SERVICIOS DE PUESTA EN MARCHA. Se refiere a proveer la transición de cada uno de los servicios, minimizando el riesgo y velando por la continuidad operacional del negocio de FONASA. Se establece que la duración de puesta en marcha del proyecto queda definida según presentación de Carta Xxxxx, cuyo tiempo máximo será de dos meses. Para todos los efectos el servicio deberá comenzar con la etapa de aseo profundo de las instalaciones dejándolas en óptimas condiciones.
SERVICIOS DE PUESTA EN MARCHA. Se refiere a proveer la transición de cada uno de los servicios, minimizando el riesgo y velando por la continuidad operacional del negocio de FONASA. Se establece que la duración de puesta en marcha del proyecto queda definida según presentación de Xxxxx Xxxxx, cuyo tiempo máximo será de dos meses. Para todos los efectos el servicio deberá comenzar con la etapa de aseo profundo de las instalaciones dejándolas en óptimas condiciones. FONASA, requiere como parte del servicio de Aseo, la realización de todas las actividades relacionadas a la limpieza integral del portafolio inmobiliario definido en el Anexo N°4. Dicho servicio deberá ser provisto oportunamente, con el fin de lograr el óptimo estado para el funcionamiento de todas las dependencias, con el consiguiente beneficio, bienestar y confort para los funcionarios y usuarios que utilizan dichas dependencias, manteniendo una imagen consecuente con los servicios que presta la Institución. Será responsabilidad del adjudicatario proveer los químicos, herramientas, maquinarias, uniformes y otros relacionados al servicio de aseo, siendo de su responsabilidad la administración del recurso humano y la organización de las actividades, todo ello en cumplimiento de la legislación vigente. Además de las actividades propias del aseo, el adjudicatario deberá administrar y operar la Desinfectación, de todas las instalaciones indicadas en el Anexo N°4. Se deberá detallar los insumos para limpieza y desinfección que utilizará para cada tarea. El adjudicatario podrá cambiar el producto presentado en el anexo N°8, siempre que cumpla con características similares al presentado en el producto del Anexo N°8. En el caso de desinfectantes, cualquier cambio deberá contar con la certificación ISP, además de tener propiedades bactericidas y virucidas, según lo indicado por la autoridad sanitaria para la eliminación de virus como el COVID-19 Dentro del detalle se debe presentar un producto desinfectante para equipos electrónicos que evite daños en su funcionamiento. Esto debe quedar indicado en la propuesta técnica Desinfección: Prevenir y controlar oportuna y eficazmente la proliferación de microorganismos patógenos en áreas Higiénicas, especialmente duchas y baños de los trabajadores, de manera de garantizar la prevención y el control de enfermedades al ser humano. Todo elemento de desinfección debe contar con la certificación ISP correspondiente.