RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. DICONSA podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO derivados de la presente LICITACIÓN, en cualquier momento cuando el LICITANTE incurra en incumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el artículo 54 de la LEY o en alguno de los siguientes casos: Por el incumplimiento del PROVEEDOR en la entrega de la garantía de cumplimiento en el plazo establecido en el artículo 48 último párrafo de la LEY, y los daños y perjuicios que pudiera sufrir DICONSA por incumplimiento del CONTRATO, serán a su cargo. Por autoridad competente, sea declarado en concurso mercantil o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte su patrimonio. Por el incumplimiento del PROVEEDOR en la prestación del SERVICIO en el plazo establecido en la presente CONVOCATORIA y el CONTRATO respectivo. Si el PROVEEDOR otorga el SERVICIO objeto de la presente LICITACIÓN con características y especificaciones distintas a las ofertadas y convenidas en el CONTRATO. Reciba penas convencionales o deducciones por un monto equivalente al diez (diez por ciento) del importe total del CONTRATO antes de IVA. Si el PROVEEDOR cede total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiera el CONTRATO, con excepción de los derechos de cobro, por tal motivo, DICONSA quedará en libertad de contratar el SERVICIO con otra empresa y el costo que esto origine le será descontado del pago correspondiente. Asimismo, de conformidad con el artículo 54 Bis de la LEY, DICONSA podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondiente, sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, por razones de interés general o cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el SERVICIO originalmente contratado y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a DICONSA, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al CONTRATO con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la SECRETARÍA. Lo anterior, sin responsabilidad de DICONSA. De darse este supuesto, DICONSA reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con la contratación del SERVICIO pactado en el CONTRATO. El reembolso de los gastos no recuperables que en su caso haya incurrido el PROVEEDOR se efectuará en un término que no exceda de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de que DICONSA haya revisado y aceptado la procedencia de la documentación que le presente el PROVEEDOR y en la que se acrediten los gastos no recuperables. Asimismo, se aplicará lo establecido en el artículo 102, fracción I del REGLAMENTO, de igual forma, se incluirán las cláusulas estipuladas en el modelo de Contrato que se adjunta como ANEXO 7.
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RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. DICONSA podrá iniciar el procedimiento de rescisión Administrativamente por parte del CONTRATO derivados de la presente LICITACIÓNINAPESCA, y sin responsabilidad para éste, en cualquier momento cuando el LICITANTE incurra en incumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el artículo 54 de la LEY o en alguno de los siguientes casos: Por el incumplimiento del PROVEEDOR no otorgar la fianza prevista en la entrega de la garantía de cumplimiento en el plazo establecido en el artículo 48 último párrafo de la LEYclausula quinta del presente instrumento, y siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudiera sufrir DICONSA “el INAPESCA”, por incumplimiento la inejecución de los servicios pactados; Por no ejecutar los servicios de acuerdo con los datos y especificaciones convenidas y precisadas en el presente contrato; Por rebasar el monto limite de aplicación xx xxxxx convencionales Por suspender injustificadamente la ejecución del CONTRATOservicio y/o si no les da la debida atención por medio del personal competente; Por no realizar los trabajos objeto de este contrato, serán en forma eficiente y oportuna Por no otorgar a “el INAPESCA” o a la secretaria de la Función Pública o el Órgano interno de control, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión en la entrega de los servicios Por ceder, traspasar o subcontratar la totalidad o parte de los servicios contratados, sin consentimiento por escrito de “INAPESCA”; Si es declarado en estado de quiebra o suspensión de pagos por autoridades competentes; Cuando se compruebe que hubiera proporcionado información falsa, o haya actuado con dolo o mala fe, en alguna fase del proceso de adjudicación del contrato, en su celebración, durante su vigencia; Cuando no cumpla con el pago de las penas convencionales a las que se haga acreedor, durante la vigencia del presente contrato; Si incumple cualquiera de las obligaciones pactadas a su cargo. Por autoridad competenteEn general, sea declarado por incumplir cual quiera de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, de sus anexos o del procedimiento de adjudicación correspondiente. Para estos casos serán aplicables las sanciones mencionadas en concurso mercantil o alguna situación distintael punto 15.3 de esta convocatoria, que sea análoga o equivalente y que afecte su patrimonio. Por asimismo se implementará el incumplimiento del PROVEEDOR procedimiento previsto en la prestación fracción III y en su caso párrafos subsecuentes del SERVICIO Artículo 54, y demás disposiciones que se señalen en la LAASSP. En el caso de que el INAPESCA rescinda el contrato, podrá seguir uno o varios de los procedimientos que se mencionan a continuación: Se adjudicará el contrato al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la postura que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento de conformidad con lo dispuesto en el plazo establecido en la presente CONVOCATORIA y el CONTRATO respectivo. Si el PROVEEDOR otorga el SERVICIO objeto segundo párrafo del artículo 46 de la presente LICITACIÓN con características y especificaciones distintas LAASSP. Convocar a las ofertadas y convenidas una nueva invitación, o bien llevará a cabo el procedimiento de contratación de invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, según corresponda de acuerdo a los rangos autorizados por el Comité o los previstos en el CONTRATO. Reciba penas convencionales o deducciones por un monto equivalente al diez (diez por ciento) Presupuesto de Egresos de la Federación, y Notificar a la Secretaría de la Función Pública la rescisión del importe total del CONTRATO antes contrato para los efectos previstos en Titulo Sexto de IVA. Si el PROVEEDOR cede total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiera el CONTRATO, con excepción de los derechos de cobro, por tal motivo, DICONSA quedará en libertad de contratar el SERVICIO con otra empresa y el costo que esto origine le será descontado del pago correspondientela LAASSP. Asimismo, de conformidad con el artículo 54 Bis de la LEY, DICONSA podrá se podrán dar por terminado terminados anticipadamente el CONTRATO correspondiente, sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, por contrato cuando concurran razones de interés general general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el SERVICIO los bienes originalmente contratado contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a DICONSA, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al CONTRATO con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la SECRETARÍAINAPESCA. Lo anterior, sin responsabilidad de DICONSA. De darse este supuesto, DICONSA En estos supuestos el INAPESCA reembolsará al PROVEEDOR proveedor los gastos no recuperables en que haya hayan incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con la contratación el contrato correspondiente. (Último párrafo del SERVICIO pactado en el CONTRATO. El reembolso de los gastos no recuperables que en su caso haya incurrido el PROVEEDOR se efectuará en un término que no exceda de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de que DICONSA haya revisado y aceptado la procedencia artículo 54 de la documentación que le presente el PROVEEDOR y en la que se acrediten los gastos no recuperables. Asimismo, se aplicará lo establecido en el artículo 102, fracción I del REGLAMENTO, de igual forma, se incluirán las cláusulas estipuladas en el modelo de Contrato que se adjunta como ANEXO 7LAASSP).
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RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. DICONSA (o Pedido).- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 y 78 de las Normas, el Instituto podrá iniciar rescindir administrativamente el procedimiento de rescisión del CONTRATO derivados de la presente LICITACIÓNContrato o Pedido, en cualquier momento sin declaración judicial previa, cuando el LICITANTE Proveedor incurra en incumplimiento de sus obligaciones, de . De conformidad con el artículo 54 de la LEY o en alguno de los siguientes casos: Por el incumplimiento del PROVEEDOR en la entrega de la garantía de cumplimiento en el plazo lo establecido en el artículo 48 último párrafo 79 de la LEYlas Normas, y los daños y perjuicios que pudiera sufrir DICONSA por incumplimiento del CONTRATO, serán a su cargo. Por autoridad competente, sea declarado en concurso mercantil o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte su patrimonio. Por el incumplimiento del PROVEEDOR en la prestación del SERVICIO en el plazo establecido en la presente CONVOCATORIA y el CONTRATO respectivo. Si el PROVEEDOR otorga el SERVICIO objeto de la presente LICITACIÓN con características y especificaciones distintas a las ofertadas y convenidas en el CONTRATO. Reciba penas convencionales o deducciones por un monto equivalente al diez (diez por ciento) del importe total del CONTRATO antes de IVA. Si el PROVEEDOR cede total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiera el CONTRATO, con excepción de los derechos de cobro, por tal motivo, DICONSA quedará en libertad de contratar el SERVICIO con otra empresa y el costo que esto origine le será descontado del pago correspondiente. Asimismo, de conformidad con el artículo 54 Bis de la LEY, DICONSA Instituto podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondienteContrato o Pedido, sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, por cuando concurran razones de interés general general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente contratados, mediante aviso por escrito que el SERVICIO originalmente contratado y se demuestre Instituto haga al Proveedor con siete días naturales de anticipación a aquel en que de continuar con el cumplimiento surta efectos la terminación. El importe de las obligaciones pactadas penas convencionales a las que, en su caso, se ocasionaría algún daño o perjuicio a DICONSAhaya hecho acreedor el Proveedor, o se determine descontará administrativamente del pago. Si el Proveedor se retrasa en la nulidad entrega de los actos bienes o si no entrega oportuna y correctamente la documentación requerida para el pago, de modo que dieron origen imposibilite al CONTRATO Instituto realizarlo en el presente ejercicio fiscal, dicho pago estará supeditado al presupuesto que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados al Instituto para el siguiente ejercicio fiscal. El Instituto realizará el pago de los bienes objeto de esta Licitación, a través del Sistema de Pago Interbancario, depositándolo directamente a la cuenta bancaria del Proveedor. A efecto de estar en condiciones de realizar el pago a través de este sistema, es necesario que el Proveedor, a la firma del Contrato o Pedido, requisite el formato "Solicitud de pago a través del Sistema de Pago Interbancario", que le proporcionará el Instituto. En caso de que el Proveedor modifique su número de cuenta o la Institución Bancaria, dará aviso por escrito al Instituto, con motivo cinco días naturales de anticipación a la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la SECRETARÍA. Lo anterior, sin responsabilidad de DICONSA. De darse este supuesto, DICONSA reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables fecha en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con la contratación del SERVICIO pactado deba hacerse el depósito a su favor. Dicha modificación deberá ser notificada mediante escrito firmado en original por el CONTRATOProveedor. El reembolso de los gastos no recuperables que en su En caso haya incurrido el PROVEEDOR se efectuará en un término que no exceda de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de que DICONSA haya revisado y aceptado la procedencia el Proveedor proporcione incorrectamente el número de la documentación que le presente el PROVEEDOR y cuenta bancaria en la que se acrediten los gastos no recuperablespagos, las comisiones cobradas por el banco por estos movimientos bancarios, serán con cargo al Proveedor y se le descontarán del pago correspondiente. AsimismoEl trámite de pago lo deberá realizar el Proveedor en la Dirección de Adquisiciones, se aplicará lo establecido sita en el artículo 102domicilio señalado en la Base I, fracción I del REGLAMENTO, de igual forma, se incluirán las cláusulas estipuladas en el modelo de Contrato que se adjunta como ANEXO 7primer párrafo.
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Samples: Contrato De Adquisición De
RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. DICONSA podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO derivados de la presente LICITACIÓNEl Instituto podrá, en cualquier momento momento, rescindir el contrato cuando el LICITANTE incurra en incumplimiento de sus obligacionesprestador del servicio incumpla con las obligaciones a su cargo, de conformidad con el artículo 54 derivadas de la LEY LAASSP, su Reglamento, la presente convocatoria y sus anexos, o en alguno el propio contrato y sus anexos, y se harán efectivos los derechos del Instituto que correspondan. En caso de los siguientes casos: Por el incumplimiento del PROVEEDOR en rescisión, la entrega aplicación de la garantía de cumplimiento en será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. Transcurrido el plazo establecido en el artículo 48 último párrafo de la LEY, y los daños y perjuicios que pudiera sufrir DICONSA por incumplimiento del CONTRATO, serán a su cargo. Por autoridad competente, sea declarado en concurso mercantil o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte su patrimonio. Por el incumplimiento del PROVEEDOR en tiempo máximo convenido para la prestación del SERVICIO servicio objeto del contrato o en su caso transcurrido el plazo adicional que se conceda a los prestadores del servicio para corregir las causas de los rechazos que en su caso se efectúen, el Instituto podrá proceder a rescindir el contrato correspondiente. Para estos casos, serán también aplicables las sanciones mencionadas en el plazo establecido punto 6.11 de esta licitación. Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que en la presente CONVOCATORIA y su caso deba efectuar el CONTRATO respectivo. Si Instituto por concepto del servicio prestado hasta el PROVEEDOR otorga el SERVICIO objeto momento de la presente LICITACIÓN con características y especificaciones distintas a las ofertadas y convenidas en el CONTRATOrescisión. Reciba penas convencionales o deducciones por un monto equivalente al diez (diez por ciento) del importe total del CONTRATO antes de IVA. Si el PROVEEDOR cede total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiera el CONTRATO, con excepción de los derechos de cobro, por tal motivo, DICONSA quedará en libertad de contratar el SERVICIO con otra empresa y el costo que esto origine le será descontado del pago correspondiente. Asimismo, de conformidad con el artículo 54 Bis de la LEY, DICONSA También podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondiente, sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, por contrato cuando concurran razones de interés general general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el SERVICIO servicio originalmente contratado contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a DICONSAal Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al CONTRATO contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la SECRETARÍASecretaría de la Función Pública. Lo anterior, sin responsabilidad de DICONSA. De darse este supuesto, DICONSA En estos supuestos el Instituto reembolsará al PROVEEDOR prestador del servicio los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con la contratación del SERVICIO pactado en el CONTRATO. El reembolso de los gastos no recuperables que en su caso haya incurrido el PROVEEDOR se efectuará en un término que no exceda de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de que DICONSA haya revisado y aceptado la procedencia de la documentación que le presente el PROVEEDOR y en la que se acrediten los gastos no recuperables. Asimismo, se aplicará lo establecido en el artículo 102, fracción I del REGLAMENTO, de igual forma, se incluirán las cláusulas estipuladas en el modelo de Contrato que se adjunta como ANEXO 7contrato correspondiente.
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Samples: Contrato Abierto Monto Mínimo
RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. DICONSA LICONSA podrá sin responsabilidad iniciar el procedimiento de rescisión Administrativa del CONTRATO derivados contrato derivado de la presente LICITACIÓNLicitación, en cualquier momento cuando el LICITANTE incurra o los licitantes ganadores incurran en incumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el artículo Artículo 54 de “la LEY Ley” o en alguno de los siguientes casos: Por el incumplimiento del PROVEEDOR proveedor en la entrega de la garantía de cumplimiento garantía, en el plazo establecido en el artículo 48 Artículo 48, último párrafo de la LEYLey, y los daños y perjuicios que pudiera sufrir DICONSA LICONSA por incumplimiento del CONTRATOcontrato, serán a su cargo. Por autoridad competente, sea Si el proveedor es declarado en concurso mercantil estado de quiebra o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte su patrimoniosuspensión de pagos por autoridades competentes. Por el incumplimiento del PROVEEDOR proveedor en la prestación del SERVICIO servicio en el plazo establecido en la presente CONVOCATORIA y el CONTRATO respectivoConvocatoria. Si el PROVEEDOR otorga el SERVICIO objeto “El procedimiento de la presente LICITACIÓN con características y especificaciones distintas rescisión por incumplimiento a las ofertadas y convenidas obligaciones establecidas en el CONTRATO. Reciba penas convencionales o deducciones por un monto equivalente al diez contrato respectivo, se llevará a cabo en los términos señalados en el Artículo 54 de “la Ley” Una vez agotado el 1.5% (diez uno punto cinco por ciento) del importe total monto estimado sin IVA., del CONTRATO antes contrato respectivo por concepto xx xxxxx convencionales, “LICONSA” estará en posibilidades de IVA. Si rescindir administrativamente el PROVEEDOR cede total contrato sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos de exigir el cumplimiento forzoso y obligaciones a que se refiera el CONTRATO, con excepción pago de los derechos daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial. “LICONSA”, en cualquier momento podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el proveedor incurra en incumplimiento de cobrosus obligaciones, por tal motivosin responsabilidad alguna para ella, DICONSA quedará en libertad sin necesidad de contratar acudir a los tribunales competentes, o de exigir el SERVICIO con otra empresa cumplimiento forzoso y el costo pago de los daños y perjuicios, sin que esto origine le medie resolución judicial. En caso de rescisión la aplicación de la garantía de cumplimiento será descontado del pago correspondienteproporcional al monto de las obligaciones incumplidas. En caso de rescisión no procederá el cobro de las penalizaciones ni de la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Asimismo, de conformidad con el artículo Artículo 54 Bis de la LEYLey, DICONSA LICONSA podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondiente, sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, por contrato cuando concurran razones de interés general general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir contratar el SERVICIO originalmente contratado servicio y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas pactadas, se ocasionaría ocasionara algún daño o perjuicio a DICONSA, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al CONTRATO con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la SECRETARÍA. Lo anterior, sin responsabilidad de DICONSA. De darse este supuesto, DICONSA reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con la contratación del SERVICIO pactado en el CONTRATO. El reembolso de los gastos no recuperables que en su caso haya incurrido el PROVEEDOR se efectuará en un término que no exceda de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de que DICONSA haya revisado y aceptado la procedencia de la documentación que le presente el PROVEEDOR y en la que se acrediten los gastos no recuperables. Asimismo, se aplicará lo establecido en el artículo 102, fracción I del REGLAMENTO, de igual forma, se incluirán las cláusulas estipuladas en el modelo de Contrato que se adjunta como ANEXO 7Entidad.
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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Transporte Y Distribución De Leche