Servicio de Roaming Internacional Cláusulas de Ejemplo

Servicio de Roaming Internacional. La empresa operadora sólo podrá activar o desactivar el servicio de roaming internacional, previa solicitud expresa del abonado utilizando los mecanismos de contratación previstos en el Título XIII. La empresa operadora no podrá incluir en el contrato de abonado, cláusulas referidas al servicio de roaming internacional. El servicio de roaming internacional deberá ser contratado a través de un mecanismo de contratación específico y distinto al contrato de abonado principal y sus respectivos anexos. Cuando el abonado solicite la activación del servicio, la empresa operadora deberá informarle respecto a su derecho a elegir el plazo de duración de dicha activación. En estos casos, la empresa operadora deberá indicar al abonado en forma expresa, las siguientes opciones: (i) activación por el plazo que éste señale, y (ii) activación a plazo indeterminado. La activación o desactivación del servicio de roaming internacional se efectuará en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas siguientes a la realización de la referida solicitud. La empresa operadora no podrá aplicar el cobro de una tarifa por concepto de activación o desactivación del servicio de roaming internacional. En la oportunidad en que el abonado solicite la activación del servicio de roaming internacional, la empresa operadora deberá hacer entrega al abonado de la siguiente información: (i) Las condiciones de contratación y de uso del servicio de roaming internacional; (ii) Las tarifas aplicables, para la prestación del servicio por voz, mensajería y/o datos, para los destinos frecuentes y, de ser el caso, para las zonas xx xxxxxxxx; (iii) El derecho a que se le entregue en el recibo de pago, el detalle de los consumos realizados, y en el caso de los abonados prepago, el otorgamiento de un detalle electrónico en el que consten los consumos. En este último caso, la empresa operadora deberá remitir dicho detalle electrónico a una cuenta de correo electrónico proporcionada por el abonado, o a través de una herramienta informática que implemente la empresa operadora en su página web;
Servicio de Roaming Internacional. La empresa operadora sólo podrá activar o desactivar el servicio de roaming internacional, previa solicitud expresa del abonado utilizando los mecanismos de contratación previstos en el Título XIII. La empresa operadora no podrá incluir en el contrato de abonado, cláusulas referidas a la activación automática del servicio de roaming internacional. Cuando el abonado solicite la activación del servicio, la empresa operadora deberá informarle respecto a su derecho a elegir el plazo de duración de dicha activación. En estos casos, la empresa operadora deberá indicar al abonado en forma expresa, las siguientes opciones: (i) activación por el plazo que éste señale, y (ii) activación a plazo indeterminado. La activación o desactivación del servicio de roaming internacional se efectuará en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas siguientes a la realización de la referida solicitud. La empresa operadora no podrá aplicar el cobro de una tarifa por concepto de activación o desactivación del servicio de roaming internacional. En la oportunidad en que el abonado solicite la activación del servicio de roaming internacional, la empresa operadora deberá hacer entrega al abonado de la siguiente información:
Servicio de Roaming Internacional. El CLIENTE acepta expresamente la activación del servicio de Roaming Internacional de Datos al contratar los planes que incluyen este servicio, el cual incluye 500Mb por día en Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Xxxxx Rica, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovaquia, España, Estados Unidos, Xxxxxxx, Xxxxxx, Guatemala, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Inglaterra, Xxxxxxx, Xxxxxx, Italia, Japón, Malta, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Checa, Singapur, Suiza, Turquía, Uruguay y Venezuela. En otros países contará con una capacidad de 30 Mb por día. Una vez el cliente alcance las capacidades definidas, podrá seguir usando chat de WhatsApp a una velocidad de hasta 48 kbps. La capacidad se restablecerá cada 24 horas contadas desde el primer consumo del día, en la red del país destino. La capacidad del paquete se restablecerá cada 24 horas contadas desde el primer consumo del día, en la red del país destino. El valor de Roaming Datos se encuentra incluido en el cargo básico mensual, sin importar la cantidad de días que use el servicio. Las llamadas de voz y los SMS en Roaming, no están incluidos dentro de este cargo, se cobraran a la tarifa vigente publicada en xxx.xxxxxxxx.xx El valor del paquete incluye IVA del 19%. De acuerdo con lo establecido por la Ley 1819 de 2017 (Reforma Tributaria), los consumos de datos realizados en Colombia y/o en Roaming Internacional que superen 1,5 UVT ($47.789 año 2017) en el periodo de facturación, estarán sujetos a Impuesto Nacional al Consumo a la tarifa del 4%.
Servicio de Roaming Internacional. El Servicio de Roaming Internacional, deberá ser activado a solicitud del CLIENTE y previa evaluación de su límite de crédito. El Servicio de Roaming Internacional se presta y cobra cuando el CLIENTE utiliza el servicio de telefonía móvil provisto por LIBERTY fuera xx Xxxxx Rica. El CLIENTE por este medio acepta que dicho servicio está sujeto al Sistema “Mobile Party Pays” (MPP), siendo el CLIENTE responsible de pagar los cargos de las llamadas, SMS, MMS y datos que EFECTÚE Y RECIBA, sean éstas locales, nacionales o internacionales según el país en el que se encuentre, de los impuestos aplicables, así como los cargos de los servicios de valor agregado de Roaming que utilice. El CLIENTE entiende y acepta que los cobros por concepto del Servicio Roaming Internacional en determinado periodo, podrán verse reflejados en facturaciones posteriores que no podrán superar los 90 días a partir del último día del mes en que se utilizó el Servicio. El Servicio de Roaming Internacional dependerá de los siguientes factores para poder ser utilizados en el extranjero: (a) Sólo podrá prestarse en aquellas redes locales o internacionales en donde LIBERTY mantenga convenios de prestación de este Servicio.; (ii) Que dicho operador tenga disponible el Servicios; y (iii) Que el Terminalsea compatible (según la banda y tecnología utilizada) con la red del operador extranjero. El CLIENTE entiende que por tratarse de un servicio internacional, según el operador del país en el que se utilice el Servicio de Roaming Internacional, los cobros de estos podrán llegar con minutos redondeados. Para contratar el Servicio de Roaming Internacional, LIBERTY podrá solicitar el pago de un depósito de garantía adicional no consumible. Este monto no devengará intereses de ningún tipo a favor del CLIENTE y se regirá por lo establecido en la cláusula 12 de este Contrato Marco. Por tratarse de un Servicio que se presta a través de operadores de otros países, LIBERTY no compensará ni rembolsará al CLIENTE por concepto de interrupciones o fallas que se susciten durante la prestación de este servicio en el país visitante y que no sean imputables directamente a LIBERTY. Es entendido y aceptado por el CLIENTE que el Servicio de Roaming Internacional se pagará según los precios de cada país destino, los cuales están sujetos a cambios. Los precios vigentes para este Servicio según el país destino se publicarán en el Sitio web y el monto correspondiente al consumo serán reflejado en la factura mensual en col...
Servicio de Roaming Internacional. El servicio de Roaming Internacional es un Servicio Incluido en el plan contratado, sin embargo, será activado a solicitud del Suscriptor, la cual se definirá en la carátula del presente contrato. El Servicio de Roaming Internacional se presta y cobra cuando el Suscriptor utiliza el servicio de telefonía móvil provisto por CLARO fuera de Costa Rica. El Suscriptor será responsable de pagar los cargos de las llamadas, SMS y datos que efectúe y reciba, sean locales, nacionales o internacionales según el país en el que se encuentre, de los impuestos aplicables, así como los cargos de los servicios de valor agregador de Roaming que utilice. El Suscriptor entiende y acepta que los cobros por concepto del servicio Roaming Internacional en determinado periodo, podrán verse reflejados en facturaciones posteriores que no podrán superar los 90 días a partir del último día del mes en que se utilizó el servicio. El Servicio de Roaming Internacional dependerá de los siguientes factores para poder ser utilizados en el extranjero: (i) Sólo podrá prestarse en aquellas redes locales o internacionales en donde CLARO mantenga convenios de prestación de este servicio, (ii) Que dicho operador tenga disponible los servicios, y
Servicio de Roaming Internacional. Este es un servicio adicional que permite a los usuarios hacer uso de los servicios de comunicaciones móviles, en el exterior con el mismo número celular que utiliza en Colombia.
Servicio de Roaming Internacional. Servicio que MOVISTAR pone a disposición del SUSCRIPTOR, para continuar utilizando los servicios fuera del territorio nacional, mediante la utilización de la red de un operador en el país de visita con el que Movistar tenga acuerdo. MOVISTAR hará del conocimiento del SUSCRIPTOR cuando su servicio se encuentre en una zona sujeta a la presente definición a través de medios electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. Al usarlo el SUSCRIPTOR asume la obligación de pagar a MOVISTAR los cargos que se generen por este concepto.