RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL CONTRATISTA”, “EL MUNICIPIO” PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA DE SU PARTE, Y SIN NECESIDAD DE INTERVENCIÓN JUDICIAL, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE INDICA, EN LA CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA DE ESTE CONTRATO.--------------------------- CUALQUIER CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y DEMAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASI COMO EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES DE “EL CONTRATISTA” QUE SE ESTIPULAN EN EL SIGUIENTE CONTRATO, DARA LUGAR A LA RESCISION A QUE SE REFIERE EL PARRAFO PROCEDENTE, ADEMÁS “EL MUNICIPIO” APLICARA A “EL CONTRATISTA” LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO. A CONTINUACIÓN ADEMÁS DE LAS CAUSALES DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y DE LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE LA MATERIA, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE CONSIDERAN COMO CAUSALES DE RESCISION A FAVOR DE “EL MUNICIPIO”, LAS SIGUIENTES: --------------------- 1.- SI “EL CONTRATISTA” HA PROPORCIONADO DATOS FALSOS AL REGISTRARSE O AL FIRMAR EL CONTRATO, O BIEN, CUANDO SIENDO REALES ESTOS HAYAN VARIADO Y NO SE HUBIERE DADO AVISO DE ELLO A “EL MUNICIPIO”. 2.- SI “EL CONTRATISTA” OFRECE, CONCEDE U OTORGA SUMAS DE DINERO, CUALQUIERA QUE SEA EL IMPORTE O CUALQUIER OTRO BIEN, POR CONCEPTO DE PREMIO, COMPENSACIÓN O GRATIFICACIÓN QUE SE DE A CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS A “EL MUNICIPIO”, SIN DISTINCIÓN DE JERARQUIAS, CATEGORÍAS, O EMPLEO QUE DESEMPEÑEN.---------------------------------------------------------------------- 3.- EN RELACIÓN CON LO ANTERIOR, “EL MUNICIPIO” DETERMINARÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, CUANDO “EL CONTRATISTA” NO INICIE LOS TRABAJOS EN LA FECHA PACTADA, SUSPENDA INJUSTIFICADAMENTE LOS TRABAJOS O INCUMPLA CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN POR FALTA DE MATERIALES, TRABAJADORES O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y NO REPARE O REPONGA ALGUNA PARTE DE LA OBRA RECHAZADA, QUE NO CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN O NORMAS DE CALIDAD, SI NO CUBRE OPORTUNAMENTE LOS SALARIOS DE SUS TRABAJADORES Y DEMÁS PRESTACIONES DE CARÁCTER LABORAL (I.M.S.S. INFONAVIT, SAR, ETC.) Y SIN QUE ELLO, A JUICIO DE “EL MUNICIPIO” CREA O PUEDA CREAR DIFICULTADES DURANTE O DESPUÉS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EN PERJUICIO DE “EL MUNICIPIO”, SI SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DE LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO, SIN SUJETARSE A LO DISPUESTO A LA CLÁUSULA DECIMA QUINTA DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA CAUSA QUE IMPLIQUE CONTRAVENCIÓN A LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.-----------------------
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Samples: Contrato De Obra Pública, Contrato De Obra Pública, Contrato De Obra Pública
RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL CONTRATISTA”, “EL MUNICIPIO” PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA DE SU PARTE, Y SIN NECESIDAD DE INTERVENCIÓN JUDICIAL, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE INDICA, EN LA CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA DE ESTE CONTRATO.--------------------------- CUALQUIER CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y DEMAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASI COMO EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES DE “EL CONTRATISTA” QUE SE ESTIPULAN EN EL SIGUIENTE CONTRATO, DARA LUGAR A LA RESCISION A QUE SE REFIERE EL PARRAFO PROCEDENTE, ADEMÁS “EL MUNICIPIO” APLICARA A “EL CONTRATISTA” LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO. A CONTINUACIÓN ADEMÁS DE LAS CAUSALES DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y DE LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE LA MATERIA, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE CONSIDERAN COMO CAUSALES DE RESCISION A FAVOR DE “EL MUNICIPIO”, LAS SIGUIENTES: ---------------------
1.- SI “EL CONTRATISTA” HA PROPORCIONADO DATOS FALSOS AL REGISTRARSE O AL FIRMAR EL CONTRATO, O BIEN, CUANDO SIENDO REALES ESTOS HAYAN VARIADO Y NO SE HUBIERE DADO AVISO DE ELLO A “EL MUNICIPIO”.
2.- SI “EL CONTRATISTA” OFRECE, CONCEDE U OTORGA SUMAS DE DINERO, CUALQUIERA QUE SEA EL IMPORTE O CUALQUIER OTRO BIEN, POR CONCEPTO DE PREMIO, COMPENSACIÓN O GRATIFICACIÓN QUE SE DE A CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS A “EL MUNICIPIO”, SIN DISTINCIÓN DE JERARQUIAS, CATEGORÍAS, O EMPLEO QUE DESEMPEÑEN.----------------------------------------------------------------------DESEMPEÑEN.---------------------------------------------------------------------
3.- EN RELACIÓN CON LO ANTERIOR, “EL MUNICIPIO” DETERMINARÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, CUANDO “EL CONTRATISTA” NO INICIE LOS TRABAJOS EN LA FECHA PACTADA, SUSPENDA INJUSTIFICADAMENTE LOS TRABAJOS O INCUMPLA CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN POR FALTA DE MATERIALES, TRABAJADORES O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y NO REPARE O REPONGA ALGUNA PARTE DE LA OBRA RECHAZADA, QUE NO CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN O NORMAS DE CALIDAD, SI NO CUBRE OPORTUNAMENTE LOS SALARIOS DE SUS TRABAJADORES Y DEMÁS PRESTACIONES DE CARÁCTER LABORAL (I.M.S.S. INFONAVIT, SAR, ETC.) Y SIN QUE ELLO, A JUICIO DE “EL MUNICIPIO” CREA O PUEDA CREAR DIFICULTADES DURANTE O DESPUÉS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EN PERJUICIO DE “EL MUNICIPIO”, SI SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DE LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO, SIN SUJETARSE A LO DISPUESTO A LA CLÁUSULA DECIMA QUINTA DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA CAUSA QUE IMPLIQUE CONTRAVENCIÓN A LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.-----------------------
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Samples: Contrato De Obra Pública
RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. EL INSTITUTO PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE, EN CASO CUALQUIER MOMENTO, EL (LOS) CONTRATO(S) QUE, EN SU CASO, SEA(N) ADJUDICADO(S) CON MOTIVO DE LA PRESENTE LICITACIÓN, CUANDO EL PROVEEDOR INCURRA EN INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES A CARGO SU CARGO, DE “CONFORMIDAD CON EL CONTRATISTA”, “PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL MUNICIPIO” PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA ARTÍCULO 54 DE SU PARTE, Y SIN NECESIDAD DE INTERVENCIÓN JUDICIAL, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE INDICALA LEY, EN EL SUPUESTO DE QUE EL CONTRATO SE RESCINDA, NO PROCEDERÁ EL COBRO XX XXXXX CONVENCIONALES POR ATRASO, NI LA CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA CONTABILIZACIÓN DE ESTE CONTRATO.--------------------------- CUALQUIER CONTRAVENCIÓN LA MISMAS AL HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. EL INSTITUTO PODRÁ A LAS DISPOSICIONESSU JUICIO SUSPENDER EL TRÁMITE DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE CUANDO SE HUBIERA INICIADO UN PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN RESPECTO DEL CONTRATO MATERIA DE LA LEY RESCISIÓN. CONCLUIDO EL PROCEDIMIENTO DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMASRESCISIÓN CORRESPONDIENTE, EL INSTITUTO PROCEDERÁ CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 66-A DEL REGLAMENTO DE LA LEY LEY. “NOTA: CUANDO SE TRATE DE OBRAS PUBLICAS Y DEMAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIABIENES ENTREGADOS Y, ASI COMO EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA ÉSTOS NO PUEDAN FUNCIONAR O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES DE “EL CONTRATISTA” QUE SE ESTIPULAN EN EL SIGUIENTE CONTRATO, DARA LUGAR A LA RESCISION A QUE SE REFIERE EL PARRAFO PROCEDENTE, ADEMÁS “EL MUNICIPIO” APLICARA A “EL CONTRATISTA” LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO. A CONTINUACIÓN ADEMÁS DE LAS CAUSALES DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y DE LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE LA MATERIA, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE CONSIDERAN COMO CAUSALES DE RESCISION A FAVOR DE “EL MUNICIPIO”, LAS SIGUIENTES: ---------------------
1.- SI “EL CONTRATISTA” HA PROPORCIONADO DATOS FALSOS AL REGISTRARSE O AL FIRMAR EL CONTRATO, O BIEN, CUANDO SIENDO REALES ESTOS HAYAN VARIADO Y NO SE HUBIERE DADO AVISO DE ELLO A “EL MUNICIPIO”.
2.- SI “EL CONTRATISTA” OFRECE, CONCEDE U OTORGA SUMAS DE DINERO, CUALQUIERA QUE SEA EL IMPORTE O CUALQUIER OTRO BIENSER UTILIZADOS, POR CONCEPTO DE PREMIOESTAR INCOMPLETOS, COMPENSACIÓN O GRATIFICACIÓN QUE SE DE A CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS A “EL MUNICIPIO”, SIN DISTINCIÓN DE JERARQUIAS, CATEGORÍAS, O EMPLEO QUE DESEMPEÑEN.----------------------------------------------------------------------
3.- EN RELACIÓN CON LO ANTERIOR, “EL MUNICIPIO” DETERMINARÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, CUANDO “EL CONTRATISTA” NO INICIE LOS TRABAJOS EN LA FECHA PACTADA, SUSPENDA INJUSTIFICADAMENTE LOS TRABAJOS O INCUMPLA CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN POR FALTA DE MATERIALES, TRABAJADORES O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y NO REPARE O REPONGA ALGUNA PARTE APLICACIÓN DE LA OBRA RECHAZADAPENA CONVENCIONAL, QUE NO CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN O NORMAS DE CALIDAD, SI NO CUBRE OPORTUNAMENTE LOS SALARIOS DE SUS TRABAJADORES Y DEMÁS PRESTACIONES DE CARÁCTER LABORAL (I.M.S.S. INFONAVIT, SAR, ETC.) Y SIN QUE ELLO, A JUICIO DE “EL MUNICIPIO” CREA O PUEDA CREAR DIFICULTADES DURANTE O DESPUÉS CORRESPONDERÁ AL TOTAL DE LA EJECUCIÓN GARANTÍA DE LOS TRABAJOS EN PERJUICIO CUMPLIMIENTO Y SE PODRÁ INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE “EL MUNICIPIORESCISIÓN.”, SI SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DE LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO, SIN SUJETARSE A LO DISPUESTO A LA CLÁUSULA DECIMA QUINTA DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA CAUSA QUE IMPLIQUE CONTRAVENCIÓN A LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.-----------------------
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Samples: Licitación Pública Internacional
RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. EN CASO “EL ORGANISMO“ PODRA RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO POR RAZONES DE INCUMPLIMIENTO INTERES GENERAL, PARTICULAR O POR CONTRAVENCION DE ALGUNA O ALGUNAS LOS TERMINOS DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS, EQUIPAMIENTOS, SUMINISTROS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, Y SU REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS, EQUIPAMIENTOS, SUMINISTROS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, LAS REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACION Y EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS Y DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES.
I.- CUANDO SE DETERMINE LA RESCISION DEL CONTRATO POR CAUSAS NO IMPUTABLES A CARGO DE “EL CONTRATISTA”, “EL MUNICIPIOCONTRATISTA” PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA DE SU PARTE, Y SIN NECESIDAD DE INTERVENCIÓN JUDICIAL, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE INDICA, EN LA CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA DE ESTE CONTRATO.--------------------------- CUALQUIER CONTRAVENCIÓN PAGARA A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y DEMAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASI COMO EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES SOLICITUD DE “EL CONTRATISTA”, LOS TRABAJOS EJECUTADOS, ASI COMO LOS GASTOS NO RECUPERABLES. “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 30 DIAS NATURALES SIGUIENTES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACION DE “EL ORGANISMO”, SOBRE LA RESCISION, DEBERA PRESENTAR ESTUDIO QUE SE ESTIPULAN EN EL SIGUIENTE CONTRATO, DARA LUGAR JUSTIFIQUE SU SOLICITUD; DENTRO DE LOS TREINTA DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA RESCISION FECHA DE RESCISION. DENTRO DE IGUAL PLAZO LAS PARTES ELABORARAN EL FINIQUITO; EN DICHO FINIQUITO DEBERA PREVEERSE EL SOBRECOSTO DE LOS TRABAJOS AUN NO EJECUTADOS, ASI COMO LO RELATIVO A QUE LA RECUPERACION DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS QUE, EN SU CASO, SE REFIERE EL PARRAFO PROCEDENTE, ADEMÁS LE HAYAN ENTREGADO A “EL MUNICIPIO” APLICARA CONTRATISTA”.
II.- EN CASO DE RESCISION DE CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL CONTRATISTA” , “EL ORGANISMO” PROCEDERA A HACER EFECTIVAS LAS PENAS CONVENCIONALESGARANTIAS Y SE ABSTENDRA DE CUBRIR LOS IMPORTES RESULTANTES DE TRABAJOS EJECUTADOS AUN NO LIQUIDADOS, CONFORME HASTA QUE SE OTORGE EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, LO QUE DEBERA EFECTUARSE DENTRO DE LOS CUARENTA DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE RESCISION. EN DICHO FINIQUITO DEBERA PREVEERSE EL SOBRECOSTO DE LOS TRABAJOS AUN NO EJECUTADOS, ASI COMO LO ESTABLECIDO RELATIVO A LA RECUPERACION DE LOS MATERIALES QUE EN ESTE CONTRATOSU CASO, SE LE HAYAN ENTREGADO A “EL CONTRATISTA”. A CONTINUACIÓN ADEMÁS LO ANTERIOR ES SIN PERJUICIO DE LAS CAUSALES DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y DE RESPONSABILIDADES QUE PUDIERAN EXISTIR. LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE CAUSAS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA MATERIA, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE CONSIDERAN COMO CAUSALES DE RESCISION A FAVOR POR PARTE DE “EL MUNICIPIO”, LAS SIGUIENTES: ---------------------ORGANISMO” SON:
1.- SI “EL CONTRATISTA” HA PROPORCIONADO DATOS FALSOS AL REGISTRARSE O AL FIRMAR EL NO INICIARA LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, O BIEN, CUANDO SIENDO REALES ESTOS HAYAN VARIADO Y NO SE HUBIERE DADO AVISO DE ELLO A EN LA FECHA EN QUE POR ESCRITO LE SEÑALE “EL MUNICIPIOORGANISMO”.
2.- SI “EL CONTRATISTA” OFRECE, CONCEDE U OTORGA SUMAS DE DINERO, CUALQUIERA QUE SEA EL IMPORTE O CUALQUIER OTRO BIEN, POR CONCEPTO DE PREMIO, COMPENSACIÓN O GRATIFICACIÓN QUE SE DE A CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS A “EL MUNICIPIO”, SIN DISTINCIÓN DE JERARQUIAS, CATEGORÍAS, O EMPLEO QUE DESEMPEÑEN.----------------------------------------------------------------------
3.- EN RELACIÓN CON LO ANTERIOR, “EL MUNICIPIO” DETERMINARÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, CUANDO “EL CONTRATISTA” NO INICIE LOS TRABAJOS EN LA FECHA PACTADA, SUSPENDA SUSPENDE INJUSTIFICADAMENTE LOS TRABAJOS O INCUMPLA CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN POR FALTA DE MATERIALES, TRABAJADORES SE NIEGA A REPARAR O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y NO REPARE O REPONGA REPONER ALGUNA PARTE DE LA OBRA RECHAZADAELLOS, QUE HUBIERE SIDO RECHAZADA COMO DEFECTUOSA POR “EL ORGANISMO”.
3.- SI NO CUMPLA EJECUTA LOS TRABAJOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO O SIN MOTIVO JUSTIFICADO NO ACATA LAS ESPECIFICACIONES ORDENES DADAS POR “EL ORGANISMO”.
4.- SI NO DA CUMPLIMIENTO AL PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN O NORMAS EJECUCION DE CALIDAD, LOS TRABAJOS.
5.- SI NO CUBRE OPORTUNAMENTE LOS SALARIOS DE SUS TRABAJADORES Y DEMÁS DEMAS PRESTACIONES DE CARÁCTER LABORAL (I.M.S.S. INFONAVIT, SAR, ETC.) Y SIN QUE ELLO, A JUICIO LABORAL;
6.- SI ES DECLARADO EN QUIEBRA O SUSPENSIÓN DE “EL MUNICIPIO” CREA O PUEDA CREAR DIFICULTADES DURANTE O DESPUÉS DE LA EJECUCIÓN PAGO;
7.- SI SUBCONTRATA PARTE DE LOS TRABAJOS EN PERJUICIO DE “EL MUNICIPIO”, SI SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DE LA OBRA OBJETO DE ESTE DEL CONTRATO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO, SIN SUJETARSE A LO DISPUESTO EN EL PRESENTE.
8.- SI CEDE LOS DERECHOS DE COBRO DERIVADO DEL CONTRATO SIN SUJETARSE A LO DISPUESTO EN ESTE CONTRATO. “EL CONTRATISTA” SOLO PODRA CEDER O COMPROMETER SUS DERECHOS DE COBRO SOBRE LAS ESTIMACIONES QUE POR TRABAJOS EJECUTADOS LE EXPIDA “EL ORGANISMO” O SOBRE LOS DOCUMENTOS QUE AMPARAN LA CLÁUSULA DECIMA QUINTA DEL PRESENTE CONTRATODEVOLUCION DE DEPOSITO DE GARANTIA CON APROBACION EXPRESA, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA CAUSA PREVIA Y POR ESCRITO DE “EL ORGANISMO”.
9.- SI “EL CONTRATISTA” NO DA A “EL ORGANISMO” Y A LAS DEPENDENCIAS QUE IMPLIQUE CONTRAVENCIÓN A TENGAN FACULTAD PARA INTERVENIR, LAS FACILIDADES Y DATOS NECESARIOS PARA LA INSPECCION, VIGILANCIA Y SUPERVISION DE LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.-----------------------MATERIALES Y TRABAJOS.
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Samples: Contract for Public Works
RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL CONTRATISTA”, “EL MUNICIPIO” PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA DE SU PARTE, Y SIN NECESIDAD DE INTERVENCIÓN JUDICIAL, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE INDICA, EN LA CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA DE ESTE CONTRATO.--------------------------- CUALQUIER CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, EL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y DEMAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASI COMO EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES DE “EL CONTRATISTA” QUE SE ESTIPULAN EN EL SIGUIENTE CONTRATO, DARA LUGAR A LA RESCISION A QUE SE REFIERE EL PARRAFO PROCEDENTE, ADEMÁS “EL MUNICIPIO” APLICARA A “EL CONTRATISTA” LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO. - A CONTINUACIÓN ADEMÁS DE LAS CAUSALES DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y DE LAS DISPOSICIONES LEGALES SOBRE LA MATERIA, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA SE CONSIDERAN COMO CAUSALES DE RESCISION A FAVOR DE “EL MUNICIPIO”, LAS SIGUIENTES: ---------------------
1.- SI “EL CONTRATISTA” HA PROPORCIONADO DATOS FALSOS AL REGISTRARSE O AL FIRMAR EL CONTRATO, O BIEN, CUANDO SIENDO REALES ESTOS HAYAN VARIADO Y NO SE HUBIERE DADO AVISO DE ELLO A “EL MUNICIPIO”.
2.- SI “EL CONTRATISTA” OFRECE, CONCEDE U OTORGA SUMAS DE DINERO, CUALQUIERA QUE SEA EL IMPORTE O CUALQUIER OTRO BIEN, POR CONCEPTO DE PREMIO, COMPENSACIÓN O GRATIFICACIÓN QUE SE DE A CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS A “EL MUNICIPIO”, SIN DISTINCIÓN DE JERARQUIAS, CATEGORÍAS, O EMPLEO QUE DESEMPEÑEN.----------------------------------------------------------------------DESEMPEÑEN.---------------------------------------------------------------------
3.- EN RELACIÓN CON LO ANTERIOR, “EL MUNICIPIO” DETERMINARÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, CUANDO “EL CONTRATISTA” NO INICIE LOS TRABAJOS EN LA FECHA PACTADA, SUSPENDA INJUSTIFICADAMENTE LOS TRABAJOS O INCUMPLA CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN POR FALTA DE MATERIALES, TRABAJADORES O EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y NO REPARE O REPONGA ALGUNA PARTE DE LA OBRA RECHAZADA, QUE NO CUMPLA CON LAS ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN O NORMAS DE CALIDAD, SI NO CUBRE OPORTUNAMENTE LOS SALARIOS DE SUS TRABAJADORES Y DEMÁS PRESTACIONES DE CARÁCTER LABORAL (I.M.S.S. INFONAVIT, SAR, ETC.) Y SIN QUE ELLO, A JUICIO DE “EL MUNICIPIO” CREA O PUEDA CREAR DIFICULTADES DURANTE O DESPUÉS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EN PERJUICIO DE “EL MUNICIPIO”, SI SUBCONTRATA O CEDE LA TOTALIDAD O PARTE DE LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO O LOS DERECHOS DERIVADOS DEL MISMO, SIN SUJETARSE A LO DISPUESTO A LA CLÁUSULA DECIMA QUINTA DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA CAUSA QUE IMPLIQUE CONTRAVENCIÓN A LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.-----------------------
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Samples: Contrato De Obra Pública