Riesgo de tasa de cambio Cláusulas de Ejemplo

Riesgo de tasa de cambio. El colón costarricense experimenta variaciones constantes con respecto al dólar estadounidense de acuerdo con las políticas monetarias y cambiarias del Banco Central xx Xxxxx Rica. El Fideicomiso posee activos y pasivos en dólares estadounidenses, por lo que cualquier fluctuación en el valor xxx xxxxx costarricense con respecto al dólar estadounidense afecta los resultados, la posición financiera y los flujos de efectivo del Fideicomiso. Los flujos de efectivo del Fideicomiso han sido presupuestados y se controlan en US Dólares. Merece destacar que de acuerdo con el Contrato de Arrendamiento, la cuota de arrendamiento será revisada y ajustada cada cierto tiempo, para mantener el equilibrio financiero del Fideicomiso. La disminución o incremento en el tipo de cambio de la moneda extranjera tendrá sus efectos sobre la cuota de arrendamiento de la Planta Térmica y las utilidades o pérdidas brutas del Fideicomiso. Si la devaluación anual disminuye más de un punto porcentual anual, aumentará el pago de impuestos y por tanto, también podría afectar la cuota de arrendamiento. En sentido contrario, si la devaluación anual aumenta más de un punto porcentual, se presentaría una disminución en la cantidad de impuesto a pagar y por tanto sería posible hacer una disminución en la cuota de arrendamiento. NOTAS AL ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 30 DE SETIEMBRE 2015 En esta cuenta se registra la factura enviada al cobro de arrendamiento de la planta Térmica Xxxxxxxx, correspondiente al mes xx Xxxxx de 2015; también se registran los anticipos efectuados a proveedores, por la compra de repuestos o servicios para el mantenimiento de la planta térmica
Riesgo de tasa de cambio. El colón costarricense experimenta variaciones constantes con respecto al dólar estadounidense de acuerdo con las políticas monetarias y cambiarias del Banco Central xx Xxxxx Rica. El Fideicomiso posee activos y pasivos en dólares estadounidenses, por lo que cualquier fluctuación en el valor xxx xxxxx costarricense con respecto al dólar estadounidense afecta los resultados, la posición financiera y los flujos de efectivo del Fideicomiso. Los flujos de efectivo del Fideicomiso han sido presupuestados y se controlan en US Dólares. Merece destacar que de acuerdo con el Contrato de Arrendamiento, la cuota de arrendamiento será revisada y ajustada cada cierto tiempo, para mantener el equilibrio financiero del Fideicomiso. La disminución o incremento en el tipo de cambio de la moneda extranjera tendrá sus efectos sobre la cuota de arrendamiento de la Planta Térmica y las utilidades o pérdidas brutas del Fideicomiso. Si la devaluación anual disminuye más de un punto porcentual anual, aumentará el pago de impuestos y por tanto, también podría afectar la cuota de arrendamiento. En sentido contrario, si la devaluación anual aumenta más de un punto porcentual, se presentaría una disminución en la cantidad de impuesto a pagar y por tanto sería posible hacer una disminución en la cuota de arrendamiento. FIDEICOMISO DE TITULARIZACION PT XXXXXXXX ICE / BCR NOTAS AL ESTADO DE SITUACION FINANCIERA CONSOLIDADO Esta cuenta está conformada por las disponibilidades de efectivo que posee el Fideicomiso, distribuidas en las siguientes cuentas corrientes en moneda extranjera. Cta Corriente en Dólares # 273668-3 BCR DOLARES 2.674.002,73 COLONES - Miles 1.482.547,33 PAGO DE INTERESES S/ BONOS TRIMESTRAL (a) -263.040,66 -145.837,63 RESERVA DE PRINCIPAL S/ BONOS (b) -969.524,03 -537.533,21 RESERVA DE LA DEUDA KfW (d) -12.325.849,62 -6.833.820,80 DISPONIBILIDADES NETAS (e) $1.446.308,07 ₡801.876,57
Riesgo de tasa de cambio. El riesgo de tasa de cambio es la posibilidad de que ocurra una pérdida originada por un movimiento adverso en el tipo de cambio (monedas). Las inversiones en moneda extranjera podrán verse afectadas por la variación en la TRM. La Sociedad Administradora propenderá por una adecuada diversificación en los activos que componen el portafolio, de tal forma que se mitigue el riesgo xx xxxxxxx asociado y dispondrá de mecanismos de cobertura. La sociedad administradora podrá realizar operaciones de cobertura sobre los activos aceptables para invertir del FONDO DE INVERSIÓN COLECTIVA, con el propósito de cubrirse de los diferentes riesgos enunciados en esta cláusula y en dichos casos, en un monto que no supere el valor total de la posición de riesgo que pretende ser cubierta

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.