SUBARRIENDO Y CESIÓN. El ARRENDATARIO no está facultado para ceder el arriendo ni subarrendar, a menos que medie autorización previa y escrita del ARRENDADOR. En caso de contravención, el ARRENDADOR podrá dar por terminado el contrato de arrendamiento y exigir la entrega del inmueble.
SUBARRIENDO Y CESIÓN. LA ARRENDATARIA no podrá ceder ni subarrendar, en todo o en parte, el local sin la autorización escrita de LA ARRENDADORA, y serán solidariamente responsables con el nuevo inquilino, por todas las obligaciones derivadas de este contrato.
SUBARRIENDO Y CESIÓN. EL ARRENDATARIO no está facultado para ceder el arriendo ni subarrendar, a menos que medie autorización previa y escrita del ARRENDADOR. En caso de contravención, el ARRENDADOR podrá dar por terminado el contrato de arrendamiento y exigir la entrega del inmueble. El ARRENDATARIO autoriza y acepta cualquier cesión que haga EL ARRENDADOR del presente contrato, pero la misma no producirá efectos sino hasta cuando ésta se haya notificado al ARRENDATARIO y a sus deudores solidarios, mediante comunicación enviada por servicio postal autorizado. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de envío de la citada comunicación.
SUBARRIENDO Y CESIÓN. EL ARRENDATARIO, no podrá ceder total o PARÁGRAFO PRIMERO: CESIÓN DE DERECHOS Y VENTA. El ARRENDADOR podrá en
SUBARRIENDO Y CESIÓN. 34 1101. Subcontratos……………………………………………………………………..34 1102. Cesión……………………………………………………………………………35
SUBARRIENDO Y CESIÓN. 1101. Subcontratos El Operador podrá emplear otros contratistas para llevar a cabo cualquiera de las operaciones o servicios que vayan a prestarse o realizarse por este Contrato y cualquier Orden de Perforación correspondiente. El Contratista podrá emplear otros contratistas para llevar a cabo cualquiera de las operaciones o servicios que vayan a prestarse o realizarse por este Contrato y cualquier Orden de Perforación correspondiente sólo con el consentimiento previo y por escrito del Operador; sin embargo, el Contratista seguirá siendo responsable y estando obligado bajo los términos y condiciones de este Contrato por los actos u omisiones de cualquier contratista o subcontratista que emplee el Contratista como si dichos actos u omisiones fueran actos u omisiones del Contratista.
SUBARRIENDO Y CESIÓN. Los arrendatarios no podrán subarrendar ni ceder total ni parcialmente el inmueble- local comercial- sin la autorización expresa por escrito de los arrendadores.
SUBARRIENDO Y CESIÓN. El (los) Arrendatario (s) no podrá (n) subarrendar totalmente el inmueble, ni ceder el contrato sin la autorización previa, expresa y escrita de el (los) Xxxxxxxxxx (s)
SUBARRIENDO Y CESIÓN. El arrendatario no tiene la facultad de ceder el arriendo ni de subarrendar, a menos que medie autorización expresa del arrendador. En caso de contravención, el arrendador podrá dar por terminado el contrato de arrendamiento y exigir la entrega del inmueble o celebrar un nuevo contrato con los usuarios reales, caso en el cual el contrato anterior quedará sin efectos, situaciones éstas que se comunicarán por escrito al arrendatario. Parágrafo. En caso de proceso judicial, cuando medie autorización expresa del arrendador para subarrendar, el subarrendatario podrá ser tenido en cuenta como interviniente litisconsorcial del arrendatario, en los términos del inciso tercero del artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. Cuando exista cesión autorizada expresamente por el arrendador, la restitución y demás obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento deben ser exigidas por el arrendador al cesionario. Cuando la cesión del contrato no le haya sido notificada al arrendador, el cesionario no será considerado dentro del proceso como parte ni como interviniente litisconsorcial.
SUBARRIENDO Y CESIÓN. —El arrendatario únicamente podrá subarrendar o ceder el contrato en las condiciones y con la limitaciones que dispone el artículo 523 de Código de Comercio (4). En todo caso, en el subarriendo permitido por la ley se deberá respetar el término de duración y las obligaciones a cargo del arrendatario pactadas en el presente contrato.