SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.3.g) del T.R.L.C.S.P. deberá emplear más de un criterio de adjudicación, para lo cual en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establecen los criterios objetivos que habrán de regir en la adjudicación y que son los siguientes:
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SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.3.g134.3.g) del T.R.L.C.S.P. deberá emplear más de un criterio de adjudicación, para lo cual en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establecen los criterios objetivos que habrán de regir en la adjudicación y que son los siguientes:
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Licitación Para La Adjudicación, Mediante Procediento Abierto Y Tramitación Ordinaria, Del Contrato De Servicios De Transporte Auxiliar Que Tiene Por Objeto El Servicio De Transporte Colectivo Y Urbano De Pasajeros en Calahorra Mediante Autobús, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Licitación Para La Adjudicación, Mediante Procediento Negociado Del Contrato De Servicios Sociales Que Tiene Por Objeto La Prestacion Del Servicio De Educador Familiar, Complementario, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Licitación Para La Adjudicación, Mediante Procediento Abierto Y Tramitación Ordinaria, Del Contrato De Servicios Sociales Que Tiene Por Objeto La Prestación De Parte Del Servicio De Ayuda a Domicilio
SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.3.g150.3.e) del T.R.L.C.S.P. deberá emplear más de un criterio de adjudicación, para lo cual en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establecen los criterios objetivos que habrán de regir en la adjudicación y que son los siguientes:
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SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.3.g150.3.f) del T.R.L.C.S.P. deberá emplear más de un criterio de adjudicación, para lo cual en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establecen los criterios objetivos que habrán de regir en la adjudicación y que son los siguientes:
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SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.3.g150.3.c) del T.R.L.C.S.P. deberá emplear más de un criterio de adjudicación, para lo cual en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establecen los criterios objetivos que habrán de regir en la adjudicación y que son los siguientes:
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SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO. La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 150.3.g) del T.R.L.C.S.P. deberá emplear más de un criterio de adjudicación, para lo cual en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se establecen los criterios objetivos que habrán de regir en la adjudicación y que son los siguientes:
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