Common use of RESOLUCION Clause in Contracts

RESOLUCION. Se considerarán causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 111 y 213 del T.R. de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, las siguientes: La información comprobada del mediador a terceros de la materia objeto del contrato. La pérdida de algún requisito legal para ostentar la condición de mediador de seguros por sanción administrativa, y por incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones recogidas en la Ley 26/2006, de 17 de Julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. La percepción de distintas comisiones de las establecidas en las Bases Técnico-Administrativas de los Concursos Públicos de aseguramiento de los riesgos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El cambio sustancial en la estructura que motivó la adjudicación del contrato al mediador, o el de cualquiera de los criterios de selección del presente Pliego de Bases Técnico-Administrativas. La venta o transferencia de la cartera de seguros a cualquier otro mediador de seguros. La incursión de uno o varios de los Administradores o Directores Gerentes en causa de incompatibilidad o inhabilitación para el ejercicio profesional de mediador. La comisión de las conductas recogidas como infracciones graves y muy graves en el artículo 55 de la Ley 26/2006, de 17 de Julio, de medicación de seguros y reaseguros privados y las muy graves recogidas en el artículo 4 de la Ley 26/1988, de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. El cese en el ejercicio de la profesión de mediador de seguros. Igualmente, el incumplimiento por el contratista de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente Xxxxxx. Las inexactitudes comprobadas en los documentos exigidos en el sobre “A” y “C”. En principio, estas causas de resolución se contemplan, a todos los efectos, como incumplimiento del contrato por culpa del consultor, por lo que si el contrato se resuelve, al mediador le será incautada la fianza y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios, en lo que excedan del importe de la garantía incautada. Finalmente, también se considerará como causa de resolución el rescate o supresión de las prestaciones por razones de interés público. La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi podrá rescindir el/los contrato/s de mediación de seguros privados con el/los adjudicatario/s de cualquier lote del presente concurso, si en el consiguiente concurso de formalización de los contratos de seguros privados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi con las Compañías Aseguradoras los diseños propuestos por el mediador no se plasman por el incumplimiento de las expectativas generadas en su oferta.

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RESOLUCION. Se considerarán causas Ambas partes convienen que el presente contrato puede rescindirse en los casos siguientes: a) Por mutuo acuerdo de resolución las partes: b) Al vencimiento del plazo del Contrato; c) Por el incumplimiento de una sola obligación de las estipuladas en este contrato. Si el incumplimiento fuere del Cliente, en cuanto x xxxx en una de las cuotas pactadas, la Empresa suspenderá el servicio y cobrará ejecutivamente las sumas que corresponda. En este caso El Cliente releva a la Empresa, de toda la responsabilidad resultante de dicha suspensión. Asimismo, convienen en que para efectos de los servicios prestados, mes iniciado se reputará como mes vencido y el cliente deberá cancelar el monto correspondiente en las condiciones pactadas sin necesidad de gestión de cobro. Si el Cliente se retira antes del plazo convenido deberá cancelar CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por uso de Equipo y VEINTICINCO DOLARES por costo de desinstalación de equipo dado en comodato todo esto mas el Impuesto a La Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios. IX) DOMICILIO Y SOLUCION DE CONTROVERSIAS: Para los efectos legales de este contrato, además nosotros los otorgantes designamos como domicilio especial el San Xxxxxxxx; Cuando se suscite cualquier controversia relativa a la interpretación, incumplimiento, desavenencia, terminación o invalidez del presente contrato, el de las previstas en los artículos 111 comodato y 213 del T.R. toda carta o adenda al mismo, La Empresa y El Cliente, harán lo posible por llegar a una solución amigable; de no ser posible la solución por esta vía, ambas partes nos sometemos al arbitraje salvadoreño, de conformidad a la Ley de Contratos Mediación, Conciliación y Arbitraje. X) ACEPTACION. En la forma estipulada, nosotros los comparecientes aceptamos el presente instrumento y las obligaciones en él contenidas. En fe de las Administraciones Públicaslo anterior, las siguientes: La información comprobada del mediador a terceros de la materia objeto del contrato. La pérdida de algún requisito legal para ostentar la condición de mediador de seguros por sanción administrativa, y por incurrir en las incompatibilidades o prohibiciones recogidas firmamos el presente documento en la Ley 26/2006, ciudad de 17 de Julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. La percepción de distintas comisiones de las establecidas en las Bases Técnico-Administrativas de los Concursos Públicos de aseguramiento de los riesgos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El cambio sustancial en la estructura que motivó la adjudicación del contrato al mediador, o el de cualquiera de los criterios de selección del presente Pliego de Bases Técnico-Administrativas. La venta o transferencia de la cartera de seguros a cualquier otro mediador de seguros. La incursión de uno o varios de los Administradores o Directores Gerentes en causa de incompatibilidad o inhabilitación para el ejercicio profesional de mediador. La comisión de las conductas recogidas como infracciones graves y muy graves en el artículo 55 de la Ley 26/2006, de 17 de Julio, de medicación de seguros y reaseguros privados y las muy graves recogidas en el artículo 4 de la Ley 26/1988, de 29 de Julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. El cese en el ejercicio de la profesión de mediador de seguros. Igualmente, el incumplimiento por el contratista de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente Xxxxxx. Las inexactitudes comprobadas en los documentos exigidos en el sobre “A” y “C”. En principio, estas causas de resolución se contemplanSan Xxxxxxxx, a todos los efectos, como incumplimiento veintidós días del contrato por culpa del consultor, por lo que si el contrato se resuelve, al mediador le será incautada la fianza y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios, en lo que excedan del importe mes xx xxxxx de la garantía incautadaDos mil doce. Finalmente, también se considerará como causa de resolución el rescate o supresión de las prestaciones por razones de interés público. La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi podrá rescindir el/los contrato/s de mediación de seguros privados con el/los adjudicatario/s de cualquier lote del presente concurso, si en el consiguiente concurso de formalización de los contratos de seguros privados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi con las Compañías Aseguradoras los diseños propuestos por el mediador no se plasman por el incumplimiento de las expectativas generadas en su oferta._ _ _ _ _ _

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Samples: Contrato De Servicio De Monitoreo De Sistema De Alarma