Common use of ROBO TOTAL Clause in Contracts

ROBO TOTAL. De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la Póliza, se ampara el robo total del vehículo, y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de dicho hecho. Se entenderá por robo total, el apoderamiento del vehículo asegurado en contra de la voluntad del Asegurado o conductor del mismo, como resultado del delito de asalto, o cuando el vehículo desaparezca del lugar donde se dejó estacionado. En adición, cuando no se contrate la cobertura 1. Daños Materiales, quedarán amparados los daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c, siempre y cuando no sea a causa de colisión del vehículo, d, e y f del punto 1 de dicha cláusula. La protección de esta cobertura operará aun cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza, excepto por lo señalado en el punto 18 de la cláusula 3ª Riesgos no amparados por el Contrato aplicables a todas las coberturas. Para efectos de cualquier indemnización bajo esta cobertura, la Suma Asegurada será la definida en la Cláusula 7a. Bases de Valuación e Indemnización de Daños. Las coberturas de Daños Materiales, y Robo Total se contratan con la aplicación invariable en cada siniestro de una cantidad a cargo del Asegurado denominada deducible. El monto de esta cantidad resultará de aplicar a la suma asegurada en la fecha del siniestro el porcentaje que se especifica en la carátula de la Póliza para cada una de las coberturas contratadas. En reclamaciones por rotura o robo xx xxxxxxxxx, únicamente quedará a cargo del Asegurado por concepto de deducible, el monto que corresponda al 20% del valor del o los cristales afectados. Tratándose de desprendimientos, el deducible será del 20% del costo total de la instalación. Por lo que se refiere a la cobertura de Robo Total, en el caso de que sea recuperado el vehículo asegurado después de perpetrado el robo, solamente se aplicará el deducible contratado cuando la Compañía realice algún pago por pérdidas o daños sufridos al vehículo asegurado a consecuencia de dicho robo total. En caso de siniestro en donde el vehículo asegurado sea conducido por una persona con la edad, sexo o código postal diferentes a los especificados en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Daños Materiales se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura. En caso de declarar diferente el tipo de garaje especificado en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Robo Total se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro, Condiciones Generales Del Seguro

ROBO TOTAL. De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la Póliza, se ampara el robo total del vehículo, y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de dicho hecho. Se entenderá por robo total, el apoderamiento del vehículo asegurado en contra de la voluntad del Asegurado o conductor del mismo, como resultado del delito de asalto, o cuando el vehículo desaparezca del lugar donde se dejó estacionado. En adiciónadic ón, cuando no se contrate la cobertura 1. Daños Materiales, quedarán amparados los daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c, siempre y cuando no sea a causa de colisión del vehículo, d, e y f del punto 1 de dicha cláusula. La protección de esta cobertura operará aun aún cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza, excepto por lo señalado en el punto 18 17 de la cláusula Riesgos no amparados por el Contrato aplicables a todas las coberturas. Para efectos de cualquier indemnización bajo esta cobertura, la Suma Asegurada será la definida en la Cláusula 7a. Bases de Valuación e Indemnización de Daños. Las coberturas de Daños Materiales, daños materiales y Robo Total robo total se contratan con la aplicación invariable en cada siniestro de una cantidad a cargo del Asegurado Asegurado, denominada deducible. El monto de esta cantidad cantidad, resultará de aplicar a la suma asegurada en la fecha del siniestro siniestro, el porcentaje que se especifica en la carátula de la Póliza póliza para cada una de las coberturas contratadas. En reclamaciones por rotura o robo xx xxxxxxxxx, únicamente quedará a cargo del Asegurado por concepto de deducible, el monto que corresponda al 20% del valor del o los cristales afectados. Tratándose de desprendimientos, el deducible será del 20% del costo total de la instalación. Por lo que se refiere a la cobertura de Robo Totalrobo total, en el caso de que sea recuperado el vehículo asegurado después de perpetrado el robo, solamente se aplicará el deducible contratado cuando la Compañía realice algún pago por pérdidas o daños sufridos al vehículo asegurado a consecuencia de dicho robo total. En caso de siniestro en donde el vehículo asegurado sea conducido por una persona con la edad, sexo o código postal diferentes a los especificados en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Daños Materiales se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura. En caso de declarar diferente el tipo de garaje especificado en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Robo Total se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Automóviles Y Pick Up´s Residentes Autocompara

ROBO TOTAL. De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la Póliza, se ampara el robo total del vehículo, y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de dicho hecho. Se entenderá por robo total, el apoderamiento del vehículo asegurado en contra de la voluntad del Asegurado o conductor del mismo, como resultado del delito de asalto, o cuando el vehículo desaparezca del lugar donde se dejó estacionado. En adición, cuando no se contrate la cobertura 1. Daños Materiales, quedarán amparados los daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c, siempre y cuando no sea a causa de colisión del vehículo, d, e y f del punto 1 de dicha cláusula. La protección de esta cobertura operará aun aún cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza, excepto por lo señalado en el punto 18 de la cláusula 3ª Riesgos no amparados por el Contrato aplicables a todas las coberturas. Para efectos de cualquier indemnización bajo esta cobertura, la Suma Asegurada será la definida en la Cláusula 7a. Bases de Valuación e Indemnización de Daños. Las coberturas de Daños Materiales, daños materiales y Robo Total robo total se contratan con la aplicación invariable en cada siniestro de una cantidad a cargo del Asegurado Asegurado, denominada deducible. El monto de esta cantidad cantidad, resultará de aplicar a la suma asegurada en la fecha del siniestro siniestro, el porcentaje que se especifica en la carátula de la Póliza póliza para cada una de las coberturas contratadas. En reclamaciones por rotura o robo xx xxxxxxxxx, únicamente quedará a cargo del Asegurado por concepto de deducible, el monto que corresponda al 20% del valor del o los cristales afectados. Tratándose de desprendimientos, el deducible será del 20% del costo total de la instalación. Tratándose de seguros sobre camiones de carga, con capacidad mayor a 3.5 toneladas, cuando se haya optado por el deducible de 2% y ocurra un siniestro a consecuencia de colisiones o vuelcos, con la circunstancia de que el vehículo sea conducido por persona menor a 21 años de edad, el mencionado deducible se duplicará. En los demás casos no operará esta duplicación. Por lo que se refiere a la cobertura de Robo Totalrobo total, en el caso de que sea recuperado el vehículo asegurado después de perpetrado el robo, solamente se aplicará el deducible contratado cuando la Compañía realice algún pago por pérdidas o daños sufridos al vehículo asegurado a consecuencia de dicho robo total. En caso de siniestro en donde el vehículo asegurado sea conducido por una persona con la edad, sexo o código postal diferentes a los especificados en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Daños Materiales se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura. En caso de declarar diferente el tipo de garaje especificado en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Robo Total se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro

ROBO TOTAL. De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la Póliza, se ampara el robo total del vehículode la motocicleta, y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de dicho hecho. Se entenderá por robo total, el apoderamiento del vehículo asegurado de la motocicleta asegurada en contra de la voluntad del Asegurado o conductor del mismode la misma, como resultado del delito de asalto, o cuando el vehículo la motocicleta desaparezca del lugar donde se dejó estacionadoestacionada. En adición, cuando no se contrate la cobertura 1. Daños Materiales, quedarán amparados los daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c, siempre y cuando no sea a causa de colisión del vehículode la motocicleta, d, e y f del punto 1 de dicha cláusula. La protección de esta cobertura operará aun aún cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza, excepto por lo señalado en el punto 18 14 de la cláusula 3ª Riesgos no amparados por el Contrato aplicables a todas las coberturas. Para efectos de cualquier indemnización bajo esta cobertura, la Suma Asegurada será la definida en la Cláusula 7a. Bases de Valuación e Indemnización de Daños. Las coberturas de Daños Materialesdaños materiales, y Robo Total robo total se contratan con la aplicación invariable en cada siniestro de una cantidad a cargo del Asegurado denominada deducible. El monto de esta cantidad resultará de aplicar aplicar, a la suma asegurada en la fecha del siniestro siniestro, el porcentaje que se especifica en la carátula de la Póliza para cada una de las coberturas contratadas. En reclamaciones por rotura o robo xx xxxxxxxxxxxxxxxxxx o micas, únicamente quedará a cargo del Asegurado por concepto de deducible, el monto que corresponda al 20% del valor del o los cristales o micas afectados. Tratándose de desprendimientos, el deducible será del 20% del costo total de la instalación. Por lo que se refiere a la cobertura de Robo Totalrobo total, en el caso de que sea recuperado el vehículo asegurado recuperada la motocicleta asegurada después de perpetrado el robo, solamente se aplicará el deducible contratado cuando la Compañía realice algún pago por pérdidas o daños sufridos al vehículo asegurado a la motocicleta asegurada a consecuencia de dicho robo total. En caso de siniestro en donde el vehículo asegurado sea conducido por una persona con la edad, sexo o código postal diferentes a los especificados en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Daños Materiales se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura. En caso de declarar diferente el tipo de garaje especificado en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Robo Total se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Motocicletas Residentes

ROBO TOTAL. De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la Póliza, se ampara el robo total del vehículo, y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de dicho hecho. Se entenderá por robo total, el apoderamiento del vehículo asegurado en contra de la voluntad del Asegurado o conductor del mismo, como resultado del delito de asalto, o cuando el vehículo desaparezca del lugar donde se dejó estacionado. En adición, cuando no se contrate la cobertura 1. 1.1 Daños MaterialesMateriales Pérdida Parcial y 1.2 Daños Materiales Pérdida Total, quedarán amparados los daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c, siempre y cuando no sea a causa de colisión del vehículo, d, e y f del punto 1 de dicha cláusula. La protección de esta cobertura operará aun cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza, excepto por lo señalado en el punto 18 de la cláusula 3ª Riesgos no amparados por el Contrato aplicables a todas las coberturas. En el caso de Pólizas cuya vigencia sea mayor a un año y no obstante lo que se mencione en contrario en las Condiciones Generales, las sumas aseguradas al momento de ocurrir el siniestro se determinarán en todos los casos de acuerdo con lo siguiente: I. Durante el primer año de vigencia de la Póliza, la suma asegurada será la que se especifique en la carátula de la misma. II. Para los años subsecuentes y hasta el vencimiento de la Póliza, la indemnización se determinará con base en el valor comercial del vehículo al momento del siniestro, pero teniendo como límite máximo la suma asegurada especificada en la carátula. Para efectos de cualquier indemnización bajo esta cobertura, la Suma Asegurada será la definida en la Cláusula 7a. Bases de Valuación e Indemnización de Daños. Las coberturas de Daños Materiales, y Robo Total se contratan con la aplicación invariable en cada siniestro de una cantidad a cargo del Asegurado denominada deducible. El monto Para vehículos regularizados por decreto quedan excluidos de esta cantidad resultará de aplicar a la suma asegurada en la fecha del siniestro el porcentaje que se especifica en la carátula de la Póliza para cada una de las coberturas contratadas. En reclamaciones por rotura o robo xx xxxxxxxxx, únicamente quedará a cargo del Asegurado por concepto de deducible, el monto que corresponda al 20% del valor del o los cristales afectados. Tratándose de desprendimientos, el deducible será del 20% del costo total de la instalación. Por lo que se refiere a la cobertura de Robo Total, cuando en el caso título de que sea recuperado el vehículo asegurado después propiedad aparezca alguna de perpetrado el roboestas palabras: «Salvage», solamente se aplicará el deducible contratado cuando la Compañía realice algún pago por pérdidas o daños sufridos al vehículo asegurado a consecuencia de dicho robo total. En caso de siniestro en donde el vehículo asegurado sea conducido por una persona con la edad«Parts only», sexo o código postal diferentes a los especificados en la carátula de la póliza«Dismantlers», el deducible de la cobertura de Daños Materiales se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura. En caso de declarar diferente el tipo de garaje especificado en la carátula de la póliza«Non reparaible», el deducible de la cobertura de Robo Total se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura.«Non rebuildable», «Not Street legal»,

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Samples: Condiciones Generales De Seguros De Automóviles Residentes

ROBO TOTAL. De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la Póliza, se ampara el robo total del vehículode la motocicleta, y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de dicho hecho. Se entenderá por robo total, el apoderamiento del vehículo asegurado de la motocicleta asegurada en contra de la voluntad del Asegurado o conductor del mismode la misma, como resultado del delito de asalto, o cuando el vehículo la motocicleta desaparezca del lugar donde se dejó estacionadoestacionada. En adición, cuando no se contrate la cobertura 1. Daños Materiales, quedarán amparados los daños ocasionados por los riesgos que se mencionan en los incisos c, siempre y cuando no sea a causa de colisión del vehículo, d, e y f del punto 1 de dicha cláusula. La protección de esta cobertura operará aun aún cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza, excepto por lo señalado en el punto 18 14 de la cláusula 3ª Riesgos no amparados por el Contrato aplicables a todas las coberturas. Para efectos de cualquier indemnización bajo esta cobertura, la Suma Asegurada será la definida en la Cláusula 7a. Bases de Valuación e Indemnización de Daños. Las coberturas de Daños Materialesdaños materiales, y Robo Total robo total se contratan con la aplicación invariable en cada siniestro de una cantidad a cargo del Asegurado denominada deducible. El monto de esta cantidad resultará de aplicar aplicar, a la suma asegurada en la fecha del siniestro siniestro, el porcentaje que se especifica en la carátula de la Póliza para cada una de las coberturas contratadas. En reclamaciones por rotura o robo xx xxxxxxxxxxxxxxxxxx o micas, únicamente quedará a cargo del Asegurado por concepto de deducible, el monto que corresponda al 20% del valor del o los cristales o micas afectados. Tratándose de desprendimientos, el deducible será del 20% del costo total de la instalación. Por lo que se refiere a la cobertura de Robo Totalrobo total, en el caso de que sea recuperado el vehículo asegurado recuperada la motocicleta asegurada después de perpetrado el robo, solamente se aplicará el deducible contratado cuando la Compañía realice algún pago por pérdidas o daños sufridos al vehículo asegurado a la motocicleta asegurada a consecuencia de dicho robo total. En caso de siniestro en donde el vehículo asegurado sea conducido por una persona con la edad, sexo o código postal diferentes a los especificados en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Daños Materiales se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura. En caso de declarar diferente el tipo de garaje especificado en la carátula de la póliza, el deducible de la cobertura de Robo Total se incrementará en un 50% sobre el porcentaje especificado en la carátula de la póliza para esta cobertura.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Motocicletas