RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 LCSP
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Samples: Concert Agreement
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios perjuicios, directos e indirectos indirectos, que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. También será la Administración responsable de los daños que se causen a terceros como consecuencia de los vicios del proyecto elaborado por ella misma. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 196 de la LCSP.
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Samples: Contract for Works
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será siendo de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 LCSP214 TRLCSP.
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RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios perjuicios, directos e indirectos indirectos, que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 LCSP.
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Samples: Suministro De Combustible