Sobre las tarifas Cláusulas de Ejemplo

Sobre las tarifas. El valor de la tarifa a cobrar por el servicio será el señalado por el proponente en su propuesta. Este valor podrá ser modificado durante el período de concesión sólo de la manera establecida en estas bases. Cualquier modificación al valor de la tarifa deberá ser comunicada a la Secretaría Regional, con una anticipación de a lo menos 30 días corridos a su entrada en vigencia. Con el mismo plazo, se deberá comunicar a los usuarios dicha variación, quedando prohibida la exhibición de cualquier aviso, leyenda o anuncio tanto en el parabrisas como en los demás vidrios del vehículo. El valor de la tarifa a cobrar, una vez que se pongan en marcha en el área señalada en el punto 2.3.1 de las Bases, los servicios concesionados prestados con buses, deberá ser al menos superior en un 10% a la tarifa de los servicios prestados con buses que sirven un determinado sector de demanda o que operen en un trazado similar al usado por el servicio de taxi colectivo. Se entenderá por servicios prestados con buses que sirven un determinado sector de demanda o que operen en un trazado similar al usado por el servicio de taxi colectivo, a aquellos servicios de buses que tengan igual origen y destino respecto del servicio de taxi colectivo o aquellos recorridos de taxis colectivos que coincidan, con al menos un 50% del recorrido de algún recorrido de bus. En todo caso el Secretario Regional, mediante resolución, determinará la fecha a partir de la cual deberá ajustarse esta nueva tarifa, como asimismo los servicios que deberán hacerlo. La tarifa presentada por el concesionario y a cobrar a los usuarios, se aproximará siempre a la cifra entera xx xxxx pesos superior que resulte de la aplicación de lo señalado en el punto 3.3. letra c) precedente, y no podrá ser modificada sin que sea comunicado por escrito y en forma previa por el concesionario a la Secretaría Regional. El concesionario deberá comunicar su variación de tarifa, de la manera establecida en la letra b) anterior. Quedan exceptuados de lo anterior, aquellos servicios de taxis colectivos, que con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la letra c) y d) y que producto de un aumento en el valor de la tarifa cobrada por los servicios prestados con buses, deban variar su tarifa en los mismos plazos en que los servicios de buses deban reajustar el valor de sus tarifas. En estos casos, la Secretaría Regional, deberá modificar el valor de la tarifa registrada para los servicios que correspondan. El concesionario no p...
Sobre las tarifas. Es indudable que la piscina de Xxxxxxxx a nivel técnico y funcional, es mejor y más atractiva que la inmediatamente competidora de Almusafes. Sin embargo la política de precios de Almusafes es casi imbatible. En nuestra propuesta los precios eran superiores a los de Almusafes, pero debido a nuestro carácter diferenciador de horarios, actividades en seco y sobre agua. Al cambiar radicalmente la situación y no disponer de actividades en seco y sin embargo poner en valor las de agua, en las que ellos son deficitarios, para poder atraer mayor número de usuarios, creemos que es preciso abaratar los precios, si no a su mismo nivel, si muy próximo. Ante el planteamiento anterior de buscar el bono completo de acceso a la instalación que se planteaba antes a nivel general, se sugiere ahora diferenciar el seco del agua para fitnes. Es decir, igual que existe el baño libre, exista al mismo precio el fitnes exclusivo. Habría que ver luego la polivalencia de fitnes y agua, pero creemos que es un producto de escasa demanda. En función de esta se establecería el precio de acceso que se sugiere sea muy simbólico. Adjuntamos nueva tarifa de precios más adecuados a la nueva propuesta de gestión Baño libre general 3,00 2,48 21 Baño libre reducido 2,40 1,98 21 Baño en Franja horaria 2,25 1,86 21 Baño en franja horaria reducido 1,80 1,49 21 Alquiler calle 26,00 21,49 21 Bonos 10 24,00 19,83 21 Bonos 10 reducido 19,20 15,87 21 Bonos 20 45,00 37,19 21 Bonos 20 reducido 36,00 29,75 21 Abono individual 30,00 24,79 21 Abono reducido 24,00 19,83 21 Abono horario especial 24,00 19,83 21 Abono pareja 48,00 39,67 21 Hijo familia 19,20 15,87 21 Curso natación 1 día infantil 60,00 49,59 21 Curso natación 1 dia adulto 55,00 45,45 21 Curso natación 2 días infantil 108,00 89,26 21 Curso natación 2 dias adulto 99,00 81,82 21 Curso natación 1 día reducido 44,00 36,36 21 Curso natación 2 días reducido 79,20 65,45 21 Curso actividad acuática 1 día 55,00 45,45 21 Curso actividad acuática 1 dia reducido 44,00 36,36 21 Curso actividad acuática 2 días 99,00 81,82 21 Curso actividad acuática 2 dias reducido 79,20 65,45 21 Fitnes 3,00 2,48 21 Curso actividad dirigida 2 dias 99,00 81,82 21 Acertar con el concesionario de la prestación de servicios es fundamental. Por el tipo de instalación existen dos tipos: Empresa implantada, de tamaño medio, con experiencia e infraestructura suficiente, para reducir los gastos generales al mínimo. Empresa de tipo familiar, sin apenas infraestructura, que sea capaz ...

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