ACUERDO TOTAL. “EL CONTRATO” incluyendo “LOS ANEXOS”, constituyen el acuerdo total entre “LAS PARTES” con relación al objeto del mismo y deja sin efectos cualquier otra negociación. En términos del artículo 81 fracción IV del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de discrepancia entre la Invitación y “EL CONTRATO”, prevalecerá lo establecido en la Invitación. En el caso de que una o más Cláusulas contenidas en “EL CONTRATO” llegaren a ser nulas por así disponerlo la ley o una autoridad competente, las demás Cláusulas mantendrán toda su fuerza legal. Aquellas que hayan sido declaradas nulas, podrán sustituirse por otras, con el mismo espíritu o intención de “LAS PARTES”. Así mismo, en términos del artículo 11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, resultarán aplicables en lo conducente los artículos 1839, 1854 y 1859 del Código Civil Federal, al establecer: •1839.- Que los contratantes pueden poner las Cláusulas que crean convenientes; pero las que se refieran a requisitos esenciales del Contrato, o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria, se tendrán por puestas, aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean renunciadas en los casos y términos permitidos por la ley. •1854.- Las Cláusulas de los Contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas. •1859.- Las disposiciones legales sobre Contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de éstos o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos. “LAS PARTES” convienen en que los títulos que se han asignado a cada una de las Cláusulas se establecen para conveniencia de ellas y para su pronta localización y facilitar su lectura, por lo que no deberán ser considerados en la interpretación de “EL CONTRATO”. “LOS ANEXOS” de “EL CONTRATO” constituyen parte integrante del mismo, teniéndose por reproducidos en su texto como si a la letra se insertase. Siempre que se utilicen las palabras "incluir", "incluye" o "incluido" en “EL CONTRATO”, se interpretarán como si estuvieran seguidas por las palabras "sin limitación", serán de carácter ilustrativo y no conllevarán ninguna limitación o exclusión a menos que el contexto indique claramente lo contrario. El hecho de no ejercer o demorar el ejercicio de cualquier derecho, recurso, facultad o privilegio conforme al presente, por cualquiera de ...
ACUERDO TOTAL. El presente Contrato constituye el acuerdo total entre las Partes, respecto a su objeto y reemplaza todas las comunicaciones, propuestas, ofertas, compromisos y acuerdos previos, sean orales o por escrito, que las Partes hayan acordado o celebrado respecto de la Garantía Parcial objeto del presente Contrato.
ACUERDO TOTAL. 15.1 Este Contrato contiene todos los convenios, estipulaciones y disposiciones acordados por las Partes. Ningún agente o representante de ninguna de las Partes está autorizado para hacer, y las Partes no estarán obligadas ni serán responsables por ninguna declaración, afirmación, promesa o acuerdo que no se contemple aquí.
ACUERDO TOTAL. El presente contrato, los documentos y anexos que lo integran, constituyen la enunciación completa de los derechos y obligaciones de las partes y dejan sin efecto todos los acuerdos vigentes, documentos y comunicaciones suscritos entre las partes con anterioridad a la firma del mismo. EL CONTRATISTA manifiesta y acepta, que en caso de divergencia entre lo estipulado en cualquiera de los anexos y el contrato, prevalecerá lo contenido en el contrato.
ACUERDO TOTAL. El Contrato constituye todo el convenio entre el Vendedor y el Comprador correspondiente a la transferencia a título de venta de los derechos de suministro de gas natural en la Cantidad de Energía Contratada por parte del Vendedor al Comprador bajo la modalidad de Contrato Firme Bimestral, y remplaza e incorpora todos los convenios y acuerdos anteriores, verbales o escritos, que las Partes tengan en relación con el objeto específico del Contrato.
ACUERDO TOTAL. Las Partes acuerdan que este Contrato constituye el acuerdo total entre ellas y que deja sin efectos cualesquier otros acuerdos, declaraciones o manifestaciones, orales o por escrito entre las Partes, relacionados con el objeto del presente Contrato.
ACUERDO TOTAL. El Contrato, los documentos y anexos que lo integran, constituyen la enunciación completa de los derechos y obligaciones de Las Partes y dejan sin efecto todos los acuerdos vigentes, documentos y comunicaciones suscritos entre Las Partes con anterioridad a la firma del mismo.
ACUERDO TOTAL. Este documento representa el acuerdo definitivo entre las partes y sustituye, invalida, deroga y deja sin efecto cualquier acuerdo, contrato, convenio, término, condición y beneficio que pueda haber existido entre las partes antes de esta fecha. Las modificaciones a este contrato sólo serán válidas si se hacen por escrito y son firmadas por ambas partes. Los encabezados utilizados en este contrato son únicamente para fines de conveniencia y no se pretende que sean interpretativos, definitivos o suplementarios a los respectivos párrafos, disposiciones o secciones. Los pronombres personales utilizados en este contrato, bien sea en masculino, femenino o neutro, incluirán todos los demás géneros, y el singular incluye el plural, y viceversa. Del presente contrato podrá firmarse una versión en castellano o inglés, o en ambos idiomas. En caso de discrepancias, prevalecerá la versión en castellano.
ACUERDO TOTAL. A. No Manifestaciones. El Socio RCI manifiesta que no ha recibido promesas verbales ni escritas por parte de RCI, salvo por lo expresamente previsto en los presentes Términos y Condiciones, que dependan de la voluntad del Socio RCI para suscribir el Contrato de Suscripción y Membresía. El Socio RCI libera a RCI, a sus agentes, factores, dependientes y empelados en contra de cualquier reclamación en base a cualquier manifestación o promesa verbal o escrita no incluida en los presentes Términos y Condiciones.
ACUERDO TOTAL. Los presentes Términos y Condiciones, así como el Contrato de Suscripción y Membresía constituyen el acuerdo total entre las partes respecto al Programa y deja sin efectos todas las comunicaciones, manifestaciones o acuerdos previos verbales o escritos entre las partes, respecto de dicha materia.