16 años cumplidos y cincuenta (50) menos de 30 años a fecha de edad al momento inicio del contrato.  Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento función a desarrollar.  No hallarse incurso/ a en causa de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en incompatibilidad con arreglo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietariolegislación vigente, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto cualquiera de las presentes Bases y CondicionesAdministraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Reguladoras

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoa. Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 5/2015, natural o de 30 de octubre, por opciónel que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, o extranjero de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público( articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. b. Los extranjeros con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de Identidad condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos c. Tener 16 años cumplidos y menos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción. 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) y cincuenta (50) años de edad al momento de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez 30 años. 2.1.12 d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. e. No estar tramitando activamente, hallarse incurso/ a en causa de incompatibilidad con arreglo a la fecha legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el cualquiera de las presentes Bases y Condiciones. En caso Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de estar tramitando, hasta funciones públicas. f. Estar en posesión de la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad titulación equivalente o superior a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal la exigida en la consulta correspondiente convocatoria, para cada una de información financiera por CUIL en el BCRAlas plazas ofertadas.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Reguladoras Y Convocatoria Del Proceso De Selección

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentino1.- Todo equipo exigido por esta normativa según Anexo “A” de la presente Circular, natural o por opción, o extranjero con residencia permanentedeberá: a.- Funcionar adecuadamente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional b.- Ser inspeccionado y recibir el servicio de Identidad vigentemantención establecido por los manuales del fabricante. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos c.- Cuando no esté en uso, ser estibado en condiciones de entre cuatro (4) mínimo deterioro. d.- Ser de fácil accesibilidad. e.- Ser del tipo, capacidad y ocho (8) SMVyM al momento uso adecuado a las características de la inscripciónembarcación. 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) y cincuenta (50) años f.- Los manuales pueden ser reemplazados por dispositivos electrónicos que entreguen la información requerida. 2.- Inscripción de edad al momento embarcaciones: a.- Las embarcaciones deportivas mayores a 50 toneladas de registro grueso, se inscribirán en el registro xx xxxxx mayores, de la inscripción Dirección General del Territorio Marítimo y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el créditoXxxxxx Xxxxxxxx. 2.1.5 Residir y/b.- Las embarcaciones deportivas de 50 o trabajar menos toneladas de registro grueso, se inscribirán en la Ciudad Autónoma los registros de Buenos Aires o dentro del radio matrícula xx xxxxx menores, de los cien (100) kilómetros las Capitanías de distanciaPuerto. c.- El Director General, tomando como referencia el punto cero por resolución fundada, podrá eximir de la Ciudad Autónoma obligación de Buenos Airesinscribir a determinadas naves menores deportivas, atendida la actividad que realizan, su porte y diseño. 2.1.6 No ser propietariod.- Las embarcaciones costeras con el objeto de facilitar su operatividad, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casosse sub-clasificarán en: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (251) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirirCostera 60 MN: Autorizadas para navegar hasta las 60 MN xx xxxxx. Asimismo, desplazarse al archipiélago de Xxxx Xxxxxxxxx cuando naveguen en raid o regatas y dispongan de un dispositivo de salvamento de apoyo. 2) Costera 12 MN: Autorizadas para navegar hasta 12 MN xx xxxxx. 3.- Certificado de navegabilidad: a.- Las embarcaciones deportivas inscritas como de bahía, costeras y alta mar, requerirán de un Certificado de Navegabilidad, mediante el valor cual la Autoridad Marítima, previa inspección del estado de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta mantención y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA operatividad de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases embarcación y Condicionessus accesorios, establecerá que se encuentra “apta para navegar”. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables b.- Los Certificados de Navegabilidad tendrán una vigencia de 6 años, siendo responsabilidad del Capitán, Patrón o Armador, mantener operativos, la embarcación y los equipos asociados, como asimismo, reemplazar aquellos elementos que tengan una vida útil menor a la vigencia del certificado. c.- Independiente a lo indicado en los últimos veinticuatro (24) mesespárrafos anteriores, es responsa- bilidad del Capitán, Patrón o Armador, solicitar inspecciones de seguridad a su embarcación, cuando ésta haya sufrido transfor- maciones importantes o cambios de clasificación que ameriten un nuevo Certificado de Navegabilidad. 2.1.8 No tener deudas d.- El equipamiento de seguridad indicado en el Anexo “A”, debe estar disponible para ser inspeccionado, no siendo necesario mantener todos los elementos a bordo cuando se emprenda una navegación con el Gobierno características menores a la clasificación de la Ciudad Autónoma embarcación. Ejemplo, una embarcación de Buenos Aires (patentes e infracciones)alta mar puede estar equipada con los elementos de seguridad equivalente a una embarcación costera, si efectúa una navegación de esas características. 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente e.- En las embarcaciones costeras, se deberá registrar en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamenterespectivos certificados de matrícula y de navegabilidad, si corresponde a la fecha sub- clasificación de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa costera 60 MN o beneficio coincidente con 12 MN, según el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad equipamiento disponible a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRAbordo.

Appears in 1 contract

Samples: Circular Approval

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoTener la nacionalidad española o ser nacional de otros estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, natural o por opciónde 12 xx xxxxx, o extranjero del Estatuto Básico del Empleado Público (art. 57) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. - Los extranjeros con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de Identidad vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la inscripción. 2.1.4 titulación correspondiente previamente Homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente. - Tener entre dieciocho (18) 16 años cumplidos y cincuenta (50) años no exceder el límite de edad al momento previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento función a desarrollar. -No hallarse incurso/a en causa de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en incompatibilidad con arreglo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietariolegislación vigente, ni copropietario- tanto haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el titular como el cotitular- desempeño de bien inmueble alguno, con excepción funciones públicas. - Estar en posesión de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible titulación equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea o superior a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condicionesexigida en estas bases. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez años. 2.1.12 No estar tramitando activamente, a la fecha de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el de las presentes Bases y Condiciones. En caso de estar tramitando, hasta la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA.

Appears in 1 contract

Samples: Bases Reguladoras

REQUISITOS GENERALES. 2.1.1 Ser argentinoa. Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 5/2015, natural o de 30 de octubre, por opciónel que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, o extranjero de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público( artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública. b. Los extranjeros con residencia permanente. 2.1.2 Contar con Documento Nacional legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de Identidad condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente. 2.1.3 El grupo familiar deberá contar con ingresos formales o informales mensuales netos c. Tener 16 años cumplidos y menos de entre cuatro (4) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción. 2.1.4 Tener entre dieciocho (18) y cincuenta (50) años de edad al momento de la inscripción y hasta cincuenta y dos (52) años al momento de tomar el crédito. 2.1.5 Residir y/o trabajar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o dentro del radio de los cien (100) kilómetros de distancia, tomando como referencia el punto cero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.1.6 No ser propietario, ni copropietario- tanto el titular como el cotitular- de bien inmueble alguno, con excepción de los siguientes casos: 2.1.6.1 Cuando el PARTICIPANTE cuente con solo un inmueble sobre el cual se haya constituido derecho real de usufructo vitalicio a favor de 2.1.6.2 Cuando el inmueble sea destinado a explotación comercial, y la renta que obtenga de dicha explotación constituya su principal fuente de ingresos. 2.1.6.3 Cuando el PARTICIPANTE cuente con el dominio indivisible equivalente a menos del veinticinco (25) por ciento de un terreno cuyas medidas no superen los cuatrocientos (400) metros cuadrados. 2.1.6.4 Cuando la información provista por el Registro de la Propiedad Inmueble se encuentre desactualizada. 2.1.6.5 Cuando el PARTICIPANTE fuera SELECCIONADO y sea titular dominial de un inmueble que, revista la calidad de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y se realice la venta de dicho inmueble en forma simultánea a la firma del BOLETO DE COMPRAVENTA y del contrato de mutuo con cesión de boleto. El cien (100) por ciento del valor resultante de la venta deberá ser utilizado como parte de pago de la UNIDAD HABITACIONAL a adquirir. Asimismo, el valor de venta del inmueble a enajenar no puede superar el ochenta y cinco (85) por ciento del PRECIO DE VENTA de la UNIDAD HABITACIONAL objeto de las presentes Bases y Condiciones. 2.1.7 No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos veinticuatro (24) meses. 2.1.8 No tener deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (patentes e infracciones). 2.1.9 No encontrarse inhibido. 2.1.10 No haber sido titular ni cotitular de otros programas de solución habitacional permanente. 2.1.11 No haber sido integrante de un grupo familiar beneficiario de otros programas de solución habitacional permanente en los últimos diez 30 años. 2.1.12 d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. e. No estar tramitando activamente, hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la fecha legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de apertura de inscripción de esta operatoria otro Programa o beneficio coincidente con el cualquiera de las presentes Bases y Condiciones. En caso Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de estar tramitando, hasta funciones públicas. f. Estar en posesión de la fecha indicada, una solicitud para Barrio Olímpico, sólo se dará admisibilidad titulación equivalente o superior a aquellos PARTICIPANTES que hayan sido desestimados por el IVC: 2.1.13 Registrar Situación 1-Normal la exigida en la consulta correspondiente convocatoria, para cada una de información financiera por CUIL en el BCRAlas plazas ofertadas.

Appears in 1 contract

Samples: Criterios De Bases Reguladoras