Common use of Reservas Clause in Contracts

Reservas. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas. Asimismo, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.U. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del plazo mencionado, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.

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Samples: Pliego Licitación, Pliego De Bases Y Condiciones Generales, Pliego De Bases Y Condiciones Generales

Reservas. INTERCARGO S.A.U. S.A.C. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas. Asimismo, INTERCARGO S.A.U. S.A.C. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.U. S.A.C. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del plazo mencionado, INTERCARGO S.A.U. S.A.C. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.

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Samples: is.transporte.gob.ar

Reservas. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas. Asimismo, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.U. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del LICITACIÓN Nº 08/22 Servicio de limpieza de Aeronaves – Escala Córdoba Página 17 de 116 plazo mencionado, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales

Reservas. INTERCARGO S.A.U. S.A.C. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas. Asimismo, Asimismo INTERCARGO S.A.U. S.A.C. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.U. S.A.C. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del plazo mencionado, INTERCARGO S.A.U. S.A.C. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.

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Samples: is.transporte.gob.ar

Reservas. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas. Asimismo, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.U. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del LICITACIÓN Nº 25/2022 Servicio de limpieza de Aeronaves – Escala Rosario Página 17 de 117 plazo mencionado, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales

Reservas. INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas. Asimismo, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.U. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del LICITACIÓN Nº 09/22 Servicio de limpieza de Aeronaves – Escala Mendoza Página 17 de 117 plazo mencionado, INTERCARGO S.A.U. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales