DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Cap. II. De los arrendamientos de fincas urbanas y rústicas. .......... 67
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Art. 27.- La relación entre los Usuarios Permanentes y la Municipalidad se regirá por un contrato de arrendamiento; mediante este contrato se entrega en calidad de arrendamiento al Usuario el área de un local determinado y las instalaciones y servicios inherentes al mismo y el Usuario como contraprestación pagará el precio de dicho arrendamiento establecido.
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Con fecha…… de………. de 20…. , suscribí con el/la demandado/a señor/a……….., el contrato de arrendamiento del departamento signado con el número………………. del Conjunto Residencial…………, ubicado en la calle………. N°…….. y avenida…………, de la Parroquia…………., de este Cantón……………., Provincia de………., con un canon mensual de …………. Dólares de los Estados Unido de América y el depósito de un fondo de garantía equivalente a dos meses de arrendamiento por un monto de……………. Dólares de los Estados Unido de América. El mencionado contrato fue inscrito en la Oficina de Registro de Arrendamientos del Cantón……… el día…….. de…… de 20……., cuyo formulario debidamente legalizado adjunto al presente libelo. El contrato de arrendamiento materia de la presente litis fue inscrito ante el Notario…………. del Cantón………. el día…… de………. de 20….., cumpliendo con lo estipulado en el artículo 29 de la Ley de Inquilinato Es el caso señor Xxxx que…………….. (narración de los hechos que justifican el causal de acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Inquilinato); ……………………………… Que rendiré de manera oral en la respectiva Audiencia, en donde ratificaré los fundamentos de hecho y de derecho; y, Que rendirá el/la demandado/da de manera oral en la Audiencia. Contrato de arrendamiento del departamento signado con el número………. del Conjunto Residencial………, ubicado en la calle………. N°…. y avenida…………, de la Parroquia…………., de este Cantón……………., Provincia de………., suscrito entre el actor y el/la demandado/a señor/a………., debidamente inscrito ante el Notario……. Del Cantón…….; Certificado de registro del contrato ante la oficina de registro de arrendamientos del Cantón…………..; Fundamento del causal, por ejemplo parte policial en caso del numeral c) del artículo 30 de la Ley de Inquilinato. ………………………………. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA: Que su Señoría, mediante sentencia declare terminado el contrato de arriendo; que se exija la desocupación y entrega del inmueble arrendado, esto es del departamento signado con el número…………. del Conjunto Residencial…………, ubicado en la calle………. N°…. y avenida…………, de la Parroquia…………., de este Cantón…………., Provincia de……….; que se condene al demandado a……,( de conformidad con el causal); y, al pago de los honorarios de mi Abogado patrocinador:………………. De cumplirse con los presupuestos determinados en los Arts 284,285 y 286 del Código Orgánico General de Procesos, me reservo el derecho de solicitar mediante sentencia el pago xx xxxxx por parte del demandado.
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Artículo 1973. El arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado. Véase Art. 775; 786 Véase Régimen de Contratación Pública (Ley 80 de 1993), Art. 24
DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Por el presente contrato EL ARRENDADOR da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO una habitación de ________ mt2. ubicada en el ________ piso para uso exclusivo de vivienda, la habitación cuenta con baño ___________. Las partes declaran que el mobiliario existente dentro de la habitación al momento de la entrada en vigencia del presente contrato que pertenece a EL ARRENDADOR es el siguiente:

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.