RÈGIM JURÍDIC I JURISDICCIÓ COMPETENT Cláusulas de Ejemplo

RÈGIM JURÍDIC I JURISDICCIÓ COMPETENT. Aquest contracte té caràcter privat i queda subjecte a la legislació mercantil, civil i processal espanyola que li sigui d’aplicació. Per resoldre qualsevol discrepància resultant de la interpretació o execució del present Contracte, ambdues parts es sotmeten expressament a la jurisdicció i competència dels jutjats i tribunals de la ciutat de Barcelona, amb renúncia a qualsevol altre fur que els pugui correspondre.
RÈGIM JURÍDIC I JURISDICCIÓ COMPETENT. El present conveni marc es regirà, a més pel que disposa aquest, pel que disposa la normativa aplicable a l’objecte d’aquest. En els casos de dubtes o diferències suscitades per l’aplicació, inter- pretació o resolució del conveni marc, es procurarà que siguen resoltes per acord comú entre les parts. Si no s’aconseguia l’acord, les discre- pàncies seran sotmeses per qualsevol de les parts davant dels jutjats i tribunals ordinaris de la ciutat de València, amb renúncia expressa al fur propi que respectivament poguera correspondre’ls. I en prova de conformitat amb allò que s’ha exposat, les parts fir- men per exemplar triplicat el present document en el lloc i la data abans indicats. Per la Universitat Complutense de Madrid: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Per Ciutat de les Arts i les Ciències, SA: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx. Per Avanqua Oceanogràfic-Àgora, SL: Xxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxx. y en especial, a aquel que se traslade a las instalaciones de CACSA, respondiendo de su cumplimiento. Una vez extinguido el convenio marco, cada parte borrará o destrui- rá toda la información que sobre la presente relación haya almacenado en cualquier soporte o haya reproducido por cualquier procedimiento, exceptuando la información que por cualquier disposición legal esté obligado a conservar.
RÈGIM JURÍDIC I JURISDICCIÓ COMPETENT. Aquest acord té caràcter administratiu. Per a totes les qüestions que tinguin relació directa o indirecta amb el present conveni les parts se sotmeten a la jurisdicció contenciosa administrativa dels Jutjats i Tribunals de la ciutat de Barcelona. I en prova de conformitat, les parts signen aquest document a Barcelona a data de la signatura electrònica. Segueixen les signatures de les persones intervinents, la darrera de les quals és de data 27 de desembre de 2023. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, gerent de l'Àrea d'Economia i Promoció Econòmica. Xxxx Xxxxx Xxxx, presidenta del Consorci del Besòs.
RÈGIM JURÍDIC I JURISDICCIÓ COMPETENT. Aquest contracte té caràcter privat. La seva interpretació i aplicació es farà d’acord amb el que s’estipula a les seves clàusules i, en el seu defecte, a la normativa mercantil i civil que li sigui d’aplicació. Per resoldre qualsevol discrepància resultant de la interpretació o execució del present Contracte, ambdues parts es sotmeten expressament a la jurisdicció i competència dels jutjats i tribunals de la ciutat de Barcelona, amb renúncia a qualsevol altre fur que els pugui correspondre.
RÈGIM JURÍDIC I JURISDICCIÓ COMPETENT. Aquesta contractació té caràcter administratiu, i es regirà en tot el no previst especialment en aquestes bases pel que disposa el Llibre III, Títol I, Capítol I, Secció 6a “normes especials aplicables als concursos de projectes”, articles 184 al 188, ambdós inclusivament, i article 323 quant als jurats del concurs del Reial Decret Legislatiu 3/2011, de 14 de novembre, pel qual s'aprova el Text Refós de la Llei de contractes del sector públic, d'ara endavant TRLCSP, així com, per la legislació supletòria que li fos d'aplicació, igualment quan no s'oposi a l'esmentat TRLCSP. Així mateix, supletòriament seran d'aplicació les disposicions reguladores de la contractació de serveis. El concurs es desenvoluparà amb intervenció de Xxxxx, en què es constitueix la Mesa Permanent de Contractació de l’Oficina Antifrau de Catalunya amb la integració de persones expertes i independents dels participants, adoptant aquest les seves decisions o dictàmens de manera imparcial, sobre la base de la documentació aportada per les persones interessades i les propostes que li siguin presentades de manera anònima i atenent únicament als criteris establerts en les aquestes bases. L'ordre jurisdiccional contenciós administratiu és el competent per resoldre les qüestions litigioses que es plantegin en relació amb aquest concurs.

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

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  • Verificación En los casos de los artículos 108, 109 y 110 el trabajador o quien lo represente tendrá derecho a inspeccionar la documentación que fuere necesaria para verificar las ventas o utilidades en su caso. Estas medidas podrán ser ordenadas a petición de parte, por los órganos judiciales competentes.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

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  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.