Soporte Físico Cláusulas de Ejemplo

Soporte Físico. El Proveedor saneará de forma segura los soportes físicos para su reutilización antes de dicha reutilización y destruirá los soportes físicos que se van a reutilizar, de conformidad con las Prácticas Recomendadas del Sector para el saneamiento de soportes.
Soporte Físico. 5 ordenadores personales con diseño gráfico compatibles 100% con la gama de ordenadores personales, basados en microprocesador INTEL, con al menos: procesador Intel® Core™ con tecnología vPro™ o similar y equipado con disco duro de al menos 1 Terabyte, 2 GB de memoria RAM, Monitor de 19” en color y resolución de 1.600 x 1.200, y sistema de gestión de gráficos que, de soporte a las características citadas y basadas en arquitectura de bus local, con memoria de vídeo de al menos 32 MB. Puertos serie, paralelo tipo Centronic y USB 2.0 - 8 Ordenador portátil, compatibles 100% con la gama de ordenadores personales constituyentes de la oficina, con procesador de 2 GHz o superior, disco duro mínimo de 80 GB, 512 MB de RAM, pantalla LCD/TFT de 15” y grabador/lector de DVD y conectividad a red local e INTERNET. - 3 impresora láser, impresión en color, para DIN A-4. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código seguro de verificación: KQEPSENV2JFMNVEWW821R29S3M Verificable en xxxxx://xxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx.xxx - 1 impresora láser, impresión en color, para DIN A-4 y DIN A-3. - 1 unidad fotocopiadora, fax e impresora láser, de impresión a color, en formato DIN A-4 y DIN A-3. - Servidor de ordenadores, con las siguientes características mínimas: doble procesador (IntelÓXEONTM) a 2’4 GHz o superior, con 1024 KB de memoria caché), memoria de 2GB DDR SDRAM (2x1GB DIMMs), tres discos de 300 GB, SCSI, mínimo de 7200 rpm en configuración RAID-5 (hot-swap), tarjeta ETHERNET 10/100/1000, lector/ grabador de CD/DVD, disquetera, unidad de back-up de cinta TR-7 20/40GB SCSI, fuente de alimentación redundante de 500 W, carcasa en rack de 19”, monitor 17”, teclado y ratón. - SDRAM (2x1GB DIMMs), tres discos de 120 GB, SCSI, mínimo de 7200 rpm en configuración RAID-5 (hot-swap), tarjeta ETHERNET 10/100/1000, lector/ grabador de CD/DVD, disquetera, unidad de back-up de cinta TR-7 20/40GB SCSI, fuente de alimentación redundante de 500 W, carcasa en rack de 19”, monitor 17”, teclado y ratón. - Todo el equipo necesario será consensuado con los Directores de Contrato y Director de Obra.

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  • Soporte Técnico El cliente es el único responsable de administrar y gestionar los servicios contratados. Si el cliente solicita a WCB el desarrollo de nuevos servicios o funcionalidades que deban ser realizadas en la aplicación del cliente por parte de WCB, se presupuestará y facturará aparte, pudiendo WCB reservarse el derecho a no realizar las operaciones solicitadas si considera que puede interferir en la seguridad y/o correcto funcionamiento de la infraestructura de WCB o por cualquier otro motivo. Si fuera necesario, el cliente deberá facilitar información, cooperación, y acceso suficiente para permitir a WCB cumplir con sus compromisos de diagnosis sobre presuntas no conformidades. Todo servicio postventa se tramitará por formulario Web para obtener la velocidad de trámite y registro necesario. Aunque también podrá escribir al correo xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx en caso de no tener posibilidad de hacerlo de la forma anterior. Así mismo, en la página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx se facilitará un teléfono de contacto a disposición de los clientes, que estará operativo los días laborables, en el horario indicado en dicha página. WCB realizará el Mantenimiento Correctivo de la solución, para mantenerlo en condiciones de funcionamiento. WCB realizará las labores de Mantenimiento desde sus oficinas, bien por teléfono o por los medios que considere apropiados. WCB proveerá de nuevas versiones y/o actualizaciones y/o mantenimiento telefónico de los productos propiedad de WCB. Ocasionalmente las actualizaciones de la solución podrían requerir una actualización del hardware para así conseguir un mayor rendimiento, en estas circunstancias, el cliente deberá evaluar la necesidad de adquirir el equipamiento adicional. Quedan excluidas del mantenimiento/Soporte: Prestar Servicios de Mantenimiento Correctivo a problemas ocasionados por Software no suministrado por WCB, o de Software de WCB pero que haya sido manipulado o modificado por personal no autorizado por WCB. Prestar Servicios de Mantenimiento Correctivo a problemas ocasionados por el uso incorrecto de la solución o por errores de operación del mismo. Consultas cuya respuesta se encuentre explícitamente en los manuales del producto o en nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La instalación de nuevo Software, Sistema Operativo y la instalación de actualizaciones, nuevas versiones, o la reconstrucción del Software aunque haya sido motivada por una avería en el Hardware. WCB no será responsable de los fallos producidos por la instalación de nuevas versiones de Software de terceros, si previamente no han sido certificadas y aceptadas por WCB.

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  • CESIÓN Y SUBARRIENDO El inmueble no se podrá ceder ni subarrendar de forma parcial ni total por el arrendatario sin previo consentimiento por escrito del arrendador. El incumplimiento de esta cláusula será causa de resolución del contrato.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

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  • Alcance de la cobertura El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, se hará conforme a la legislación aplicable en materia de Responsabilidad Civil vigente en la República Mexicana o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. El pago de los gastos de defensa del Asegurado incluye: a) El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de Responsabilidad Civil amparada por esta Cobertura.

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