Sobreseguro. En caso de siniestro, el Asegurador indemnizará por el valor del daño efectivamente sufrido, por lo que en ningún caso, el Instituto será responsable por suma mayor al valor real del interés que el Asegurado tenga sobre el bien destruido o dañado a la fecha del siniestro.
Appears in 5 contracts
Samples: Acuerdo De Aseguramiento, Acuerdo De Aseguramiento, Acuerdo De Aseguramiento