Common use of RESCISIÓN ADMINISTRATIVA Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Clause in Contracts

RESCISIÓN ADMINISTRATIVA Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. “EL ORGANISMO” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PROVEEDOR” Y PODRÁ DAR POR TERMINADOS ANTICIPADAMENTE LOS MISMOS, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A “EL ORGANISMO”; DE ACUERDO AL ARTÍCULO 60 PÁRRAFO I; A).-CUANDO “EL PROVEEDOR” TRANSMITA TOTAL O PARCIALMENTE POR CUALQUIER TÍTULO, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, PREVIO CONSENTIMIENTO DE “EL ORGANISMO”. B).-Y CUANDO LA AUTORIDAD COMPETENTE DECLARE EL ESTADO DE QUIEBRA, LA SUSPENSIÓN DE PAGOS O ALGUNA SITUACIÓN DISTINTA QUE SEA ANÁLOGA O EQUIVALENTE Y QUE AFECTE EL PATRIMONIO DE “EL ORGANISMO”.

Appears in 4 contracts

Samples: Contrato De Suministro De Gases Medicinales, Contrato Para La Prestación De Servicios De Anestesiología Y Suministro De Medicamentos, Contrato De Suministro De Gas Licuado De Petróleo

RESCISIÓN ADMINISTRATIVA Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. “EL ORGANISMO” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PROVEEDOR” Y PODRÁ DAR POR TERMINADOS ANTICIPADAMENTE LOS MISMOS, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A “EL ORGANISMO”; DE ACUERDO AL ARTÍCULO 60 PÁRRAFO I; A).-CUANDO CUANDO “EL PROVEEDOR” TRANSMITA TOTAL O PARCIALMENTE POR CUALQUIER TÍTULO, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, PREVIO CONSENTIMIENTO DE “EL ORGANISMO”. B).-Y ” Y CUANDO LA AUTORIDAD COMPETENTE DECLARE EL ESTADO DE QUIEBRA, LA SUSPENSIÓN DE PAGOS O ALGUNA SITUACIÓN DISTINTA QUE SEA ANÁLOGA O EQUIVALENTE Y QUE AFECTE EL PATRIMONIO DE “EL ORGANISMO”. ASÍ TAMBIÉN SE PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO POR FALTA DE LA ENTREGA PUNTUAL DE LOS SERVICIOS POR “EL PROVEEDOR” A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL ORGANISMO”, DE IGUAL MANERA “EL ORGANISMO” PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE QUE LOS SERVICIOS PRESTADOS IMPOSIBILITARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL HOSPITAL O QUE NO COINCIDIERAN LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS ENTREGADOS POR “EL PROVEEDOR” A LOS SOLICITADOS POR EL “EL ORGANISMO”. EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN SE LLEVARÁ A CABO SEGÚN LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 59 DE “LA LEY”, CONFORME A LO SIGUIENTE: I. SE INICIARÁ A PARTIR DE QUE A “EL PROVEEDOR” LE SEA COMUNICADO POR ESCRITO EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES; II. TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR, SE RESOLVERÁ CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER, Y III. LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO DEBERÁ SER DEBIDAMENTE FUNDADA, MOTIVADA Y COMUNICADA A “EL PROVEEDOR” DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LO SEÑALADO EN NUMERAL I DE ESTA CLÁUSULA. CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO SE FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR “EL ORGANISMO” POR CONCEPTO DE LOS SERVICIOS RECIBIDOS HASTA EL MOMENTO DE RESCISIÓN, ASÍ COMO TODO LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 59 DE “LA LEY”.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro Y Comodato

RESCISIÓN ADMINISTRATIVA Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. “EL ORGANISMO” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PROVEEDOR” Y PODRÁ DAR POR TERMINADOS ANTICIPADAMENTE LOS MISMOS, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS SERVICIOS CONTRATADOS BIENES ADQUIRIDOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A “EL ORGANISMO”; DE ACUERDO AL ARTÍCULO 60 PÁRRAFO I; A).-CUANDO “EL PROVEEDOR” TRANSMITA TOTAL O PARCIALMENTE POR CUALQUIER TÍTULO, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, PREVIO CONSENTIMIENTO DE “EL ORGANISMO”. B).-Y CUANDO LA AUTORIDAD COMPETENTE DECLARE EL ESTADO DE QUIEBRA, LA SUSPENSIÓN DE PAGOS O ALGUNA SITUACIÓN DISTINTA QUE SEA ANÁLOGA O EQUIVALENTE Y QUE AFECTE EL PATRIMONIO DE “EL ORGANISMO”.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Abierto Para La Adquisición De Productos Alimenticios Y Perecederos