Common use of Seguridad y salud laboral Clause in Contracts

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral establecidas en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1.627/1.997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de la Normativa vigente de Seguridad y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos en la empresa, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias. El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud en el marco de sus atribuciones. El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad derivados por los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Y Prescripciones Técnicas, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con La aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como de sus disposiciones de desarrollo o complementarias y demás normas relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral, persigue no solo la ordenación de las obligaciones y responsabilidades de los actores inmediatamente relacionados con el hecho laboral, sino fomentar una nueva cultura de la prevención y una nueva forma de actuar ante la misma. Por ello, la protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las Empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en su origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad y salud en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1.995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. En el supuesto de que la normativa citada fuera objeto de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a adecuar el contenido de este artículo. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral establecidas en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1.627/1.997trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Igualmente, los trabajadores están obligados a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad y salud laboral, así como las normas, procedimientos o instrucciones que dicten las empresas en cumplimiento y desarrollo de estas. La consecución del citado derecho de protección se procurará a través de la adopción por el empresario, garante de la seguridad y salud de los trabajadores, de 24 las medidas necesarias para la implantación del plan de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de la Normativa vigente de Seguridad y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos laborales, en la empresamateria de evaluación de riesgos, haber formado e informado a sus trabajadores información, consulta, participación y haber adoptado las medidas necesarias en evitación formación de los riesgos típicos trabajadores, actuación en casos de sus actividades propias. El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud en el marco de sus atribuciones. El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las medidas preventivas emergencia y de seguridad derivados por riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención propio o ajeno. A estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación del párrafo anterior en consonancia con los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresasiguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: www.boe.es

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones en materia La Directiva Comunitaria 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud laboral establecidas en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y los trabajadores en el Real Decreto 1.627/1.997medio laboral, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud ha trasladado en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento España a través de la Ley 31/95 de Prevención 8 de Riesgos Laborales Noviembre de l995, BOE 10 DE Noviembre de l995 sobre prevención de riesgos laborales y las partes firmantes del presente Convenio quieren dejar constancia y con el esfuerzo constante de todos, seguir trabajando con los medios legales de que sean dotados para mejorar día a día en el cumplimiento de la Normativa vigente de Seguridad Ley y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo reglamentos que afecten a las actividades empresas y trabajadores de nuestro sector, promoviendo tantas acciones como sean necesarias para la mejora y el conocimiento de los deberes de cada una de las partes. Asimismo, las partes suscriptoras del Convenio, se comprometen a las que se dedican, tener planificada llevar a cabo la política operativa en la prevención de riesgos en la empresalaborales, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado adoptando las medidas necesarias en evitación para la eliminación de los riesgos típicos factores de sus actividades propias. El Adjudicatario riesgo y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente accidente en las obras en las que realicen empresas, fomentando la información a los trabajostrabajadores, formándoles de una manera correcta y eficaz, y obedecer de manera especial a los representantes de estos. En consecuencia, se creará una comisión dentro de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, al objeto de llevar un mayor control de la prevenc8ión de riesgos laborales en todo momento cada una de las órdenes e indicaciones dadas empresas afectadas por el Coordinador Convenio, pudiendo ésta colaborar con las empresas en la organización y asignación de Seguridad y Salud en el marco los medios necesarios para un correcto cumplimiento de sus atribucionesla ley. El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal Dicha comisión se reunirá cada vez que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción una de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por élpartes lo solicite, no implicarán responsabilidad alguna y como mínimo una vez cada cuatrimestre para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por evaluar el grado de cumplimiento de las medidas preventivas y la referida Ley de seguridad derivados por los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición Prevención de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresaRiesgos Laborales.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con La normativa sobre prevención de riesgos laborales está constituida por la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito. La presente Xxx tiene por objeto promover la Seguridad y la Salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las obligaciones actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Esta Ley y sus normas de desarrollo serán de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal civil al servicio de las Administraciones Públicas. Por todo ello en materia de seguridad y salud laboral establecidas en el trabajo se estará a lo dispuesto en la Ley 31/1.995 31/95 en todo aquello que sea de 8 aplicación al S.C.I.S. y a lo preceptuado en el Estatuto de noviembre los Trabajadores en esta materia. El trabajador tiene derecho a una protección eficaz de Prevención su integridad física y psíquica y a una adecuada política de Riesgos Laborales seguridad e higiene en el trabajo, así como el correlativo deber de observar y poner en práctica las medidas de prevención de riesgo que se adopten legal y reglamentariamente. Tienen, asimismo, el derecho de participar en la formulación de la política de prevención en su centro de trabajo y en el Real Decreto 1.627/1.997control de las medidas adoptadas en desarrollo de las mismas, a través de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad sus representantes legales y de Salud los órganos internos y específicos de participación en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de la Normativa vigente materia, esto es, del Comité de Seguridad y Salud. El S.C.I.S. estará obligado a promover, formular y poner en aplicación una adecuada política de seguridad e higiene, en sus organismos y centros de trabajo, así como facilitar la participación de los trabajadores en la misma y a garantizar una formación práctica y adecuada en esta materia de los trabajadores que contrata, o cuando cambien de puesto de trabajo o tengan que aplicar nuevas técnicas, equipos o materiales que puedan ocasionar riesgos para el Adjudicatario propio trabajador, para sus compañeros o terceros. El trabajador está obligado a seguir dichas enseñanzas y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a realizar las actividades a las prácticas que se dedicancelebren dentro de las jornadas de trabajo en otras horas, tener planificada con descuento en este último caso del tiempo invertido en las mismas de la prevención jornada laboral. La formulación de riesgos la política de seguridad e higiene en la empresa, haber formado e informado a sus trabajadores un organismo o centro de trabajo partirá del análisis estadístico y haber adoptado las medidas necesarias en evitación casual de los riesgos típicos accidentes de sus actividades propias. El Adjudicatario trabajo y sus empleados deberán cumplir de las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud enfermedades profesionales acaecidas en el marco mismo, de sus atribuciones. El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal la detección e identificación de riesgo y de agentes materiales que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por el cumplimiento puedan ocasionarlos y de las medidas preventivas y sistemas de seguridad derivados por los trabajos a realizar por prevención o protección utilizados hasta el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresamomento.

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Samples: www.sciscr.es

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con La aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como de sus disposiciones de desarrollo o complementarias y demás normas relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral, persigue no sólo la ordenación de las obligaciones y responsabilidades de los actores inmediatamente relacionados con el hecho laboral, sino fomentar una nueva cultura de la prevención y una nueva forma de actuar ante la misma. Por ello, la protección de la salud de los trabajadores constituye un objetivo básico y prioritario de las partes firmantes y consideran que para alcanzarlo se requiere el establecimiento y planificación de una acción preventiva en los centros de trabajo y en las Empresas que tenga por fin la eliminación o reducción de los riesgos en su origen, a partir de su evaluación, adoptando las medidas necesarias, tanto en la corrección de la situación existente como en la evolución técnica y organizativa de la Empresa, para adaptar el trabajo a la persona y proteger su salud. En todas aquellas materias que afecten a la seguridad y salud en el trabajo, será de aplicación la Ley 31/1.995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sus normas reglamentarias de desarrollo y demás normativa concordante. Las disposiciones de carácter laboral contenidas en dicha Ley, así como las normas reglamentarias que se dicten para su desarrollo, tienen el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, por lo que en lo no previsto expresamente en este capítulo, serán de plena aplicación. En el supuesto de que la normativa citada fuera objeto de modificación por disposiciones posteriores, las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a adecuar el contenido de este artículo. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral establecidas en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1.627/1.997trabajo, lo que supone la existencia del correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Igualmente, los trabajadores están obligados a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad y salud laboral, así como las normas, procedimientos o instrucciones que dicten las empresas en cumplimiento y desarrollo de éstas. La consecución del citado derecho de protección se procurará a través de la adopción por el empresario, garante de la seguridad y salud de los trabajadores, de 24 las medidas necesarias para la implantación del plan de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de la Normativa vigente de Seguridad y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos laborales, en la empresamateria de evaluación de riesgos, haber formado e informado a sus trabajadores información, consulta, participación y haber adoptado las medidas necesarias en evitación formación de los riesgos típicos trabajadores, actuación en casos de sus actividades propias. El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud en el marco de sus atribuciones. El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las medidas preventivas emergencia y de seguridad derivados por riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud y organización de un servicio de prevención propio o ajeno. A estos efectos, ambas partes acuerdan abordar la aplicación del párrafo anterior en consonancia con los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresasiguientes criterios y declaraciones generales.

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Samples: Convenio Colectivo De Perfumería Y Afines

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con En la empresa la nueva organización del trabajo, pone de manifiesto problemas derivados de la planificación y definición de las obligaciones tareas y responsabilidades, que surgen cuando difer- entes grupos laborales concurren en materia un mismo lugar o centro de seguridad trabajo, lo que puede con- ducir a la ambigüedad y salud laboral establecidas por tanto a la creación de factores de riesgo laboral. Por todo ello y en observancia de lo establecido en el art. 24 de la Ley 31/1.995 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y su posterior desarrollo a partir del R.D. 171/2004 de 30 de enero, la coordinación de las actividades empresariales establecidas en el Real Decreto 1.627/1.997la citada ley será en los términos, casos y situaciones recogidas en la legislación aplicable. Las empresas, habrán de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento considerar tanto los riesgos propios de la Ley 31/95 actividad de Prevención cada uno de Riesgos Laborales y ellas como los comunes derivados del centro o lugar de la Normativa vigente trabajo compartido, así como aquellos otros que surjan o se agraven precisamente por las circunstancias de Seguridad y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas concurrencia en que las actividades se desarrollan. Las empresas que vayan a desarrollar actividades en un mismo centro o lugar de trabajo deberán tener realizada la evaluación informase recíprocamente sobre los riesgos específicos de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedicandesar- rollar, tener planificada en particular aquellos origen de la prevención de riesgos en la empresa, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias. El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud concurrencia en el marco mismo centro o lugar de sus atribucionestrabajo. El Adjudicatario quedará obligado La empresa titular del centro deberá informar a las demás de: Riesgos laborales comunes del centro. Medidas de prevención con respecto al personal relación a los citados riesgos. Medidas de vigilancia de la salud. Asimismo antes del inicio de la actividad, la empresa debe recabar la acreditación de que emplee en los trabajos objeto trabajadores han recibido la información anterior y designar a una persona encargada de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción coordinación de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAKactividades preventivas. Los gastos ocasionados por el cumplimiento A las empresas contratadas o subcontratadas les corresponde la obligación de las medidas preventivas informar y de seguridad derivados por los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales acreditar lo siguiente: Riesgos laborales específicos de su empresaactividad.

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Samples: ccoo.app

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones La empresa y toda la plantilla asumirán los derechos y responsabilidades recíprocas que, en materia de seguridad y salud laboral establecidas laboral, vengan determinados por las disposiciones específicas de este convenio y supletoria o complementariamente, por la legislación vigente en cada momento. En consecuencia, la dirección de las empresa y los y las representantes de la plantilla se comprometen, dentro de las posibilidades de la misma y en plazos previamente convenidos, a establecer los planes de acción preventiva, cuyos objetos comunes y concretos sean la xxx- minación o reducción progresiva de los accidentes y de los riesgos laborales, así como en la mejora de las condiciones ambientales y de los puestos de trabajo, para ello se aplicarán las medidas técnicas de corrección que sean posibles y necesarias y, entre tanto, se facilitarán y utilizarán los medios de protección personal que se consideren necesarios o más adecuados. Con dicho objeto, ambas partes promoverán la elección o designación de los delegados/as de prevención y la constitución de los comités de seguridad y salud laboral. Por su parte, el personal, individualmente considerado, está obligado previa información y formación suficiente y adecuada, teórica y práctica, a cumplir las instrucciones recibidas en materia de seguridad y salud laboral. Especialmente será asesorado por las personas que de- sarrollen la prevención en la empresa, en lo que se refiere al uso de dichos medios y prendas de protección personal. Se llevará a cabo un diagnóstico del nivel de cumplimiento de la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y se diseñarán planes en función de este diagnóstico. Deberán estar realizados tanto el Real Decreto 1.627/1.997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y de la Normativa vigente de Seguridad y Salud, el Adjudicatario y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos en la empresa, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias. El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad Prevención, como la Evaluación de Xxxxxxx Xx- borales (que contemple las 4 disciplinas preventivas: seguridad, higiene, ergonomía y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud en el marco de sus atribucionespsico- sociología). El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee en los trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones, o También la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por el cumplimiento planificación de las medidas preventivas y de seguridad derivados por los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los trabajos, dentro de los gastos generales de su empresaadoptar.

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Samples: www.araba.eus

Seguridad y salud laboral. El Adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral establecidas en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1.627/1.997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación. En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales Laborales, del RD 39/97 de los Servicios de Prevención, y más concretamente, del RD 1627/97 que aprueba las Condiciones mínimas de la Normativa vigente seguridad y salud en las obras de construcción, el CONTRATISTA está obligado entre otras a elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud, presentado por la PROPIEDAD y realizado por el Adjudicatario autor del proyecto, en cuanto a los riesgos laborales y sus subcontratistas deberán tener realizada la evaluación las medidas colectivas de riesgos de acuerdo prevención a las actividades a las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos adoptar en la empresaobra, haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas necesarias así como los equipos de protección personal que deberá utilizar todo el personal que emplee el CONTRATISTA en evitación la ejecución de los riesgos típicos trabajos objeto de sus actividades propiaseste contrato, en función del sistema de ejecución de la obra. El Adjudicatario y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Dicho Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las órdenes e indicaciones dadas una vez aprobado por el Coordinador de Seguridad y Salud Salud, deberá permanecer en la obra, estando obligado el marco CONTRATISTA a cumplir con todas y cada una de sus atribuciones. El Adjudicatario quedará obligado con respecto al personal que emplee las medidas en él desarrolladas, pudiendo ser modificadas en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos objeto y de este contratolas posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la misma, pero siempre con la aprobación expresa del mencionado coordinador. Para su control, estará a disposición permanente del Coordinador de Seguridad y Salud, pudiendo ser requerido por la dirección facultativa, las personas con responsabilidad en materia de prevención de las empresas que intervengan y por la Inspección de trabajo en su caso. El incumplimiento de estas obligaciones, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para INTERBIAK. Los gastos ocasionados por el cumplimiento CONTRATISTA de las medidas preventivas y aprobadas, así como de seguridad derivados por los trabajos a realizar por el Adjudicatario deberán tenerse cualquier orden que en cuenta en la definición dicha materia pueda ser recibida de los precios ofertados para responsables de la realización obra, podrá ser motivo de los trabajosdenuncia a la Inspección de Trabajo y la consiguiente paralización de las obras, dentro o de los gastos generales cualquier otra medida de su empresacarácter legal.

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Samples: www.admasarquitectura.com