Simplificación Cláusulas de Ejemplo

Simplificación. La simplificación y mejora de los métodos de trabajo se llevará a cabo por la dirección de la empresa de acuerdo con sus necesidades y las posibilidades que para efectuarlo permitan los avances técnicos y la iniciativa del personal.
Simplificación. Procedimiento por medio del cual se propicia la transparencia en la elaboración de regulaciones y procesos administrativos, así como la reducción de plazos y requisitos de los trámites;
Simplificación. 1. Transformación 2. Productividad 3. Calidad y Servicio 4. Simplificación Modelo de Cultura Corporativa de CaixaBank Modelo de Cultura centrado en las personas, para responder a los retos del futuro Análisis cualitativo Análisis cuantitativo 21 entrevistas: 4 focus groups, 3 Red Territorial y 1 XX.XX: Encuestas a 393 directivos Encuesta a Clientes Encuesta a 1.306 clientes
Simplificación. Análisis de rendimientos.

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  • Plazos y penalidades El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el anexo I, así como de los plazos parciales señalados en el citado anexo. La constitución en xxxx por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación. Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo. En el caso de que el contrato incluyera cláusulas de revisión de precios y el incumplimiento del plazo fuera imputable al contratista, se procederá en la forma y en los términos previstos en el artículo 93 del TRLCSP. El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP. El anexo I podrá incluir penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 64 y 118.1 del TRLCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato. Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS Saber cómo realizar los fondos, bases y preparaciones básicas de múltiples aplicaciones en la cocina. - Definir y clasificar las hortalizas, las legumbres secas, pastas, arroces y huevos. - Aprender las técnicas de cocinado y platos elementales de las hortalizas, las legumbres secas, pastas, arroces y huevos. -Conocer cómo realizar la presentación y decoración de las hortalizas, las legumbres secas, pastas, arroces y huevos y su regeneración como platos. Los contenidos que forman la acción formativa suponen un continuo entrelazado de momentos formativos de carácter teórico y práctico, ya que éstos son de tipo conceptual (C), correspondiéndose con los conceptos que el alumnado adquiere a lo largo de la acción formativa, procedimental (P) correspondiéndose con los procedimientos y técnicas que el alumnado desarrolla a lo largo de la acción formativa y actitudinal (A) correspondiéndose con los valores, normas y actitudes que desarrolla el alumnado como consecuencia de la acción formativa. En la impartición de los contenidos, no se diferencian momentos formativos teóricos y prácticos ya que éstos se producen a lo largo de todo el proceso de aprendizaje. La programación de la acción incluye tanto conocimientos, conceptos, definiciones; como destrezas, técnicas, métodos, procedimientos y por último actitudes, valores y normas, todos ellos necesarios y aplicables a la actividad profesional y extrapolables al entorno social, primando, en la ejecución de la acción, el desarrollo psicomotriz sobre el cognitivo. Los contenidos de la acción, para que puedan permitir la consecución de los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje, deben ser seleccionados, secuenciados y temporalizados convenientemente siguiendo los principios de eficacia y eficiencia. En este sentido: - Los contenidos se seleccionan considerando su validez, coherencia, significatividad, potencialidad, funcionalidad. - Los contenidos se secuencian considerando su tipología y características, combinando contenidos teóricos y prácticos, para alcanzar los objetivos planteados y generar procesos formativos integrales (desarrollo cognitivo, psicomotriz y afectivo). -Los contenidos de la acción están organizados secuencialmente, de manera ordenada y lógica para garantizar el progreso del alumnado. - Los contenidos se temporalizan por módulo y/o unidad didáctica, considerando las características y perfil de los/as destinatarios/as de la formación (personas adultas), el volumen de contenidos, nivel de dificultad, importancia y características intrínsecas de los mismos… en cualquier caso, el profesorado encargado de la impartición de la acción formativa es el último responsable de la temporalización de los contenidos ya que éste/a analizará la idiosincrasia de cada grupo formativo (heterogeneidad o homogeneidad) para ajustar la distribución temporal. Los contenidos que constituyen la acción formativa son: UNIDAD 1. MAQUINARIA, BATERÍA, UTILLAJE Y HERRAMIENTAS UTILIZADOS (5 HORAS) 1.1. Características de la maquinaria utilizada 1.2. Batería de cocina 1.3. Utillaje y herramientas UNIDAD 2. FONDOS, BASES Y PREPARACIONES BÁSICAS DE MÚLTIPLES APLICACIONES (10 HORAS) 2.1. Composición y elaboración de los fondos elaborados con hortalizas. Factores a tener en cuenta en su elaboración. Utilización 2.2. Otras preparaciones básicas elaboradas con fondos de hortalizas y su utilización 2.3. Fondos y bases industriales elaboradas con hortalizas 2.4. El sofrito y sus distintas formas de preparación según su posterior utilización 2.5. Aplicación de las respectivas técnicas y procedimientos de ejecución y control para la obtención de fondos, salsas, mantequillas compuestas y otras preparaciones básicas UNIDAD 3. HORTALIZAS Y LEGUMBRES SECAS (6 HORAS) 3.1. Hortalizas: definición. Distintas clasificaciones

  • OTRAS PENALIDADES La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar. Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.

  • Objeto y calificación El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP). El objeto del contrato es la realización del servicio de Limpieza de los edificios municipales que a continuación se relacionan con las frecuencias y tareas señaladas en cada uno de ellos. Mínimo 10,5 horas FRECUENCIAS A B C D E F G Barrido de suelos de aulas X Barrido de suelos de pasillos X Barrido de suelos de aseos X Barrido de suelos de despacho X Barrido de suelos de comedor X Barrido de suelos de gimnasio X Fregado de suelos de aulas X Fregado de suelos de pasillos X Fregado de suelos de aseos X Fregado de suelos de despacho X Fregado de suelos de comedor X Fregado de suelos de gimnasio X Limpieza de polvo del mobiliario X Vaciado y limpieza de papeleras X Limpieza de polvo de mesas de aulas X Fregado de mesas de aulas X Limpieza de puertas y xxxxxx X Limpieza xx xxxxxxx alicatadas de aseos X Limpieza xx xxxxxxx alicatadas hasta 1 m de pasillos X Limpieza xx xxxxxxxxx por ambas caras X Limpieza de xxxxxxxxx xx xxxxxxx de entrada X Fregado mecánico de suelos de gimnasio X Limpieza general del colegio X Diario Dias Alternos Semanal Quincenal Mensual Tres veces año anual PUERTA PRINCIPAL: INTERIORES Y EXTERIORES, XXXXXXXXX, XXXXXX Y PASAMANOS. CRISTALES Y XXXXXX INTERIORES, PUERTAS INTERIORES CON DETERGENTE NEUTRO BACTERICIDA. SUELOS DEL AULA, CON MÁQUINA LAVADORA-ASPIRADORA, SUELOS DE ESTANCIAS RESTANTES, ASPIRADO Y FREGADO. MOBILIARIO, SISTEMAS ELÉCTRICOS Y CONTRA INCENDIOS, LUMINARIAS Y RADIADORES. ASEOS (EL MATERIAL DE TRABAJO DE ESTAS ESTANCIAS SERÁ UTILIZADO EXCLUSIVAMENTE PARA ELLAS), LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE SUELOS, PAREDES, MOBILIARIO SANITARIO. ETC. COCINA, LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TODO, INCLUIDOS ENSERES Y ELECTRODOMÉSTICOS MATERIAL ESCOLAR, EDUCATIVO Y JUEGOS INFANTILES PARQUE INFANTIL EXTERIOR, PERÍMETRO EXTERIOR DE LAS INSTALACIONES. CRISTALES Y XXXXXX EXTERIORES, PAREDES Y TECHOS CON PRODUCTO CAPTADOR DE POLVO LIMPIEZA DE ACCESOS EXTERIORES, XXXXXXX, XXXXXX, CRISTALES, SUELOS, RODAPIÉS, SISTEMAS ELÉCTRICOS, LUMINARIAS, DESEMPOLVADO XX XXXXXXX Y TECHOS, MOBILIARIO, ELEMENTOS INFORMÁTICOS Y AUDIOVISUALES, JUEGOS.... DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA DE ASEOS, CON PRODUCTOS ESPECÍFICOS DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA DE SUELOS CON MAQUINARIA INDUSTRIAL LAVADORA-ASPIRADORA LIMPIEZA DE ACCESOS EXTERIORES, XXXXXXX, XXXXXX, CRISTALES, SISTEMAS ELÉCTRICOS, LUMINARIAS, DESEMPOLVADO XX XXXXXXX Y TECHOS, MOBILIARIO, ELEMENTOS DECORATIVOS... DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA DE ASEOS CON RODUCTOS ESPECÍFICOS DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA DE SUELOS CON MAQUINARIA INDUSTRIAL LAVADORA-ASPIRADORA. 4 LIMPIEZAS GENERALES POR AÑO. 4 LIMPIEZAS GENERALES POR AÑO. LIMPIEZA GENERAL DE ASPIRADO Y FREGADO DE SUELOS DE LAS SALAS DE GIMNASIO Y MULTIUSOS, DE ACCESOS Y ESCALERAS. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ASEOS (POLIDEPORTIVO Y GIMNASIO) LIMPIEZA GENERAL DE ASPIRADO Y FREGADO DE SUELOS DE ALMACENES. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE VESTUARIOS (SUELOS, ALICATADOS, GRIFERÍAS, SANITARIOS, ETC) LIMPIEZA DE ASPIRADO Y FREGADO DE LOS SUELOS DE LAS GRADAS FIJAS, CON SUS CORRESPONDIENTES ASIENTOS LIMPIEZA EXTERIOR E INTERIOR DEL CRISTAL DEL CENTRO DEPORTIVO, Y LIMPIEZA DE ESPEJOS SALA MULTIUSOS. LIMPIEZA EXTERIOR E INTERIOR DEL XXXXXXX XX XXXXXXX DE ENTRADA Y VENTANALES AMAMPARADOS EN PLANTA BAJA LIMPIEZA EXTERIOR E INTERIOR DEL CRISTAL CON MARQUETERÍA DE VENTANAS EN PLANTA BAJA, PRIMERA Y SEGUNDA PLANTA. LIMPIEZA DE VELUX EN CUARTA PLANTA. LIMPIEZA XX XXXXXXXXX AMAMPARADOS DE PASAMANOS DE ESCALERAS. 1 LIMPIEZA SEMANAL GENERAL DE LAS DOS PLANTAS + VESTUARIO DEL POLIDEPORTIVO 1 LIMPIEZA MENSUAL DE VENTANAS. LOS PRODUCTOS UTILIZADOS DEBERÁN CONTAR CON CERTIFICADO DE CALIDAD ISO 9001-14001.

  • Seguridad y salud laboral Los empresarios tienen el deber de proteger la salud de los trabajadores ante los riesgos laborales. Para lo cual garantizará la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos relacionados con el trabajo. En este sentido tomará todas las medidas que sean necesarias de acuerdo con lo siguiente: 45.1 Derecho a la protección frente a los riesgos laborales (14 LPRL) 45.1.1 Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El mencionado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores ante los riesgos laborales. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 incluyendo las modificaciones aportadas por la ley 54/2003 (En adelante LPRL), forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. 45.1.2 En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de Plan de Prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el capítulo IV de la LPRL. El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá el necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. 45.1.3 El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 45.1.4 Las obligaciones de los trabajadores establecidas en la LPRL, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por esto le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, si fuese necesario, contra cualquier otra persona. 45.1.5 El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberán recaer de ninguna manera sobre los trabajadores.

  • Calificaciones del Oferente 5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario. 5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV. 5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: (a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos cinco (5) años; (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; (d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato; (e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto técnico como administrativo propuesto para desempeñarse en el Sitio de las Obras;

  • Cumplimiento del plazo y penalidades por demora El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo. Si los servicios sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195.2 LCSP, regulándose los requisitos y trámites conforme al artículo 100 del RGLCAP. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 LCSP, cuando se produzca demora en la ejecución de la prestación por parte del empresario, el órgano de contratación podrá conceder una ampliación del plazo de ejecución, sin perjuicio de las penalidades que en su caso procedan, resultando aplicable lo previsto en los artículo 192 y siguientes LCSP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, para lo que se estará al apartado 8 del Anexo I al presente pliego, la Sociedad podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que figuran en el apartado 30 del Anexo I al presente pliego. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Sociedad tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a la Sociedad, ésta se exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios.

  • Transparencia NOTA 1: DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 26 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY, CUALQUIER PERSONA PODRÁ ASISTIR A LOS DIFERENTES ACTOS DE LA INVITACIÓN EN CALIDAD DE OBSERVADOR, BAJO LA CONDICIÓN DE REGISTRAR SU ASISTENCIA Y ABSTENERSE DE INTERVENIR EN CUALQUIER FORMA EN LOS MISMOS. NOTA 2: EL LLENADO DE LA ENCUESTA DE TRANSPARENCIA FORMATO 20, QUE APARECE AL FINAL DE LA PRESENTE CONVOCATORIA ES OPCIONAL; SIN EMBARGO, ES IMPORTANTE PARA LA SFP A FIN DE MEJORAR EL DESARROLLO DE ESTE TIPO DE PROCEDIMIENTOS.

  • Objetivos y Alcance El objetivo del presente documento es establecer el conjunto de cláusulas jurídicas, económicas, técnicas y administrativas, de naturaleza reglamentaria, por el que se fijan los requisitos, exigencias, facultades, derechos y obligaciones de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen participar en la Licitación para la Contratación de Servicios para la Modernización y Desarrollo de la Gestión Tributaria en el Municipio de San Xxxx de la Maguana, llevada a cabo por el Ayuntamiento del Municipio de San Xxxx de la Maguana (Referencia: ASJM-CCC-LPN-2018-001). Este documento constituye la base para la preparación de las Ofertas. Si el Oferente/Proponente omite suministrar alguna parte de la información requerida en el presente Pliego de Condiciones Específicas o presenta una información que no se ajuste sustancialmente en todos sus aspectos al mismo, el riesgo estará a su cargo y el resultado podrá ser el rechazo de su Propuesta.

  • APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.