RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN Cláusulas de Ejemplo

RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. Cuando la suspensión
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. 51 Capítulo X Corte y reconexión del servicio y terminación del contrato de condiciones uniformes 52
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. Para restablecer el suministro del servicio es necesario que se elimine la causa que originó la suspensión, se cancelen los costos de reinstalación, así como los demás pagos a que hubiere lugar de conformidad con las tarifas vigentes establecidas en la resolución que para ello disponga EPM al momento de la ejecución de la(s) actividad(es). La reanudación del servicio suspendido deberá realizarse a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes a la fecha en la que ha desaparecido la causa o causas que dieron origen a la suspensión. En el evento de no producirse oportunamente la reinstalación, o no haberse suspendido efectivamente el servicio, EPM se abstendrá de cobrar el valor de la tarifa de reinstalación.
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. Cuando la suspensión sea imputable al USUARIO, este deberá eliminar su causa, pagar todos los gastos de restablecimiento en los que EPM incurra y los demás gastos previstos en la ley y en este contrato. Una vez el USUARIO cumpla las condiciones para el restablecimiento del servicio, EPM lo hará en un término que no podrá exceder veinticuatro (24) horas hábiles siguientes al momento en que desaparece la causa que dio origen a la suspensión del servicio, siempre y cuando el inmueble posea las condiciones técnicas instaladas para la conexión del servicio.
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. Cuando la suspensión sea imputable al USUARIO, este deberá eliminar su causa, pagar todos los gastos de reconexión en los que LA EMPRESA incurra y las demás sanciones previstas en la ley y en este contrato. Una vez el USUARIO cumpla las condiciones para la reconexión del servicio, LA EMPRESA lo restablecerá en un término que no podrá exceder veinticuatro (24) horas siguientes al momento en que desaparece la causa que dio origen a la suspensión del servicio, siempre y cuando el inmueble posea las condiciones técnicas instaladas para la conexión del servicio. (Artículo 42 del Decreto Ley 019 de enero de 2012).
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. 68 CAPÍTULO X 68 CORTE Y RECONEXIÓN DEL SERVICIO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE CONDICIONES UNIFORMES 68
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN para restablecer el suministro del servicio es necesario que se elimine la causa que originó la suspensión, se cancelen los costos de reinstalación, así como los demás pagos a que hubiere lugar de conformidad con las tarifas vigentes establecidas en la resolución que para ello disponga la EMPRESA al momento de la ejecución de la(s) actividad(es). La reanudación del servicio suspendido deberá realizarse a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes a la fecha en la que ha desaparecido la causa o causas que dieron origen a la suspensión. En el evento de no producirse oportunamente la reinstalación, o no haberse suspendido efectivamente el servicio, la EMPRESA se abstendrá de cobrar el valor de la tarifa de reinstalación.
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. Para restablecer el suministro del servicio es necesario que se elimine la causa que originó la suspensión, se cancelen los costos de reinstalación, así como los demás pagos a que hubiere lugar de conformidad con las tarifas vigentes establecidas en la resolución que para ello disponga Aguas Regionales EPM al momento de la ejecución de la(s) actividad(es).
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. Para restablecer el suministro del servicio es necesario que se elimine la causa que originó la suspensión, se cancelen los costos de reinstalación, así como los demás pagos a que hubiere lugar de conformidad con las tarifas vigentes establecidas en la resolución que para ello disponga EL OPERADOR DEL SERVICIO al momento de la ejecución de la(s) actividad(es).
RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO EN CASO DE SUSPENSIÓN. 33 Capítulo X 34