SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS. Corresponde al OSITRAN, a través del supervisor de obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras indicadas en la presente Cláusula Octava. El OSITRAN podrá designar a un tercero como supervisor de obras, lo que será informado fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (05) Días, contados a partir de la fecha de selección o designación del supervisor de obras antes indicado, según corresponda.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS. Corresponde al OSITRAN, a través del supervisor de obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras indicadas en la presente Cláusula Octava. El OSITRAN podrá designar a designará un tercero como supervisor de obras, lo que será informado fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (055) Días, contados a partir de la fecha de selección o designación del supervisor de obras OSITRAN antes indicado, según corresponda.
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Samples: Contrato De Concesión
SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS. 8.12.1. Corresponde al OSITRAN, a través del supervisor de obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras indicadas en la presente Cláusula Octava. El OSITRAN podrá designar a designará un tercero como supervisor de obras, lo que será informado fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (055) Días, contados a partir de la fecha de selección o designación del supervisor de obras OSITRAN antes indicado, según corresponda.
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Samples: Contrato De Concesión