RESOLUCIÓN DE CONTRATO. Serán causales de Resolución del Contrato las siguientes: Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por LA EMPRESA, Si se detectara falsedad en la información presentada por LA EMPRESA, En caso que la penalidad por xxxx alcance el cinco por ciento (5%) del Valor del contrato. En los casos señalados, LA SUNAT podrá resolver el Contrato, mediante una comunicación escrita remitida notarialmente a LA EMPRESA.
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Samples: Licitación Pública Internacional, Licitación Pública Nacional
RESOLUCIÓN DE CONTRATO. Serán causales de Resolución del Contrato las siguientes: Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por LA EMPRESA, Si se detectara falsedad en la información presentada por LA EMPRESA, En caso que la penalidad por xxxx alcance el cinco por ciento (5%) del Valor del contrato. En los casos señalados, LA SUNAT podrá resolver el Contrato, mediante una comunicación escrita remitida notarialmente a LA EMPRESA.
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Samples: Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Pública
RESOLUCIÓN DE CONTRATO. Serán causales de Resolución del Contrato las siguientes: Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por LA EMPRESA, Si se detectara falsedad en la información presentada por LA EMPRESA, En caso que la penalidad por xxxx alcance el cinco por ciento (5%) % del Valor monto total del contratoContrato, del Ítem ó lo que corresponda. Si se divulga la información que entrega SUNAT. En los casos señalados, LA la SUNAT podrá resolver el Contrato, mediante una comunicación escrita remitida notarialmente a LA EMPRESAEMPRESA y procederá a aplicar las penalidades correspondientes.
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Samples: Licitación Pública Internacional