Seguro de personas. El seguro de personas recae sobre la vida del asegurado o de un tercero, o sobre la integridad psicofísica o la salud del asegurado. El seguro de personas es individual o grupal. El seguro grupal de personas cubre a los adherentes de un grupo determinado y/o su familia o a las personas a su cargo.
Seguro de personas. SECCION I: Seguro sobre la vida
Seguro de personas. Sección 1ª. Disposiciones comunes
Seguro de personas. POLIZA 3.- SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
CAPÍTULO 1.- COBERTURAS
Seguro de personas. Normativa aplicable. 559 Concepto 560 Seguro de vida. 562 Seguro xx xxxxx vitalicia. 563 Seguros de accidentes personales 567 Interés asegurable. 571 Declaraciones y exámenes de salud 573 Enfermedades y dolencias preexistentes. 577 Indisputabilidad 587 Designación de beneficiario 590 Pluralidad de beneficiarios 592 Revocación del beneficiario 593 Derechos del beneficiario 593
Seguro de personas. SECCION I - seguros sobre la vida (art. 128 a 148) SECCION III - seguros colectivos (art. 153 a 156)
Seguro de personas. En sentido estricto: Seguro sobre la vida humana - Es aquel en el que el pago por el asegurador de la cantidad estipulada en el contrato se hace dependiendo del fallecimiento o supervivencia del asegurado en una época determinada. En sentido amplio, a los seguros que cubren un acontecimiento que afecta la salud o integridad corporal.
Seguro de personas. CONDICIONES GENERALES DEL RIESGO ESPECÍFICO VIDA TEMPORARIO
Seguro de personas. COBERTURA SUPLEMENTARIA INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL O PARCIAL POR ACCIDENTE
Seguro de personas