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EXCLUSIÓN Cláusulas de Ejemplo

EXCLUSIÓN. Esta cláusula no cubre bienes amparados en pólizas de “Existencias en Declaración”.
EXCLUSIÓN. Se excluye de la presente Cláusula la Responsabilidad Civil del ASEGURADO frente a choferes y conductores y/o su cónyuge o familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad.
EXCLUSIÓN. Se excluye la cobertura de robo o hurto a los accesorios musicales que no se encuentren instalados en forma fija (sujetos al vehículo que no puedan ser movibles de la unidad, pasando a formar parte integrante de él) en el vehículo asegurado.
EXCLUSIÓN. La presente Cláusula no cubre accesorios musicales no fijos, que puedan ser movibles de la unidad (sistema DOGGY o DYN).
EXCLUSIÓN. Quedan excluidos los riesgos amparados en el presente contrato: Si el asegurado fuere condenado mediante sentencia por delitos contra la salud, (narcotráfico), encubrimiento y/o operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo y/o delincuencia organizada en territorio nacional o en cualquier país del mundo, con el que México tenga firmado tratados internacionales referentes a lo establecido en el presente párrafo o bien es mencionado en la Lista OFAC (Office Foreign Assets Control) o cualquier otra lista de naturaleza similar.
EXCLUSIÓN. LAS EXCLUSIONES GENERALES INDICADAS EN CLÁUSULA SEGUNDA 01/10/2013-1333-A-31-LPE0000000000015
EXCLUSIÓN. Falla o insuficiencia renal temporal o reversible que se resuelva con tratamiento.
EXCLUSIÓN. Esta Sección no se aplica a las cesiones de contratos sometidas a reglas especiales que regulan cesiones de contratos en el curso de la transferencia de una empresa.
EXCLUSIÓN. Esta Compañía no será responsable por cualquier aumento a la cantidad que deba indemnizar a causa de la suspensión, terminación o cancelación de cualquier contrato o autorización por la aplicación de alguna ley o disposición de las Autoridades que regulen la construcción o reparación de edificios. Tampoco será responsable por cualquier aumento en la pérdida pecuniaria debida a que huelguistas o personas que tomen parte en paros, disturbios de carácter obrero, o motines, interrumpan la reconstrucción, reparación o reposición de las cosas dañadas o destruidas, o que interrumpan la reanudación o continuación de las actividades comerciales.
EXCLUSIÓN. El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de la Exclusión de cualquier personal, recurso, ayudante o coordinador mientras dure la relación contractual.