RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las siguientes razones: 13.1 Por decisión unilateral de una de las partes, sin expresión de causa, previa comunicación por escrito, a la otra parte con una anticipación de un (1) día hábil a la fecha de resolución. 13.2 Por mutuo acuerdo entre las partes, el mismo que deberá ser expresado mediante Adenda. 13.3 Por incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos por las partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de la obligación en un plazo no mayor de un (1) día hábil, bajo apercibimiento de resolver automáticamente el Convenio, de mantenerse el incumplimiento, sin que otorgue derecho al pago de indemnización alguna. En caso de operar la resolución del Convenio o libre separación, las partes acuerdan que las actividades u obligaciones que estuvieran desarrollándose proseguirán hasta su finalización, de acuerdo a los compromisos asumidos, a efectos de no interrumpir su culminación en forma satisfactoria.
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Samples: Convenio De Cooperación Interinstitucional, Convenio De Cooperación Interinstitucional
RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las siguientes razones:
13.1 Por decisión unilateral de una de las partes, sin expresión de causa, previa comunicación por escrito, a la otra parte con una anticipación de un (1) día hábil a la fecha de resolución.
13.2 Por mutuo acuerdo entre las partesLAS PARTES, el mismo que deberá ser expresado mediante Adenda.
13.3 Por incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos por las partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de la obligación en un plazo no mayor de un (1) día hábil, bajo apercibimiento de resolver automáticamente el Convenio, de mantenerse el incumplimiento, sin que otorgue derecho al pago de indemnización alguna. .
13.4 En caso de operar la resolución del Convenio o libre separación, las partes LAS PARTES acuerdan que las actividades u obligaciones que estuvieran desarrollándose proseguirán hasta su finalización, de acuerdo a los compromisos asumidos, a efectos de no interrumpir su culminación en forma satisfactoria.
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RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El Las partes convienen en que el presente Convenio Xxxxxxxx podrá ser resuelto resolverse por cualquiera las siguientes causales:
1.- Por el incumplimiento de alguna de las siguientes razones:partes de los compromisos estipulados en el presente Convenio, previamente la parte afectada deberá comunicar por documento escrito el incumplimiento del compromiso, otorgándole un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles para el cumplimiento, si vencido dicho plazo persiste el incumplimiento, se procederá a resolver el Convenio.
13.1 2.- Por decisión unilateral de caso fortuito o fuerza mayor que no permita que una de las partespartes continúe cumpliendo con cualquiera de los compromisos asumidos. En este caso, sin expresión de causa, previa comunicación la parte que incumple deberá comunicar por escrito, documento escrito a la otra parte con una anticipación afectada, para así quedar exento de un (1) día hábil a la fecha de resolucióncualquier responsabilidad.
13.2 3.- Por mutuo acuerdo entre las partes, el mismo que deberá ser expresado mediante Adenda.
13.3 Por incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos por las partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de la obligación en un plazo no mayor de un (1) día hábil, bajo apercibimiento de resolver automáticamente el Convenio, de mantenerse el incumplimiento, sin que otorgue derecho al pago de indemnización alguna. En caso de operar la 4.- La resolución del Convenio por alguna de las causales antes descritas, no la exime de culminar los Convenios Específicos, así como cualquier otra actividad u obligación aprobada y que estuviese vigente o libre separaciónen ejecución, las partes acuerdan que las actividades u obligaciones que estuvieran desarrollándose proseguirán hasta su finalización, de acuerdo a los compromisos asumidos, a efectos de no interrumpir su culminación en forma satisfactoriael marco del presente Convenio Xxxxx.
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RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. El Son causales de resolución del presente Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las siguientes razonesConvenio:
13.1 9.2 Por decisión unilateral imposibilidad de una alguna de las partesLAS PARTES de continuar la ejecución de la actividad acordada por causa de fuerza mayor o caso fortuito, sin expresión de causa, previa comunicación por escrito, a la otra parte con una anticipación de un (1) día hábil a la fecha de resolucióndebidamente justificado.
13.2 9.3 Por mutuo acuerdo entre las partesLAS PARTES, el mismo que deberá ser expresado mediante Adendacontar por escrito, suscrito entre ambas partes y aprobado con las mismas formalidades con las que se aprueba el presente Convenio.
13.3 Por 9.4 El incumplimiento injustificado de cualesquiera cualquiera de los compromisos asumidos por las partes obligaciones estipuladas en el presente Convenio. En este casoPara tal efecto, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de bastará que la obligación en un plazo no mayor de un (1) día hábil, bajo apercibimiento de resolver automáticamente el Convenio, de mantenerse parte perjudicada con el incumplimiento, sin que otorgue derecho al pago notifique a la otra parte mediante comunicación simple, dentro de indemnización algunalos cinco (5) días hábiles siguientes de producido el mismo. En caso De no mediar respuesta oportuna o la subsanación de operar las omisiones incurridas, la otra parte podrá entender resuelto automáticamente el presente Convenio. LAS PARTES deberán adoptar las medidas necesarias para evitar o minimizar perjuicios, tanto a las partes como a terceros, con ocasión de la resolución del Convenio o libre separaciónpresente Convenio, el cual, bajo cualquiera de los supuestos previstos en esta Cláusula, no libera a LAS PARTES del cumplimiento de las partes acuerdan obligaciones y responsabilidades contraídas hasta la fecha en la que las actividades u obligaciones que estuvieran desarrollándose proseguirán hasta su finalización, de acuerdo a los compromisos asumidos, a efectos de no interrumpir su culminación en forma satisfactoriala resolución sea efectiva.
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