RESPONSABILIDAD. DAÑOS. Será de cuenta del contratista la responsabilidad derivada de todos los daños, perjuicios y acciones de cualquier naturaleza que sean ocasionados a terceras personas por su persona, su maquinaria, productos o como consecuencia de los trabajos realizados o por abandono, demora o deficiente eje- cución de los mismos Esta responsabilidad no se extinguirá hasta que haya expirado el plazo de ga- rantía del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites establecidos en la Ley. Asimismo, el contratista responderá civil, y, en su caso, penalmente los daños causados a la Admi- nistración Contratante o a terceros como consecuencia de los vicios ocultos. La cantidad en que se concreten tales daños será inmediatamente exigida por la vía apremio admi- nistrativo.
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Samples: Contract for Services, Contract for Maintenance Services
RESPONSABILIDAD. DAÑOS. La empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en los inmuebles demás elementos de propiedad provincial por culpa, negligencia o incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente contrato. A estos efectos, el adjudicatario deberá suscribir la correspondiente póliza de responsabilidad civil. Será de cuenta del contratista la responsabilidad derivada de todos los daños, perjuicios y acciones de cualquier naturaleza que sean ocasionados a terceras personas o propiedades por su persona, su maquinaria, productos o como consecuencia de los trabajos realizados o por abandono, demora o deficiente eje- cución ejecución, protección o señalización de los mismos Esta responsabilidad no se extinguirá hasta que haya expirado el plazo de ga- rantía garantía del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites establecidos en la Ley. Asimismo, el contratista responderá civil, y, en su caso, penalmente los daños causados a la Admi- nistración Administración Contratante o a terceros como consecuencia de los vicios ocultos. La cantidad en que se concreten tales daños será inmediatamente exigida por la vía apremio admi- nistrativoadministrativo.
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Samples: Contract for Services, Contract for Cleaning Services
RESPONSABILIDAD. DAÑOS. Será de cuenta del contratista la responsabilidad derivada de todos los daños, perjuicios y acciones de cualquier cual- quier naturaleza que sean ocasionados a terceras personas por su persona, su maquinaria, productos o como consecuencia de los trabajos realizados o por abandono, demora o deficiente eje- cución ejecución de los mismos mismos. Esta responsabilidad no se extinguirá hasta que haya expirado el plazo de ga- rantía garantía del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, será ésta responsable dentro de los límites establecidos en la Ley. Asimismo, el contratista responderá civil, civil y, en su caso, penalmente de los daños causados a la Admi- nistración Administración Contratante o a terceros como consecuencia de los vicios ocultos. La cantidad en que se concreten tales daños será inmediatamente exigida por la vía apremio admi- nistrativoadministrativo.
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Samples: Publishing Agreement